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Normativa en chile

ricardo_ojedaTrabajo7 de Mayo de 2017

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  1. REGLAMENTO  DE  ORDEN

  1. T I T U L O   I
  2. PREAMBULO

Constructora Logro S.A., para dar cumplimiento a los artículos 153 a 157 del Código del Trabajo y al artículo 67 de la ley N° 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, ha confeccionado el presente REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD.

Las normas que contiene este Reglamento Interno han sido estudiadas y fijadas con el propósito de establecer una armónica relación laboral entre la Empresa y sus trabajadores.

  1. BIENVENIDA

Constructora Logro S.A., le da una cordial bienvenida y esperamos que su empleo con nosotros sea gratificante y que pronto usted sea un miembro productivo y contribuyente a nuestra fuerza laboral.

  1. T I T U L O   I I
  2. DE LAS GENERALIDADES

Artículo 1.        El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas a las cuales deben atenerse todos los Trabajadores de Constructora Logro S.A. y que se desempeñen en cualquier establecimiento, faena, obra o unidad económica de la empresa, sin perjuicio de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen las relaciones entre empleador y trabajador.

Artículo 2.        Un ejemplar de este Reglamento Interno será entregado gratuitamente a cada trabajador.

Artículo 3.        Este Reglamento Interno se considerará parte integrante de cada contrato individual de trabajo y será obligatorio para el trabajador el fiel y estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en su texto.

Artículo 4.        Para todos los efectos legales y pertinentes de este Reglamento, se entiende por:

a)        Ingeniero Administrador: Representante legal de una obra determinada, es el profesional responsable de la ejecución de la faena.

b)        Supervisor: Encargado de la ejecución directa de los trabajos en las obras y responsable del personal de la primera línea de trabajo.

c)        Mano de Obra Directa: Personal de primera línea de ejecución de los trabajos en faenas y cuyas categorías, son: Capataces, Soldadores, Maestros Mayores, Primera y Segunda, Alarifes, Ayudantes, Jornaleros, Aseadores, entre otros.

d)        Establecimientos: Son los distintos centros de trabajo con que puede contar la Empresa y que se distinguen entre los Permanentes y Transitorios.

-        Permanentes: Casa Matriz ubicada en: Av. Apoquindo 4700, Piso 8, Las Condes, Santiago.

-        Transitorios: Son los centros de trabajo temporales de la Empresa, en donde se desarrollan por cuenta propia o de terceros la ejecución de una obra o faena determinada, con precisión de labores y plazo indeterminados de término, pero de carácter transitorio, los cuales se pueden denominar: Obra, Faena o Proyecto.

  1. T I T U L O   I I I
  2. DEL INGRESO A LA EMPRESA

Capítulo I.        Del Postulante:

Artículo 5.        El postulante interesado en ingresar como trabajador a la Empresa, deberá acreditar y reunir los siguientes requisitos:

  1. Comprobar aptitud de competencia, buena conducta y honorabilidad, mediante la presentación de finiquitos anteriores, certificados de recomendaciones y la aceptación de toma de pruebas técnicas, como: Certificación de competencia laboral, exámenes o test de aptitudes y psicológicos, que se soliciten al postular;
  2. Salud compatible con el trabajo a realizar, acreditada con certificado médico;
  3. Poseer y comprobar, mediante los correspondientes certificados y títulos, los estudios que sean necesarios para desempeñar el cargo a que postula.

La Empresa se reserva el derecho a rehusar una postulación que sea inconveniente para sus intereses o de aceptar aquellas que no cumplan con las calificaciones exigidas para el cargo.

Artículo 6.        Para ingresar a trabajar a la Empresa una vez seleccionado, el interesado deberá presentar en la Oficina de Personal los siguientes documentos:

  1. Cédula Nacional de Identidad vigente, de la que deberá entregar fotocopia legible por ambos lados;
  2. Certificado de Antecedentes personales, extendido por la autoridad competente, con no más de 30 días de vigencia. El personal que tenga a su cargo la administración, recaudación o custodia de valores de cualquier naturaleza, deberá presentar certificados de antecedentes personales, comerciales y bancarios;    
  3. Certificado de afiliación previsional vigente de la A.F.P. o I.N.P.;
  4. Certificado de afiliación vigente del Instituto de Salud Previsional (Isapre) o Fonasa;
  5. Fotocopia del finiquito de su último empleador;
  6. Certificado de la Guarnición Militar correspondiente, en donde conste haber dado cumplimiento con la Ley de Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas;
  7. Los documentos que acrediten el cumplimiento de la obligación escolar, si fuera menor de 18 años y mayor de 16 años, la autorización expresa del padre o madre; a falta de éstos, del abuelo paterno o materno; a falta de éstos, de los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo el menor, a falta de todos los anteriores, del inspector del trabajo respectivo;
  8. Certificado de salud extendido por un médico, que acredite tener salud compatible con el cargo y especialmente estar apto para el desempeño en trabajos de altura física y geográfica, si le cargo lo requiere;
  9. Certificado civiles de matrimonio y de nacimiento de sus hijos cargas familiares;
  10. Fotocopias legalizadas ante Notario de los certificados de estudios cursados, licencia secundaria o título profesional o técnico, según corresponda;
  11. Fotografía reciente tamaño carné, con nombre completo y número de cédula de identidad;
  12. El postulante jubilado o pensionado, que opte por no realizar aportes en su fondo de pensiones de la AFP, deberá entregar una declaración jurada simple en donde manifieste su decisión;
  13. El personal a contratarse como Chofer, Chofer Profesional u Operador de Equipos, deberá acreditar su calidad de tal, con la licencia de conductor vigente a la clase correspondiente, entregando fotocopia legible por ambos lados y Certificado de hoja de vida del conductor del Registro Civil, con vigencia inferior a 1 mes;
  14. Presentar Certificado de Residencia vigente, emitido por Carabineros de Chile, para acreditar domicilio;
  15. Los demás antecedentes que se requieran en casos especiales.

Las variaciones en los antecedentes personales que el trabajador indicó en su solicitud de ingreso, deberán ser comunicadas a la Oficina de Personal de la Empresa en forma oportuna y con las certificaciones pertinentes.

La comprobación posterior de que para ingresar a la Empresa se hubieren presentado documentos falsos o adulterados, o no guardan relación con la persona que los presenta, este hecho será causal de terminación inmediata del contrato que se hubiese celebrado, por falta de probidad o incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Capítulo II.        Del Trabajo de Menores y Mujeres Embarazadas

Artículo 7.         El trabajo de menores, se atendrá a los siguientes requisitos: 

  1. Pueden ser contratados libremente los mayores de 18 años, varones o damas.
  2. Los menores de 18 años, no podrán realizar las siguientes labores:

1)        Trabajo nocturno que se ejecute entre las 22:00 horas y las 07:00 horas;

2)        Trabajar más de 8 horas diarias;

3)        Trabajos subterráneos;

4)        Trabajos en faenas que requieran fuerzas excesivas y en actividades que puedan resultar peligrosas para su salud, seguridad o moralidad;

  1. Llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos.  Las mujeres también están sujetas a esta restricción.
  1. Los menores de 21 y mayores de 18 años, deberán someterse a un examen de aptitud, para poder ejecutar trabajos subterráneos.

Capítulo III.        De la Nacionalidad de los Trabajadores:

Artículo 8.        El ochenta y cinco por ciento, a lo menos, de los trabajadores que sirvan en la Empresa serán de nacionalidad chilena. 

Las personas de otras nacionalidades, que deseen contratarse en el Empresa, deberán cumplir las exigencias legales y contar entre otras, con: visa que les permita trabajar en Chile y cédula de identidad vigente.  

  1. T I T U L O   I V
  2. DEL CONTRATO DE TRABAJO

Artículo 9.        Cumplidos los requisitos anteriores y autorizada su contratación por el representante legal, dentro de los 5 días siguientes a la fecha de incorporación, se celebrará por escrito el contrato de trabajo respectivo, que se extenderá en 3 ejemplares del mismo tenor, el que deberán suscribir las partes, quedando un ejemplar en poder del trabajador y dos en la Empresa. En estos últimos deberá constar bajo la firma del trabajador, la recepción del ejemplar de su respectivo Contrato.

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