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Obligaciones Civiles

cyntiadeibele19 de Septiembre de 2012

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Introducción

La MORAL, viene siendo una de las cualidades, propias de toda per¬sona que ha sido educada bajo un sistema de Comprensión, de Compara¬ción y de Entendimiento de las costumbres humanas, puesto que debemos entender, que la conducta observada por el hombre, dentro del Seno de la Familia, con. relación a sus Amistades o Compañeros y por lo que res¬pecta a sus actividades Sociales, traen como consecuencia la ATENCION, Las CONSIDERACIONES y el RESPETO que se merecen todos sus Semejantes; por lo mismo, deben tener un solo apoyo, el de los USOS y el de las COSTUMBRES adoptados por las diferentes Razas que pueblan la su¬perficie de la Tierra, pues hay que tomar en cuenta que son precisamente el origen dé los Códigos, de las Leyes y los Reglamentos puestos en vigor en todos los Países del Mundo.

Sin embargo, existe el antecedente de que la MORAL INTIMA o FA¬MILIAR, la MORAL PRIVADA o PARTICULAR Y la MORAL SOCIAL o PUBLICA, son principios que muchas veces, se practican de. conformidad con las inclinaciones o los hábitos individuales, propios del medio en que se vive; en cuyo caso, el factor influyente, para llegar a comprender la verdadera finalidad que se persigue para el Perfeccionamiento de los USOS y de las COSTUMBRES humanas, es exactamente la EDUCACION, la CIVILIZACION y el PROGRESO del hombre, en todos sus aspectos Inti¬mas, en los Privados y en los Sociales, dentro de cuyo ambiente desarrolla sus actividades.

Desde luego que también hay que tomar en consideración, que las Razas, que aún se gobiernan por medio de las Costumbres propias do los sistemas primitivos de vida, o bien, que se encuentran dominadas o protegidas por determinados regímenes impuestos por la Civilización; y las Razas que se encuentran en el apogeo de su Cultura y del Progreso propio de los Países más adelantados, de seguro que tienen su diferentes CONCEPTOS, sobre lo que es la MORAL en todas sus acepciones; razón por la cual, vamos a proceder a buscar una definición clara y precisa de lo que puede ser esa Cualidad desde su origen.

Para el efecto, ya sabemos que la palabra MORAL, deriva de la Len¬gua Latina “MORALIS”, voz que significa Malicie en las acciones huma¬nas; se refiere a la Ciencia que trata de la Bondad y del Bien que se practica socialmente; ,es lo que concierne o pertenece a la Ética Indivi¬dual; es una Cualidad que no puede ser apreciada por medio de los Sen¬tidos del hombre, sino únicamente por el Entendimiento o la Conciencia Humanas; es un factor que tampoco compete al orden jurídico, puesto que pertenece al Fuero Interno; es la base en que se apoya el Derecho de Gentes, dentro de cuyos preceptos se establecen las Prerrogativas Intimas y Privadas del hombre y de los Pueblos; es también el conjunto de facul¬tades Espirituales, sobre las que descansa la Libertad de Conciencia en relación con las creencias Religiosas; es igualmente; la sulime inclina¬ción que establece a la Libertad del Pensamiento; es la expresión de las Ideas cuya finalidad se refiere al “RESPETO DEL DERECHO AJENO”.

Por lo que se refiere a la Ética Masónica, tal y cual se nos enseña dentro de los preceptos Ritualísticos y Dogmáticos, establecidos por la MORAL COLECTIVA, es indudable que se dividen, corno ya se dijo antes, en MORAL INTIMA o FAMILIAR, o MORAL PRIVADA o PAR¬TICULAR ‘y en MORAL. SOCIAL o PUBLICA, lo que viene a definir en forma categórica, a los CONCEPTOS MASONICOS, sobre lo que entraña esa Ciencia, misma que los clasifica en la forma que en realidad se deben interpretar, estableciendo comparaciones con las VIRTUDES HUMANAS, de donde viene su verdadero origen.

En consecuencia, quiere decir que la MORAL INTIMA, es la que se circunscribe únicamente al radio de la. Familia, en consecuencia, consti¬tuye la base de todas las acciones humanas; puesto que es precisamente dentro del Seno de. la Familia en donde se manifiesta y se aprende, desde la más tierna Infancia, a adquirir la noción de lo que puede ser la Con¬ducta, la forma de portarse con Moderación, a tratar con el debido respeto a nuestros semejantes; y al mismo tiempo, guardarles las atenciones y las consideraciones que se merecen; por ese motivo, el sistema de VIDA, la EDUCACION y la COSTUMBRES que los Padres prodigan a sus hijos, no son sino el REFLEJO mismo de la MORAL INTIMA que se observa por la propia Familia, por lo tanto, ésta es precisamente la razón que pos explica el motivo por el cual cada Individuo, cada Familia, la misma Socie¬dad y aun los Pueblos enteros, se distinguen y resurgen practicando sus CUALIDADES MORALES.

Pero aun así, no todos los hijos pertenecientes a la misma Familia, quienes indudablemente reciben las mismas atenciones, los mismos cui¬dados y el mismo EJEMPLO de una MORAL INTIMA, saben aprovechar la educación que se les imparte; lo que queda demostrado por infinidad de casos, en los que hemos visto que ni entre hermanos que viven bajo el mismo techo, se observan IDENTICAS CUALIDADES SOCIALES, puesto que su Conducta se manifiesta distinta, al poner en práctica determinadas inclinaciones, o al demostrar la pureza de sus Costumbres; pero esto no quiere decir que no hayan recibido o que no se les haya impartido iguales sentimientos de MORAL y de buena EDUCACION, para que posterior¬mente los ostenten al entablar sus relaciones de Amistad; lo que sucede es que el CARACTER del hombre desde NIÑO debe ser también Dirigido y Cultivado en forma Esmerada y Adecuada a sus tendencias, cosa que la mayoría de las veces, NO SUCEDE en las mismas circunstancias para toda una familia.

Las causas o motivos que pueden tomarse en consideración para que los hijos no demuestren haber adquirido una educación preliminar ade¬cuada y propia para corregir sus tendencias torcidas o sus malos instin¬tos, son las Tres siguientes:

En primer lugar, cuando dentro del seno de la Familia, los niños pre¬sencian u observan determinadas acciones intimas o penosas, que los padres no tienen la precaución de evitar en presencia de los hijos, o bien, cuando éstos se dan cuenta de los malos tratos o ejemplos, considerados como fuera de lo normal y de toda Ética más rudimentaria, o que van en contra de las sanas costumbres.

II º .- EL CONCEPTO DE DAÑO MORAL.

En términos muy amplios, se define el daño como la perdida o menoscabo sufrido en un patrimonio por la Falta de Cumplimiento de una Obligación atribuible A UN tercero. Esta definición, que Suele entenderse referida al daño material, Tambien puede aplicarse al llamado daño moral. Para el Derecho Civil, la palabra “daño” al detrimento Expresa, PERJUICIO, Deterioro o menoscabo que por acción de otro se ocasiona en una persona o en sus bienes. Este daño Puede provenir de dolo, de culpa o de caso fortuito y, en principio;

a) El daño doloso siempre una obligación y un resarcimiento Puede conllevar una sanción penal,

b) El culposo Suele llevar consigo y tan solo de Indemnización

c) El fortuito Exime en la Generalidad de los casos, Dentro de la complejidad de esta materia.

Una concepción amplia del Daño Moral consistiría en Integrar Dentro de él Cualquier minusvaloración, Limitación o pérdida que sufre el perjudicado por la acción de otro y que se materialización en una inmisión perturbadora para que su personalidad, por naturaleza, No puede ser incluida Dentro de los Daños materiales Porque no son susceptibles de ser Objeto de tráfico mercantil ni son aprehensibles por su propia caracterización y, por lo tanto, traducibles, de forma inmediata y automática, en un “económico cuántica”.

La figura jurídica de “daño moral” tiene su origen en la doctrina francesa y Apareció bajo la denominaron de “Domages Morales”. Hoy en día, jurisprudencia y doctrina, tienden un definirlo por exclusión, resultando Así que el daño moral queda integrado por todas Aquellas Manifestaciones psicológicas, afectivas, emocionales o íntimas que sufre un perjudicado por el acaecimiento de una conducta Ilícita, y que no son constatables , de forma directa, En el ámbito económico del perjudicado. Así pues, el daño moral Sería un cierto Deterioro de los elementos psíquicos y espirituales que incidentalmente en el normal desarrollo cognitivo o emotivo del ser humano, extendiéndose a todo agravio que sufre la dignidad, honorabilidad, integridad física o Cualquier elemento que pudiere alterar la normalidad de las facultades mentales o espirituales de una persona física. El daño moral se viene a traducir en el dolor, la angustia, la aflicción física o espiritual y los Padecimientos Provocados a la victima por el evento danoso. Seria una modificación en el Desarrollo de su Capacidad de entender, querer o sentir que, anímicamente, actua como un PERJUICIO, Desequilibrio o pérdida de aptitudes o expectativas de la persona perjudicada.

En cuanto a la naturaleza jurídica del daño moral es considerado de indol Fundamentalmente subjetiva, es decir que Depende del grado de reacción que ocasione efectivamente Pudiera A UN Determinado sujeto en Relación a la alteración del estado psicológico del mismo, con origen en un evento externo. Para la jurisprudencia francesa el daño moral Sería el dolor sufrido por una persona como consecuencia de un Hecho Ilicito de que es victima Produciendo una Disminución en sus atributos o facultades morales. Por su parte la Jurisprudencia Argentina ha sostenido que el daño moral seria la privación Disminución Aquellos bienes y de qué tienen un valor precioso en la vida del hombre que son la paz, la tranquilidad del espíritu, la libertad individual, la

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