ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Obligaciones Civiles


Enviado por   •  7 de Agosto de 2011  •  10.101 Palabras (41 Páginas)  •  1.317 Visitas

Página 1 de 41

Obligaciones civiles.

José E. Cauich Marfil

1.- Nociones Generales de las Obligaciones.

 Elementos de las Obligaciones.

 Fuentes Constitutivas, clasificación de las obligaciones.

2.- Nacimiento de las Obligaciones.

 Acto jurídico. Elementos de existencia y validez

 Modalidades del acto jurídico.

 Declaración unilateral de la voluntad

 Enriquecimiento ilegitimo

 Gestión de negocios.

 Hechos ilícitos

3.- Efectos de las Obligaciones.

 Incumplimiento de las obligaciones

 Responsabilidad contractual

 Teoría de los riesgos

 Saneamiento.

 Acción Pauliana o Fraude de Acreedores

 Acto de simulación.

4.- Efectos de las Obligaciones.

 Novación

 Pago

 Compensación

 Dación en pago

 Confusión

 Remisión de deuda

 Concurso y prelación de créditos

 Transacción

 Prescripción liberatoria.

5.- Transmisión de las Obligaciones y Obligaciones Complejas.

 Cesión de derechos

 Cesión de deuda

 Subrogación

 Obligaciones Mancomunadas, Solidarias e Indivisibles

 Obligaciones Conjuntas y Alternativas.

1.- Nociones Generales de las Obligaciones.

¿Qué es una Obligación?

Según el derecho romano y así mismo la INSTITUTA DE JUSTINIANO:

"obligatorio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuius solvendae, rei secundum notrae civitatis iura".

Esto es:

La obligación es el vínculo del derecho, por el que somos constreñidos con la gran necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad.

En Derecho, es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación.

Elementos de las Obligaciones.

De la definición de obligación, emergen una serie de elementos constantes, que ya en la definición romana aparecen, algunos de manera explícita y otros de manera implícita, los cuales se han mantenido dentro de la estructura de dicha definición con independencia del tiempo y el espacio dentro de nuestro sistema jurídico; mismos elementos que vienen a ser los siguientes:

a) Los sujetos.

b) El objeto

c) La relación jurídica

Los anteriores elementos, se explican a continuación:

1.- LOS SUJETOS:

Dentro de una relación obligacional, deben existir como un requisito necesario dos sujetos. Uno que reporta la facultad, y que por ende posee el derecho de exigir la prestación, consistente en un dar, un hacer o un no hacer, llamado “acreedor”, y otro que se encuentra obligado en virtud de su carácter de sujeto pasivo de la relación y que se encuentra en la necesidad jurídica de otorgar la prestación debida y que se denomina “deudor”, Normalmente, la relación se integra con un acreedor y un deudor; sin embargo, pueden existir varios acreedores o varios deudores, o pluralidad de sujetos en ambas posiciones, lo que implica que la responsabilidad de los diversos acreedores o deudores tendría que observarse con detenimiento, pues unos y otros podrían estar facultados u obligados de manera mancomunada o solidaria, en el primer caso por convenio o por presunción de la ley y en el segundo caso sólo por disposición legal. Lo que es importante recordar en virtud de las facultades que corresponden a uno y las cargas u obligaciones que corresponden al otro; así el acreedor en una obligación perfecta, deberá tener dos facultades fundamentales:

a) La facultad de recibir y,

b) La facultad de exigir.

La primera, llamada facultad de recibir, consiste en el derecho que le asiste al acreedor para recibir lo que legítimamente le es debido por parte del deudor, así, con independencia de que reciba el pago de cualquier persona, aún cuando no sea el propio deudor, el acreedor se encuentra legitimado para recibir el objeto de la prestación, dicha facultad, es de carácter jurídico y no simplemente material, pues debe estar reconocida por la norma. Por otra, parte la facultad de exigir, nace para el acreedor desde el momento mismo del nacimiento de la obligación a cargo del deudor, es una facultad propia de las obligaciones perfectamente válidas, el que el acreedor se encuentre en aptitud de exigir la prestación debida al deudor, cuando éste no cumpla lo que la relación le exige a favor de su acreedor, de tal manera, que éste ante un incumplimiento por parte de sus deudor, no sólo podrá exigir el cumplimiento de la prestación a su obligado, sino que incluso, podrá ocurrir ante las instancias jurisdiccionales accionando ante ellas para lograr el cumplimiento coactivo por parte de su deudor, respecto de la prestación debida.

2.- EL OBJETO.

El objeto, es la prestación debida por el deudor, esta prestación consiste en varias veces en un hecho positivo, ejemplo: el pago de una suma de dinero, la entrega de una cosa, etc. Como puede apreciarse el objeto designado también con la expresión "obtenida de la obligación

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (64 Kb)  
Leer 40 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com