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PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN LOS MENORES INFRACTORES

javierrawDocumentos de Investigación10 de Octubre de 2016

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

FACULTAD DE DERECHO CULIACAN EXTENSIÓN NAVOLATO

LICENCIATURA EN DERECHO

SEMINARIO DE TESIS

TEMA: PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN LOS MENORES INFRACTORES

ALUMNOS:

FRANCISCO JAVIER MEZA MARTINEZ

IBARRA CORRALES ISEL GUADALUPE

PROFESOR:

LIC. JORGE VALDEZ CUEVAS

NAVOLATO SINALOA, A DE  DEL 2016

DEDICATORIA

El presente trabajo de investigación tiene como dedicatoria a nuestros familiares, ya que sin ellos no se podría haber llegado a donde nos encontramos hoy en dia; asi como a nuestros amigos del grupo ya que con sus platicas y su humor han hecho que se olvide un poco la presión escolar.

INDICE

Pagina                                                                                                                   

Planteamiento del problema………………..………………………..……………… 5

Justificación………………………………...……..……………..………………….... 7

Objetivos………………………………………………..………..……………………. 8

Hipótesis………………………………………………………….……………………. 9

Método…..……………………………………………………...…..………………… 10

Introducción…………………………………………………………….…………….. 11

CAPITULOS:

CAPITULO I. Definición de menor…………………………………………………. 14

CAPITULO II. Evolución del concepto penal de menor infractor en    México…………………………………………………………………………………. 16

CAPITULO III. Sistemas positivos de regulación jurídica del menor infractor: el modelo mexicano……………………………………………………….……………. 38

  3.1.- generalidades sobre la ley para el tratamiento de menores

           Infractores para el D.F. en materia común y para toda la

           Republica en materia federal……………………………………..… 42

  3.2.- estructura de la ley para el tratamiento de menores

           Infractores para el D.F. en materia común y para toda la

           Republica en materia federal…………………………………….…. 51

  3.2.1.- autoridades de la materia…………………………………….…… 51

  3.2.2.- procedimiento y garantías del menor……………………………. 55

  3.2.3.- aplicación de medidas de orientación, protección y

                 Tratamiento……………………………………………..…………72

  3.2.4.- jurisprudencia…………………………………………………….… 77

  3.2.5.- la reforma constitucional del 12 de diciembre del 2005……..… 80

  3.2.6.- nuevos ordenamientos y reformas en el ámbito local

                A raíz de la reforma constitucional del 2005…………………   82

CAPITULO IV. Garantias procesales a favor de los menores infractores…….. 91 CAPITULO V. Derecho de menores infractores………………………………..… 93 CAPITULO VI. ¿Qué institución es la encargada de resolver la situación

jurídica de los menores infractores………………………………………………… 95

           6.1.- procedimiento ante el consejo paternal…………………………...… 95

           6.2.- recursos……………………………………………………………….… 99

6.3.- objetivos de la granja industrial juvenil de recuperación para                                                                                                                  infractores…………………………………………………..… 99

           6.3.1.- tratamiento………………………………………………………..….. 99

           6.4.- obligaciones de los menores en las granjas industriales juveniles de menores infractores………………………………………………………………… 100

           6.4.1.- obligaciones de padres.............................................................. 101

CAPITULO VII.-  Debate sobre la reducción de la edad penal en mexico…... 102

           7.1.- ¿Qué implicaciones tendría esta descicion de reducir la edad?... 105

           7.2.- Propuestas……………………………………………………………  112

CAPITULO VIII.- Conclusiones…………………………………………………… 115

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES…………………………………………….. 120

BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………….  121

ANEXOS……………………………………………………………………………. 123

ESTADISTICAS………………………………………………………………….… 124

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Se ha hablado anteriormente del principio de presunción de inocencia en diferentes aspectos en la vida jurídica de un país; el como este ha llegado a ser un principio que casi no se respeta por parte de las autoridades del país, como las autoridades internacionales (INTERPOL, DEA, ETC.) que logran tener jurisdicción dentro de los estados.

El principo de presunción de inocencia, tiene diferentes tipos de conceptos desde el punto de vista de autores, como esta regulado en mexico, cuando lo viola alguna autoridad, el porque no lo respetan, es un derecho fundamental, una posible solución a dicha problemática que tantos sujetos se preguntan el porque no se les da este privilegio ya que es una garantía individual y que esta en la constitución mexicana.

Previamente a aventurarnos a definir, apoyados en la dogmática, lo que debe entenderse por un “menor infractor”, consideramos de trascendental relevancia hacer un breve estudio de la evolución que ha tenido esta noción a lo largo de la historia jurídica, tanto en el mundo como particularmente en España y en México.

Ello, con el fin de aclarar, de inicio, el camino para el estudio de la actual legislación de la materia, y determinar no sólo la naturaleza y el contenido del polémico ‘derecho de menores’, sino emitir, en la medida de lo posible, una valoración sobre ésta con miras a su mejoramiento futuro; objetivo prioritario de este trabajo.

A nadie escapa que las ideas con relación a la significación del derecho penal y sus fines, han mutado notoriamente a lo largo de los siglos. Como señala RÍOS ESPINOSA: “las respuestas han oscilado entre las justificaciones retribucionistas absolutas que justifican la aplicación de una pena, en atención a la pretendida disolución del mal producido por el delito por el correspondiente de la pena, y las justificaciones de orden utilitarista, que atienden no al fin de la pena como legítimo en sí mismo, sino a fines extrapunitivos asociados a ella.

Dichas concepciones utilitaristas, predominantes durante la modernidad, han permitido en múltiples ocasiones la extralimitación de la intervención punitiva del Estado, aduciendo la necesidad de garantizar el bienestar de la mayoría no delincuente.

En la actualidad, se acepta la doble finalidad del derecho penal, según la cual “éste cumple también importantes funciones como herramienta de minimización de la violencia hacia los destinatarios de sus normas, cuando las personas caen en el supuesto de infracción a la ley penal vulnerables y derecho penal.

Y por lo que hace a la relación de los menores con el derecho penal; la tendencia moderna es que no pueden someterse al ámbito que rige para los adultos. Sea, como se afirma de manera tradicional en la doctrina, porque son inimputables; o bien, porque se reconoce que su personalidad apenas se encuentra en formación, pudiendo contar con cierta madurez, más no completa. Se acepta que “hablar de menores significa hablar de hombres que atraviesan etapas prematuras de su vida; hablar de “derecho de menores” importa hablar de aquello que comienza o se adecua al ser humano en la minoridad.”

JUSTIFICACION

Ninguna persona debe ser considerada culpable, ni tratada como tal si no hay una condena por una sentencia firme.

El régimen de menores infractores se sostiene en dos pilares fundamentales: por un lado la afirmación, que por sus características particulares de desarrollo, no pueden de manera alguna ser tratados como adultos; y por el otro, el reconocimiento, de que si bien están sujetos a un régimen distinto, gozan de los derechos que se otorgan a todos, en primera instancia, de las garantías que la Constitución brinda a los nacionales, y en segundo lugar, de los derechos que a su favor se han consignado en los instrumentos internacionales, de los que México es parte

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