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Posibles preguntas derecho privado UBA


Enviado por   •  3 de Octubre de 2020  •  Exámen  •  2.135 Palabras (9 Páginas)  •  202 Visitas

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Teoría de la causa: Compré un 0km muy barato para ir a mi trabajo, pero al poco tiempo dejó de funcionar, fuí a quejarme y me dijeron que compré un auto barato y de mala fabricación y que por eso no pueden garantizarme que funcione.

Se nos consulta sobre un auto comprado que dejo de funcionar y la agencia no quiere hacerse cargo del problema.

En el contrato celebrado, el motivo del comprador para adquirir el auto es utilizarlo para trasladarse. Sin embargo, el auto deja de funcionar y por ende no cumple con el fin por el cual se adquirió. Por esta razón, el individuo tiene derecho a reclamar/ demandar y la empresa esta obligada a prestar un servicio de posventa y solucionarle el problema.

Teoría de la causa: finalidad directa e inmediata que se persigue con la celebración de un contrato

Vicios: Mi abuelo me vendió un terreno pegado a su quinta, el precio era irrisorio, lo hizo para que yo construyera una casita y tener a su nieto al lado. Como me casé, lo vendí y me compré un monoambiente en el centro. Mi abuelo pidió la nulidad de la venta del terreno objetando que me aproveché de él.

Se consulta sobre la posibilidad de pedir la nulidad de la venta del terreno que le compró a su abuelo.

Para pedir la nulidad de un acto juridico debe existir un vicio al momento de la celebración de dicho acto.

En este caso, aunque el abuelo menciona que hubo un aprovechamiento, lo que seria cometer un vicio de lesión, no ocurrió , ya que el nieto no se aprovechó del abuelo para obtener una ventaja del precio del terreno ya que el precio fue impuesto por el abuelo. Por lo tanto, no se puede pedir la nulidad del contrato. 

Atributos de la personalidad: Gerardo Romano dijo en un reportaje “ Mirtha Legrand es una vieja arpía”. Rosa Martínez, que tiene como seudónimo Mirtha Legrand, le mandó una carta documento intimandolo a retractarse bajo apercibimiento de iniciar una causa judicial. Gerardo Romano le contestó que él no la había insultado porque ella se llama Rosa Martínez y no Mirtha Legrand.

Se consulta si es válida la carta a documento enviada por Rosa Martinez a Gerardo Romano

En este caso,Rosa Martínez, al ser una persona publica, hizo que su seudónimo tomase notoriedad y sea de entidad identificadora, por ende, el seudónimo vale jurídicamente igual que el nombre. Por lo tanto, la carta a documento es válida.

Cosa fungible: Entre varios juntaron USD 100.000 para comprar entradas y alojamiento para el mundial de Rusia, y se lo dieron a Pablo. a Pablo le robaron la plata pero igual compró las entradas con tarjeta de crédito (lo puede demostrar). Ahora pidió a quienes le encargaron la compra, que le devuelva la plata pero ellos se niegan.

Se consulta si es valido que los amigos de Pablo le devuelvan la plata que le han robado.

En este caso, Pablo tenía una obligación natural de pagar las entradas con la plata que le dieron los amigos, porque así lo había pactado con ellos, pero por un hecho externo (robo) tuvo que recurrir a otra alternativa que era pagar con tarjeta.

Ante esto, no le corresponde hacer ningún reclamo de lo pagado ya no tiene forma de comprobar si verdaderamente lo que le robaron era el dinero de sus amigos, dado que el dinero es un objeto fungible y como él era el encargado de la plata es quien debe hacerse cargo.

Defensa al consumidor: Una empresa de telefonía celular se comprometió a entregar un teléfono en el plazo de 48HS. Si yo acredito que no se cumplió con la entrega en el plazo fijado, el telefono seria sin cargo

Se consulta sobre la falta del cumplimiento de la obligación de una agencia de entregar un producto en un plazo determinado.

En este caso, si la empresa se comprometió a entregar el teléfono en un plazo determinado, y esto no ocurrió, es un incumplimiento por parte de la empresa de telefonía.

Al estar faltando a la obligación de dar, la cual incluye el deber de entregar el bien en tiempo y forma, el comprador podrá hacer el reclamo y obtener del deudor las indemnizaciones correspondientes. La empresa es la que debe resolver el problema y resarcir al cliente por la demora.

Nulidad: Un joven de 16 años compró en un supermercado una calculadora científica que necesitaba para un examen (en el colegio hacía mucho que la necesitaba porque la usaban a diario) la calculadora tenía 60% de descuento, el padre se presentó en el supermercado para que le devolvieran la plata pues su hijo es menor e incapaz de celebrar un contrato.

Se consulta sobre la capacidad de un niño de 16 años para poder llevar a cabo una compra por su propia cuenta.

Tomando en cuenta que los niños son considerados menores de edad hasta los 16 años para realizar este tipo de actos (compra de una calculadora), podemos clasificar al joven como capaz (capacidad relativa de hecho) de realizar esta compra sin la intervención de su padre, madre o tutor.

Por lo tanto, el padre no puede reclamar la nulidad del acto jurídico ya que la persona tiene la edad necesaria, y no se halla privada de su razón.

Agencia:   Soy agente exclusivo de la marca “Lancia”. La casa Martínez vendió 8 autos a presidencia de la nación sin que yo haya intervenido.  Me parece que está mal. ¿Puede hacerlo? ¿Si lo hace, cúal es mi derecho? ¿Qué pasa con mi comisión?

Por medio del contrato de agencia, un agente exclusivo asume el cargo de promover una determinada marca dentro de territorio nacional o extranjero.

Por contrato Lancia no debería transar negocios sin el agente de por medio. Como agente exclusivo de Lancia tengo derecho a cobrar comisión por cada negocio llevado a cabo por el derecho de exclusividad de agente y realizar a Lancia el reclamo correspondiente.

Obligaciones: Compré un “Lancia” al agente exclusivo de “Lancia” en la República Argentina. “Lancia” tiene domicilio en Módena, el contrato no dice donde tengo que pagarlo. ¿Me tengo que ir a Italia?

Se consulta si una persona debe ir a Italia para pagar un auto que compro allí.

No debe ir a Italia, sino que debe pagar donde lo compro, es decir, en la República Argentina. Si el contrato no dice un domicilio especifico, el comprador deberá pagarlo al momento de la entrega en el lugar donde se lo entreguen.

Capacidad: Un señor italiano de 20 años, que tiene su domicilio en Argentina le compró un Lancia a un señor francés de 17 años que también tiene domicilio en Argentina. la compraventa se realiza en Argentina. ¿Tienen capacidad para celebrar el contrato? En francia se obtiene la mayoría de edad a los 17 años y en Italia a los 20.

Al ser un contrato celebrado en la Argentina, rigen las leyes de este mismo país. En Argentina para hacer este tipo de operaciones ambas partes deben ser mayores de 18 años. El menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes. Por ende, el menor no tiene capacidad de celebrar este contrato.

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