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Que se requiere para el nacimiento de un derecho real?¿cuáles son las diferencias con los derechos personales


Enviado por   •  3 de Agosto de 2013  •  Tutoriales  •  10.313 Palabras (42 Páginas)  •  557 Visitas

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~~~+~~~~~**UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA.

BIENES CIVILES Y COMERCIALES.

CUESTIONARIO.

1. ¿Qué son los derechos reales?

Están ubicados dentro de los Derechos Patrimoniales, son Derechos Valorables en dinero Se ubican dentro de los Derechos Absolutos , por cuanto son Derechos que pueden hacerse valer frente a todos ERGA OMNES.

1. Nacimiento de los derechos reales

El nacimiento o constitución de un derecho real puede producirse por diferentes causas. A él da lugar todo hecho idóneo a generarlo según la ley. Y a estos hechos se les puede llamar fuente del derecho real que se trate.

Nacimiento y adquisición

Nacimiento y adquisición (unión a la persona que se convierte en su titular) de un derecho real, ni desde luego es lo mismo ni siempre coinciden. Así, no lo hacen cuando que alguien adquiere ya existía desde antes.

Acciones reales Acciones Personales

Sujeto Activo: propietario

Pasivo: todo el mundo (erga omnes) Activo: Acreedor

Pasivo: Deudor

Origen Se originan en el modo de adquirir la propiedad Nacen de la fuentes de las obligaciones (contrato, delito, ley)

Enumeración Están en la ley art. 665 CCC Se crean atreves de la voluntad de las partes art 1501 CCC

Efectos Erga omnes : Para todo el mundo Son para el Deudor Sujeto pasivo

Objeto Bienes Personas

Acciones Reales Personales

2. ¿Que se requiere para el nacimiento de un derecho real?¿cuáles son las diferencias con los derechos personales?

Si ya que los derechos reales se predican para todos los Bienes ya sean muebles o inmuebles.

Ejemplo: Bien mueble = carro se puede dejar en prenda

Bien inmueble = casa se puede hipotecar

4. Explique el atributo de preferencia de los derechos reales.

Atributo de Preferencia.

El derecho real primeramente constituido goza de prelación o preferencia sobre los derechos reales que se constituyen posteriormente sobre el mismo bien. Esto no funciona en la prenda, solo en la hipoteca (esto se manifiesta por la inscripción en el folio de matrícula inmobiliario del inmueble en la oficina de registro e instrumentos públicos). Es decir lo que es primero en el tiempo es primero en el derecho.

5. Explique el atributo de persecución de los derechos reales.

Atributo de persecución.

Surge de los dos elementos que tienen los derechos reales. Cuando una persona está obligada o facultada a perseguir sus bienes es decir cuando el sujeto activo persigue el bien del pasivo.

6. ¿El atributo de preferencia de los derechos reales se predica de todos ellos? Ponga un ejemplo en caso negativo y sustente.

El atributo de preferencia de los derechos reales se predica para todos ellos

Si porque el que es primero en el tiempo es primero en el derecho

Ejemplo: A le hipoteca la casa a B por 80 millones el 10 de junio y sobre hipoteca la casa a C el 20 de junio por 70 millones y sobre hipoteca la casa a D por 90 millones el 1 de julio.

A no pudo pagar la deuda y es rematada por 110 millones.

Al ser B primero en el tiempo se le pagan sus 80 millones, y la suma restante se le entregan a B ósea 30 millones y a D no le toco nada porque el valor del remate no alcanzo para sanar la deuda.

7. Considera que existen derechos reales diferentes a los señalados en el código civil en caso afirmativo dé un ejemplo y sustente.

Si, Los Cuales Son :

• No Consumibles: son aquellos que no se acaban con el primer uso y que perduran con el tiempo, aun cuando por el deterioro de este se puedan alterar o destruir.

Eje: propiedad y desmembraciones de la propiedad.

• Divisibles: aquellos bienes que pueden reducirse en partes sin que su división, forma o valor económico se altere.

Eje: dinero, herencia.

• Indivisibles: aquellos bienes que si se dividen pierden su valor económico y que por su naturaleza no se pueden dividir.

Eje: una casa, un carro.

• Bien comercial: son objetos de relaciones jurídicas privadas de manera que pueden recaer en ellos un derecho real o particular.

• Bien no comercial: no pueden ser objeto de relaciones jurídicas por particulares, no existe un derecho ni real ni personal.

Eje: parques, vías.

• Bienes apropiables: son los que actualmente pertenecen a un sujeto de derecho.

Eje: compraventa

• Bienes inapropiables: no pueden ser objeto de apropiación.

• Eje: el aire, el mar.

• Bien fungible: Los bienes fungibles son una clasificación de los bienes utilizados en el derecho, en dos sentidos: como aquellos que no se pueden usar conforme a su naturaleza si no se consumen (también conocidos como bienes consumibles), y como aquellos que tienen el mismo poder liberatorio, es decir, que se miran como equivalentes para extinguir obligaciones.

Eje:bien fungible es el dinero, pero se engloban en esta

Categoría todos aquellos bienes muebles que se

Consumen (gastan o desaparecen) para su poseedor con el

Primer uso, aunque pueden mantener su existencia física.

• .bienes no fungibles:

Bienes individualizados por alguna característica especial que los personaliza como únicos, diferenciándolos del resto de los de su género y clase, de tal modo, que una obligación

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