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Recursos Humanos Bimbo


Enviado por   •  22 de Junio de 2014  •  2.656 Palabras (11 Páginas)  •  5.793 Visitas

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Bimbo S.A. de C.V.

Antecedentes

Grupo Bimbo

Fundado en México el año de 1945, Grupo Bimbo es hoy en día una de las empresas de panificación más importantes del mundo por posicionamiento de marca, por volumen de producción y ventas, además de ser líder indiscutible de su ramo en México y Latinoamérica. Con presencia en 17 países de América y Asia, cuenta con cerca de 7,000 productos y con más de 150 marcas de reconocido prestigio.

Desde 1980, Grupo Bimbo es una empresa pública que cotiza en la Bolsa Mexicana de Valores y está formada por seis organizaciones y un corporativo, los cuales operan empresas de la industria de la panificación y de alimentos en general.

“Vemos a la empresa como una comunidad de personas

, que trabajan permanentemente por construir

una Empresa Altamente Productiva y Plenamente Humana”.

MISION

Hacer de nuestro negocio un negocio, ser productivos. Alcanzar los niveles de rentabilidad establecidos.

Lograr un creciente volumen y participación de nuestras marcas. Estar cerca de nuestros consumidores y clientes, ellos son nuestra razón de ser.

Buscar que nuestro personal se desarrolle y realice plenamente (vivir nuestra filosofía). Orientados permanentemente a aprender.

VISION

Elaborar y comercializar productos alimenticios, desarrollando el valor de nuestras marcas. Comprometiéndonos a ser una empresa:

Altamente productiva y plenamente humana.

Innovadora, competitiva y fuertemente orientada a la satisfacción de nuestros clientes y consumidores.

Líder internacional en la industria de la panificación, con visión a largo plazo.

OBJETIVOS

Lograr un creciente volumen y participación de nuestras marcas. Estar cerca de nuestros consumidores y clientes, ellos son nuestra razón de ser.

Buscar que nuestro personal se desarrolle y realice plenamente (vivir nuestra filosofía). Orientados permanentemente a aprender.

Asegurar la operación en un adecuado ambiente de control (información, sistemas y confianza). Participación y autocontrol.

Organizacion

Daniel Servitje Montull

Director General de Grupo Bimbo.

Ingresó a Grupo Bimbo en 1978, estudió la Licenciatura

en Administración de Empresas y obtuvo el grado de

MBA en la Universidad de Stanford, USA. Forma parte del

Consejo de Administración de Coca-Cola FEMSA, Grupo

Financiero Banamex, The Consumer Goods Forum y de

Grocery Manufacturers of America en USA.

Pablo Elizondo Huerta

Director General Adjunto de Grupo Bimbo.

Ingresó a Grupo Bimbo en 1977, estudió Ingeniería

Química. Cursó el Advanced Management Program en

Harvard Business School.

Javier Augusto González Franco

Director General de Bimbo S.A. de C.V. Ingresó a Grupo

Bimbo en 1977, posee el título de Ingeniero Químico y

cuenta con una maestría en Administración de Negocios

en la Universidad Diego Portales, Chile; Advanced

Management Program en la Universidad Harvard

Business School. Es Presidente de ConMéxico.

Gary Prince

Director General de Bimbo Bakeries USA

Actualmente es miembro del Consejo Directivo de la

Asociación de Panaderos de América y también es

miembro de la Junta “Students in Free Enterprise, Inc”.

Ingreso a Grupo Bimbo en 2009. Experiencia de más

de 35 años en la industria de la panificación.

Gabino Gómez Carbajal

Director General de Organización Barcel S.A. de C.V.

Ingresó a Grupo Bimbo en 1981. Estudió la carrera de

Licenciado en Mercadotecnia. Estudió la Maestría en

Administración de Empresas en la Universidad de Miami.

Pertenece al Consejo Directivo de ConMéxico y es

miembro de Food Group.

Alberto Díaz Rodríguez

Director General de Organización Latinoamérica.

Ingresó a Grupo Bimbo en 1999. Es Ingeniero Industrial

con Master en Gerencia de la Universidad de Miami y

graduado en Executive Program de la Universidad de

Stanford, USA.

Guillermo Quiroz Abed

Director Corporativo de Administración y Finanzas de

Grupo Bimbo. Ingresó a Grupo Bimbo en 1999. Estudió

la carrera de Actuaría y cuenta con una maestría en

Dirección de Empresas por el IPADE. Es miembro del

Consejo de Administración de Grupo Altex y Fincomún.

Javier Millán Dehesa

Director Corporativo de Personal y Relaciones de

Grupo Bimbo. Ingresó a Grupo Bimbo en 1977. Estudió

las carreras de Filosofía y Administración de Empresas.

Pertenece al Consejo Directivo de AMEDIRH. Es

Presidente de Reforestamos México, A.C.

PLANEACION

PLANEACIÓN "Es el primer paso del proceso administrativo por medio del cual se define el problema, se analizan las experiencias pasadas y se esbozan planes y programas."

Paso 1: Recepción preliminar de solicitudes.

Paso 2: Pruebas de idoneidad.

Paso 3: Entrevistas de selección.

Paso 4: Verificación de datos y referencias.

Paso 5: Examen médico.

Paso 6: Entrevista con el supervisor.

Paso 7: Descripción realista del puesto.

Paso 8: Decisión de contratar.

1. Se presentan candidatos y se revisan vacantes.

2.Llenado de solicitud.

3. Examen de aptitud.

4.Entrevista con jefe/supervisor.

5.Entrevista con Gerente de RRHH.

6.Examenes médico y de manejo (cuando el puesto lo requiera).

7.Entrega de documentos

DOTACION

Selección rigurosa del personal

Desde nuestro inicio como fundación como empresa henos practicado la selección rigurosa de nuestro personal. Buscamos más actitud que conocimientos. De preferencia los nuevos colaboradores deberán mantener unos principios y una filosofía que no se opongan a la nuestra. Si logramos contratar a personas cuyos principios sean similares a los nuestros, rápidamente se adaptaran, se sentirán a gusto y se involucraran con mayor facilidad. Si tenemos suficiente cuidado al contratar a un colaborador, ahorraremos mucho dinero, no habrá mala calidad en nuestros productos, aseguraremos un buen servicio al cliente y mantendremos la productividad. Parecen exagerados los logros de este sencillo punto; sin embargo, estamos convencidos, como ya mencioné, de que la empresa será al fin y al cabo, como sea su gente, y su gente como sean sus jefes. Por ello la selección de jefes reviste una importancia muy especial. Nos aseguraremos de que posean la inteligencia necesaria, integridad capacidad de liderazgo y de relacionarse bien con los demás; que sean trabajadores y entiendan que su responsabilidad implica tener un claro sentido

de negocio. Un jefe no solo debe hacer bien su función, debe obtener resultados

Salud Laboral y Desarrollo del Personal

Desde su fundación, BIMBO trazó una política de personal tendiente a la armonización de sus interesescon los de los trabajadores, lo que ha generado la consolidación de una excelente relación laboral. Estasituación ha sido reconocida ampliamente no sólo por los colaboradores del Grupo, sino también por lascomunidades empresarial y universitaria. Asimismo, esta filosofía ha buscado extenderse a las empresasque se van integrando al Grupo. Lo anterior, fue avalado con el reconocimiento al que se hizo acreedor BIMBO como una de las cinco empresas más admiradas en México, de acuerdo con las encuestasrealizadas por la revista

Expansión

.Asimismo, la participación de colaboradores en las decisiones sobre el funcionamiento de laCompañía ha sido un factor fundamental para el buen desarrollo de la misma, lo cual se ha logrado através de la creación de un clima participativo, la administración por objetivos, la organización por equipos y la formación y desarrollo de los jefes en todos los niveles.Adicionalmente, la Compañía pone especial énfasis en la selección de su personal, al que mantieneinformado acerca de la situación financiera y operativa del Grupo. Además, realiza evaluacionesperiódicas de desempeño, orienta y canaliza las inquietudes de sus colaboradores, impulsa lacapacitación (entre otras medidas, a través de programas de apoyo a la eduación en todos los niveles deescolaridad) y promueve la realización plena y el desarrollo integral dentro de la Compañía.La tabla siguiente muestra el número de colaboradores del Grupo, sindicalizados y no sindicalizados,durante los últimos tres años

21/06/2002 11:01 a.m. (2K)MEXICO 84420 v3 [1t5003!.DOC]

48

Al 31 de diciembre de2005 2004 2003

Sindicalizados 64,459 57,900 55,349No sindicalizados 18,812 16,000 15,296

Total 83,271 73,900 70,645

BIMBO atiende una serie de lineamientos que le permiten mantener una relación positiva con el personalsindicalizado. La mayoría de las empresas del Grupo cuenta con un contrato colectivo de trabajo, que esrevisado anualmente en lo referente al tabulador de salarios y cada dos años respecto del resto de sucontenido.Cabe señalar que, desde su fundación, el Grupo se ha caracterizado por fomentar y preservar un sanoclima laboral. Por tal motivo, BIMBO ha merecido el reconocimiento como empresa ejemplar por parte dela Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la propia autoridad laboral mexicana.El sindicato mayoritario del Grupo cuenta con una constancia, autorizada por la Secretaría del Trabajo yPrevisión Social (STPS), como Agente Capacitador Externo, que avala su orientación e interés por diseñar cursos y capacitar a sus afiliados.Los principales sindicatos con los que BIMBO mantiene relación laboral en México son:

Sindicato Nacional de Trabajadores Harineros, Panificadores, del Transporte, Similares y Conexosde la República Mexicana (CTM).

Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Alimenticia, Similares y Conexos de laRepública Mexicana (CTM).Del total de trabajadores sindicalizados de BIMBO, 75% están afiliados a dichos sindicatos.A nivel internacional, conviene señalar que las relaciones laborales en los países en los cuales BIMBOtiene operaciones han seguido las mismas políticas de cooperación. En algunos países, incluso, elmodelo laboral de la Compañía ha servido como ejemplo a seguir

Reglamento Interno

TIEMPO DE TRABAJO

La normas reguladoras son el Estatuto de los trabajadores (artículos 34 a 38) y los convenios colectivos. Máximos y mínimos establecidos por ley Jornada máxima de 40 horas semanales. Descanso mínimo entre jornada y jornada de 12 horas. Descanso mínimo semanal acumulable en período de 14 días y medio, 36 horas. Mediante convenio o, en su defecto, por acuerdo de empresa se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de 6 horas, deberá establecerse un período de descanso no inferior a 15 minutos, que será considerado tiempo de trabajo efectivo si lo señala el convenio o el contrato de trabajo. Para los trabajadores menores de 18 años, cuando la duración de la jornada diaria continuada exceda de 4 horas y media, el período de descanso durante la misma será como mínimo de media hora. Los trabajadores menores de 18 años, no podrán realizar más de ocho horas de trabajo diario, incluido el tiempo dedicado a la formación, ni pueden hacer horas extraordinarias. No se pueden hacer más de 9 horas diarias normales de trabajo, salvo que por convenio o, en su defecto, por acuerdo de empresa, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario. Se considerará trabajo nocturno el realizado entre las 10 horas de la noche y las 6 de la mañana. La jornada de trabajo nocturno no puede exceder de 8 horas diarias de promedio en un período de referencia de 15 días. Los trabajadores nocturnos no pueden realizar horas extraordinarias. Los trabajadores menores de 18 años no pueden realizar jornada nocturna.

EL CALENDARIO ANUAL

La empresa deberá hacer cada año un calendario laboral. De igual forma, deberá exponer un ejemplar de este calendario en un lugar visible de cada centro de trabajo para que toda la plantilla pueda conocerlo. Al elaborar el calendario laboral, se debe tener en cuenta el horario de trabajo y la distribución anual de los días laborables y los festivos, descanso semanales, o entre semanas, puentes (si los hubiere) y otros días no laborables. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo. Aunque no hay una norma común al respecto, en muchos convenios colectivos se establece bien la negociación, bien la audiencia previa de la Representación Legal de los Trabajadores, en defecto de esto debemos hacer valer en los Comités de Empresa o los Delegados de Personal lo dispuesto en el Art. 64 del Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso CC.OO. te asesorará y facilitará información sobre los festivos de cada año. Es importante el control por parte de la representación legal de los trabajadores del cumplimiento de la jornada ordinaria por cada trabajador o grupo de los mismos.

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS

El Art. 35.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que, se consideraran horas extraordinarias cada hora de trabajo que sobrepase la duración máxima de la jornada habitual de trabajo. La persona que las trabaje deberá exigir el pago de todas las horas extraordinarias que realice y, además, que en la nómina aparezca la cantidad pagada por realizarlas. La empresa deberá comunicar, cada mes, a la autoridad laboral correspondiente y a los representantes de los trabajadores las horas extraordinarias que se hayan realizado. Legalmente no se pueden hacer más 80 horas extraordinarias al año. Hacer horas extraordinarias por encima del tope será considerado como una falta grave del empresario. A los efectos de dicho tope máximo anual no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas con decanos dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Otra excepción son la horas extraordinarias utilizada para prevenir o reparar siniestros o accidentes, las cuales tampoco se tendrán en cuenta a la hora del cálculo del número máximo de horas extras. Los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años tienen prohibido realizar horas extras. El Art. 35.4 del Estatuto de los Trabajadores, señala que las horas extraordinarias sólo se realizarán si el trabajador así lo desea, lo que significa que el empresario no debe obligar que se realicen horas extraordinarias. La única excepción a la regla es que por Convenio Colectivo o por contrato individual se pueda pactar la obligatoriedad de la realización de horas extraordinarias. Mediante Convenio Colectivo o en su defecto, contrato individual de trabajo, se elegirá entre pagar la horas extraordinarias en la cantidad que se fije (que en ningún caso podrá se inferior al valor del precio la hora ordinaria) o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. Si no hay acuerdo expreso en el Convenio o en el contrato, se entenderá que las horas extras realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

LA JORNADA NOCTURNA

Se considerará trabajo nocturno el realizado ente las 22 y las 6 horas. La jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de 8 horas diarias de promedio en un periodo de referencia de 15 días. Las personas con trabajos nocturnos no podrá realizar horas extraordinarias. El trabajo nocturno tendrá una retribución especifica que se determinará por negociación colectiva. El empresario debe garantizar que los trabajadores/as nocturnos dispongan de una evaluación gratuita de salud antes de desempeñar un trabajo nocturno. Los trabajadores menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos.

LAS VACACIONES

La duración mínima de las vacaciones anuales es de 30 días naturales, incluidos días festivos o no laborables , en algunos convenios las vacaciones se fijan por días laborables, en cualquier caso su disfrute es obligatorio. El tiempo de vacaciones no puede cambiarse por salario. El tiempo de disfrute de las vacaciones no puede reducirse en el caso de que el empresario haya impuesto una sanción a la persona que debe disfrutarlas Por acuerdo entre empresario y trabajador y de conformidad con lo establecido en el convenio sobre planificación de vacaciones, se podrá dividir o fraccionar el periodo de disfrute de las vacaciones en varios periodos. Cuando no hay acuerdo con el empresario sobre el tiempo de disfrute de las vacaciones, la persona afectada podrá presentar la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social. No es necesario, en estos casos, el intento de conciliación previa ante el Servicio de Medicación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) correspondiente Cuando la fecha de vacaciones se pongan en conocimiento del trabajador y éste no este de acuerdo de deberá interponer la demanda en el plazo de veinte días hábiles desde el día de la comunicación al trabajador o trabajadora Cuando la fecha no esté determinada por el empresario y por tanto el periodo de disfrute este indeterminado, para interponer la demanda habrá que hacerlo con una antelación de al menos dos meses a la fecha en la que se pretenda disfrutar de las vacaciones. En cada empresa se fijará un calendario de vacaciones que deberá contener el periodo o periodos de disfrute de las mismas, de acuerdo con la planificación anual de las vacaciones que establezca su respectivo Convenio Colectivo, en caso de que éste las regule. El trabajador deberá conocer las fechas que le correspondan para coger las vacaciones, como mínimo, dos meses antes del comienzo de las mismas. La retribución durante las vacaciones debe ser la misma que recibe cada persona durante los mese anteriores a dichas vacaciones. Unicamente no se recibirán las cantidades correspondientes a las horas extras o dietas en el caso que se cobrara normalmente por estos conceptos.

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PRESTACIONES

A nivel de prestaciones nada es extraordinario, pero tiene incentivos superiores a la ley, además tienen una escuela gratuita hasta el nivel medio superior, becas para hijos de los trabajadores y préstamos de tres meses de salario para compra de acciones de la empresa, que cotiza en Bolsa desde febrero de 1980.

Sistema de Personal

El propósito del sistema es asegurar la

creación de un “Lugar extraordinario para

trabajar” donde nuestro personal pueda

desarrollarse integralmente. Este Criterio

se divide en tres subcriterios que nos

determina Nuestro Modelo de Gestión de

Negocio: Sistemas de Trabajo, Gestión de

Talento y Calidad de Vida.

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