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Reglamento Interno


Enviado por   •  18 de Enero de 2013  •  2.114 Palabras (9 Páginas)  •  570 Visitas

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FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA

EL SALTO JALISCO A.C.

Reglamento Interno del FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA EL SALTO JALISCO.

(Elaborado en Agosto del 2012)

Consideramos:

• Que el FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA es un fraccionamiento residencial en el que los Colonos buscan tranquilidad y calidad de vida.

• Que el crecimiento del FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA en los últimos años ha generado situaciones que afectan de manera favorable o desfavorable la convivencia cotidiana de los Colonos y sus familias.

• Que el FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA requiere de nuevos planes que den estabilidad y promuevan la sana convivencia y permitan un desarrollo con armonía.

• Que los Colonos buscan plusvalía del fraccionamiento y de sus propiedades inmobiliarias.

• Que los Colonos han expresado peticiones y sugerencias para convivir con orden, paz y seguridad.

• Que para respetar y hacer cumplir los lineamientos de este Reglamento y demás normas, se tiene formalmente constituida la Asociación de Colonos del FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA EL SALTO JALISCO A. C.

Considerando los aspectos anteriormente expuestos, se formula el presente Reglamento Interno para los Colonos del FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA PURÍSIMA.

Capítulo I

Objetivos del Reglamento Interno:

Artículo 1)

El presente reglamento interno tiene como objetivo:

“Establecer las reglas básicas para convivir con Orden, Armonía y Respeto entre todos los Colonos y sus Familias en el Fraccionamiento Residencial la Purísima,”

Artículo 2)

Se consideran Colonos del fraccionamiento Residencial la Purísima, los siguientes:

a) Aquellas personas que sean propietarias de una casa habitación en el Fraccionamiento Residencial la Purísima y estén habitándola en el momento de su afiliación.

b) Aquellas personas que no siendo propietarias, renten una casa dentro del Fraccionamiento Residencial la Purísima.

c) Personas, Empresas o Asociaciones ajenas al Fraccionamiento que se afilien a la Asociación.

d) La calidad de Colono afiliado a esta Asociación es intransferible.

Capítulo II

Derechos y Obligaciones de los Colonos

Artículo 3)

Son Derechos de los Colonos los siguientes:

a) Tomar parte en las Asambleas con voz y voto.

(Siempre y cuando esté al corriente de sus cuotas).

b) Votar y ser votados para ocupar cargos en el Consejo Directivo o para funciones específicas.

c) Presentar iniciativas relacionadas con el funcionamiento o mejoras a la Asociación y al logro de los objetivos de está.

d) Colaborar con los miembros del Consejo Directivo y Comisiones que se designen, para la buena marcha y cumplimiento de los objetivos de esta Asociación.

e) A ser Representados ante las Autoridades Municipales, Estatales o Federales o Ante Cualquier otro Organismo o Institución de Cualquier Fuero, por medio del Consejo Directivo atreves de su Representante Legal de la Asociación o a quien el designe conforme a la ley.

f) A recibir los servicios y beneficios que reciba la Asociación en nombre del Fraccionamiento.

Artículo 4)

Todo Colono tiene las siguientes Obligaciones.

a) Asistir a las Asambleas Generales y Extraordinarias.

b) Liquidar PUNTUALMENTE la cuota de $30.00 M/N pesos mensuales el dia 15 de cada mes en el domicilio del TESORERO DEL CONSEJO DIRECTIVO en el horario que designe el TESORERO del Consejo Directivo.

c) Respetar y cumplir con los reglamentos vigentes acordados por la Asociación de Colonos.

d) Apoyar y velar por el bienestar de la Asociación Así como de los miembros del Consejo Directivo.

e) El Colono que por alguna razón NO pueda cubrir la cuota mensual tendrá que solicitar un estudio socio económico a la Asociación de Colonos para eximirlo de la responsabilidad del pago de cuotas mensuales y deberá participar de los programas y proyectos de la Asociación en beneficio del Fraccionamiento.

f) Todo colono tiene la obligación de acudir a apoyar a la Asociación con los programas de limpieza así como de trabajos comunitarios, para lo cual la Asociación hará la convocatoria con quince días de anticipación.

Capítulo III

VIALIDAD

Artículo 5)

a) El límite de velocidad permitido dentro del fraccionamiento será máximo de 30 Km. /h. Y de 10 Km. /h. En la Zona Escolar.

b) Los usuarios de motos o cuatrimotos deberán respetar dichos límites y tomar las medidas básicas de seguridad como el portar casco.

c) Todos los vehículos de los Colonos Miembros de la Asociación deberán ser registrados en la Asociación para su debido padrón vehicular, lo anterior para saber cual vehículo es del fraccionamiento y cual no, dichos vehículos portaran una calcomanía de identificación por parte de la Asociación.

d) Las calcomanías vehiculares serán de dos tipos las de los Colonos propietarios y la de visitante frecuente o familiares de Colonos.

Artículo 6)

En caso de que algún vehículo exceda los límites de velocidad, podrá ser denunciado por los Colonos para identificar al

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