ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resumen Derecho Mercantil II USAC NOVENO SEMESTRE PRIMER PARCIAL


Enviado por   •  24 de Marzo de 2020  •  Resúmenes  •  3.865 Palabras (16 Páginas)  •  321 Visitas

Página 1 de 16

DERECHO MERCANTIL II

LIC. BYRON ARTURO PELEN

Leyes

Código de Comercio

Código Civil

21/01/2020

EN EL LIBRO TERCERO DEL CÓDIGO DE COMERCIO ESTÁ EL CONTENIDO DEL CURSO.

TITULOS DE CREDITO

Antecedentes por que le dan el título de crédito, dinámicas cambiantes, desplazarse a distintos lugares, existen grupos que empiezan a asaltar, y buscar un equivalente que tenga el nombre de una persona y garantizar las transacciones.

  • Trueque se llevaba productos y se recibían productos y se terminaban entregando productos.
  • Intercambio esto se llama un equivalente de precios, para tener equivalencia entre lo mismo, ejemplo el ganado vacuno, el ganado porcino, y esto transforma con fuerza de trabajo como tal, y se capacita en varios actividades productivas y sea equitativo.

Crédito pasa a hacer aquel derecho que tiene un acreedor en exigir la devolución de determinados bienes, más un valor agregado al deudor.  Surgen dos sujetos Acreedor quien dio, persona a quien le asiste el derecho de exigir, el deudor quien está obligada a reintegrar lo que se le dio, más un valor agregado. Este valor agregado se le denomina intereses. 

 

Definición Título de Crédito  art. 385 c. comercio 1. Derecho autónomo, 2. Incorpora derechos, fechas, requisitos, nombres, para quienes vayan a prestar avales, y emanan ciertas características para que se pueda establecer en el trafico mercantil,  

Naturaleza Jurídica   art. 4  y 385 c. comercio al art. 654 c. comercio

Cosas, bienes muebles

Diferencia entre un bien mueble “título de crédito” y “título valor”

Título de crédito

Titulo valor

  • Existe un acreedor y un deudor.
  • Generan un pago de interés y este interés depende de las negociaciones.
  • Los puede emitir una persona natural o una persona jurídica
  • Pasa a constituirse a derecho que tiene una persona a invertir en una sociedad. Personas que invierten en acciones, hecho representativo de participar en una sociedad.
  • El titulo valor genera dividendos.
  • Únicamente lo puede emitir una persona jurídica.  

23/01/2020

Bien todo lo susceptible de apropiación o de riqueza

REGINA VILLEGAS DEFINICION DOCTRINARIA DE BIEN

El bien es aquel que es susceptible de apropiación por que le es de utilidad al hombre, por lo que tendrá efectos jurídicos para su posesión  o reclamación.

Bienes naturales

Bienes de proceso de industrialización  que pasan a ser objetos de apropiación con efecto jurídico.

Bienes corporales o Bienes tangibles materia susceptible de trasladarse de un lugar a otro

Bienes incorporales o Bienes intangibles  bienes que de igual manera pasa a ser susceptible a los sentidos de las personas (ejemplo mc donals, nombres comerciales inscritos en el registro de la propiedad intelectual).

Franquicia derecho de explotación de marca, slogan, estrategia comercial para poder explotar negocios de diversa índole en cualquier lugar.

Títulos de crédito Artículos

385 al 654 títulos de crédito

655 al 667 empresas mercantiles

668 patentes de inversión

Art. 385 títulos de crédito

Art. 389 exhibición del título de crédito: el poder ejercer los derechos que este consigne

Art. 390 efectos de la trasmisión

Art. 391 reivindicación o gravamen.

Art. 401 constancia de aval

Art. 421 requisitos del endoso

Art. 456 forma de aceptación

Art. 480 requisitos

Art. 511 protesto

CARACTERISTICAS DE LOS TITULOS DE CREDITO

Basarse en esta tabla

CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO

1. Literalidad

Esta característica determina que los títulos de crédito deben de responder a lo que expresamente se incluya dentro de los mismos para poder reclamar los derechos que ahí se incorporan; independientemente de lo que le haya dado origen a la obligación.

Excepciones: Art. 387 Cuando el título tiene una falencia (ausencia de requisitos) este artículo da la salida para solventarla.

Art. 388 Diferencias en lo escrito.

2. Incorporación

Esta característica regula que para que un título de crédito entre en circulación debe de incorporar literalmente derechos, debe de exhibirse el título al momento de ser pagado para efectos del cumplimiento de la obligación principal de una garantía única y/o accesoria.

(La tasa promedio activa de 3 instituciones bancarias se aplicará que el título no tenga la tasa de interés). Arts. 385, 389, 390 C. Co.

3. Legitimidad

Los títulos se pueden emitir Al Portador, A la Orden y Nominativamente. Los Títulos de Crédito para demostrar la legitimidad basta con que se exhiba el título y con ello se demuestra la propiedad del crédito.

Los A la Orden y Nominativos llevan nombre y apellido, se transmiten mediante firma de endoso y entrega del título. Arts. 415, 430, 389.

4. Autonomía

Implica que una vez entre en circulación el título adquiere una característica independiente del creador del título. Excepción: Las cédulas hipotecarias y bonos bancarios garantizados con hipoteca. Art. 583 C. Co.

Debentures: Títulos que solo las sociedades pueden emitir. Generan la venta de títulos. Leer Arts. 385, 393, 394, 619

5. Formulismo

Los requisitos que tiene que llenar aspectos particulares y generales del título Arts. 385, 386 C. Co. (Ejem. Un pagaré)

6. Circulación

Implica que el título puede circular de varias formas. Art. 412 CCo.

7. Abstracción

El documento se puede continuar en otra hoja simple si ya no hay espacio para efectuar el endoso. Art. 401 C. Co.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (24.6 Kb)   pdf (144.1 Kb)   docx (25.2 Kb)  
Leer 15 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com