Derecho mercantil primer parcial ucat
norelisduarteExamen5 de Mayo de 2023
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DERECHO MERCANTIL I PARCIAL
TEMA 1
HISTORIA DEL DERECHO MERCANTIL
¿Qué es el derecho Mercantil?
El derecho mercantil es una ciencia social que no solamente opera desde el punto de vista de la relación jurídica sino que es una de las pocas ramas que tiene el derecho privado. Lo que prevalece en el derecho mercantil es la jurisdicción voluntaria, es decir, el principio de la voluntad de las partes porque no es una ciencia que nos impone el Estado.
En las ramas derecho público las reglas las establece el Estado. En mercantil opera e impera al principio de la voluntad de las partes, Es la decisión de un sujeto ya sea natural o jurídico quien decide tener ese tipo de relación. Ejemplo: El Estado en materia tributaria te obliga a ser contribuyente y responsable, no es un asunto opcional. En el derecho mercantil si lo es, en este simplemente son las partes las que asumen de pleno derecho la voluntad ya sea a través de un ¹contrato o a través de la manera que el ciudadano necesite comprar bienes o servicios, no es obligatorio.
Hace mucho tiempo las personas necesitaban sobrevivir y unas de las maneras de supervivencia que había era intercambiar lo que yo producía por lo que producía otra persona y eso se denominaba trueque, pero como el derecho ha evolucionado nació el derecho mercantil para regular estas situaciones.
Concepto legal
Art 1 del código de comercio: El código de comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.
Este artículo me identifica para que esta el código de comercio y me establece que hay actos entre comerciantes e incluso unos que no lo son pero que comercian. Y hay unos actos de comercio que tienen primacía para el derecho mercantil. El código regula la actividad comercial pero la actividad comercial se hace desde dos parámetros, es decir, dos visiones técnicas, una visión o tendencia objetiva (responde al acto que se produce esencialmente en el comercio: la venta y la compra de bienes y servicios) y una subjetiva ( los sujetos involucrados en la relación jurídica, referencia a los comerciantes).
En conclusión, Es una ciencia social que regula la relación jurídica de los comerciantes, pero esa relación jurídica va mucho más allá. Puede ser entren una persona natural y un comerciante.
¿Qué identifica al comerciante?
- El ánimo de lucro (el cual es la especulación de la ganancia que tienen la relación jurídica)
- La habitualidad con la que desempeña la actividad (la frecuencia con la que el comerciante hace uso de esa actividad como la actividad principal de sus ingresos).
Hay otras condiciones:
- Que este protocolizado en el registro mercantil.
- Que sea un contribuyente o responsable en materia tributaria.
- Que este notificado al consejo municipal para efectos de operar como comerciante.
Tipos de comerciantes:
- Regular: El que formaliza con el Estado su ánimo de ser comerciante y cumple con los requisitos correspondientes.
- Irregular: No está regulado frente a el Estado, pero el acto que realiza no deja de ser comercial.
Posición Doctrinaria del derecho Mercantil OJO
- El derecho mercantil regula las actividades en las que las mercancías, bienes o servicios pasan del productor al consumidor, llamadas también operaciones de cambio.<- Productor a consumidor.
- Son actividades que cooperan directamente en la realización del cambio (Préstamo mercantil, seguro, trasporte, etc), el cambio es el servicio. <- Materia de servicios.
- Son actividades que cooperan indirectamente en la realización del cambio, es decir, no necesariamente mercantiles (Arrendamiento de inmuebles, compra y venta de locales comerciales construcciones, reparaciones y mantenimiento). <-Situación Civil. Pero tendrá función mercantil.
No es solamente la actividad comercial objetiva y subjetiva de los actos, no es solamente la actividad del comerciante si es regular o no lo es, sino que es de productor al consumidor. No es solamente la situación de vender cosas fungibles sino servicios.
¿Qué es el mercado?
El marcado es toda organización social donde se desarrolla el comercio que través de la mediación y del intercambio de bienes y servicios. El marcado NO es un asunto de espacio, es un asunto de convivencia mercantil, de relaciones comerciales. Hay mercados intangibles Ejemplo: El marcado electrónico, es un mercado que no tiene límites, puede llegar a cualquier parte del mundo y a cualquier hora.
No existen mercados físicos, existen mercados ciertos y determinables pero que no necesitan un espacio físico. El marcado es el sitio donde convergen compradores y vendedores.
Comercio
Es la actividad de las personas naturales y jurídicas que tiene por objeto la mediación de bienes y servicios, por lo tanto intervienen personas naturales y jurídicas del sector público u del sector privado.
Cuando habla de personas jurídicas del sector público de refiere al Estado pero con la condición de que el Estado donde sea comerciante debe poseer la mitad más uno de las acciones, y que las actividades comerciales del Estado no las va a regular el derecho administrativo, las va a regular el derecho mercantil.
Historia del Derecho Mercantil
Edad primitiva
Hasta el sigo IV A.C.
- Apareció el trueque, básicamente con alimentos y productos
- Aparecieron las primeras caravanas de mercaderes, sobretodo en Asía, África del norte y Europa.
Edad Antigua
Siglo III a.C hasta el siglo VI d.C. Fue dominada bajo cuatro ciudades:
Babilonia: En esta época los aportes serán los siguientes:
- Se cree que apareció el primer código de comercio llamado “Hammurabi" que contenía normas mercantiles en materia de contratos y obligaciones (Préstamo, depósito, venta, arrendamiento, transporte naval y entrega de dinero, eran parte de las instituciones que contenía el código de Hammurabi), este código apareció en 1902, tenía 282 leyes, es decir, 282 capítulos, así fueron divididos.
Grecia como cuidad: “Las islas Rodhas" Llamada así por su emperador Antonio Rodhas el cual aportó:
- La figura de la Echazón, hoy en día Art 760 Código de comercio: Si el capitán, para salvar la nave en caso de tempestad o persecución de enemigo, se creyere obligado a arrojar algunos efectos de cargamento, a romper parte de la nave para facilitar la echazón, o cortar mástiles o a abandonar las áncoras, deliberará previamente, tomando el parecer de los principales individuos de la tripulación y de los interesados en la carga que estén presentes. Si hubiere diversidad de dictámenes, se seguirá el de capitán y de los principales debla tripulación.
Es una figura que fue inventada 18 siglos atrás y que tenemos contemplada en el código de comercio, se daba al momento de salvar la embarcación al momento de atracos contra la mercancía ya que no había seguridad en el mar.
Rodhas la creo con una sola finalidad, que la embarcación al aligerarse la carga iba a tener más facilidad de protegerse, movilizarse y desplazarse, pero el fondo del asunto no era echar la mercancía al mar, eran que el capitán no se comprometía a pagar esa mercancía siempre y cuando fuera amenazada por piratería o por producto de una tormenta natural.
Grecia como nación: Grecia es conocida históricamente por sus filosofía, sus pensadores entre estos, Platón y Aristóteles establecieron que las riquezas estaban al servicio de los altos valores ya que su objetivo era hacer la vida posible. No miraron en el comercio la base del desarrollo de Grecia, pero sin embargo hicieron aportes en la redacción de contratos privados y de algunas normas que regulaban la navegación comercial que tal punto que Grecia fue considerado el mercado más importante en el sigo V d.C.
- La segunda figura que crearon los griegos fue el préstamo a la gruesa, que lo establece el código de comercio en el art 785: En el contrato a la Gruesa, uno de los contratantes presta a los otros una cantidad de dinero u otra cosa apreciable en dinero sobre objetos expuestos a riesgo marítimo, a condición de que si perecen o se deterioran por accidente de mar, el que ha dado el capital no puede cobrarlo sino hasta concurrencia de lo que los objetos valgan; pero si se llegan felizmente a su destino, el que ha tomado la suma será obligado a pagarla con una prima o utilidad convenida. Ejemplo: Una persona aportaba un dinero y otra persona transportaba y si la mercancía llegaba al puerto a feliz termino se cobraba una prima de unificación en dinero; si la mercancía se perdía por alguna situación como la echazón, no había prima.
- Crearon bancos, crearon bolsas de comercialización y crearon las primeras sociedades de comercio conocidas en el mundo.
- Una jurisdicción comercial con jueces mercantiles.
Roma: Se crearon varias instituciones comerciales, sobretodo en el comercio marítimo:
- Actio Exexctoria: Consistía en las obligaciones del capitán der barco en contra del armador (el fabricante del barco), obligaciones estrictamente mercantiles cuando el barco hacia esa función.
- Actio Institoria: Iba en contra del dueño de la mercancía por las obligaciones del gestor, es decir, quien alquilaba el barco, quien buscaba el barco y quien era el dueño de la mercancía. El dueño de la mercancía a través de esta Actio debía pagarle al gestor los compromisos que hubiere para el traslado de la mercancía.
- Actio Recepticia: se aplicaba en contra del capitán de la embarcación y era el pago por indemnización de daños y perjuicios causados al equipaje.
- Actio Tributaria: Se intentaba frente al beneficiario de la negociación en cuanto al monto de la carga.
- Receptum Argentorium: Era una especie de seguro que tenían los romanos para pagarle a los terceros beneficiados en caso de una avería de las mercancías (Hoy en día una póliza de seguros normal).
Todas estas instituciones están recogidas en el capitulo II del código de comercio que tiene que ver con el trasporte marítimo pero del Art 17 hasta el 21 algunas cosas han sido derogadas y corresponden a una ley especial de comercio marítimo que existe en Venezuela.
Edad Medía
Se desarrolló desde el sigo VI hasta finales del sigo XV. Desde el punto de vista mercantil los hechos más importantes fueron:
- Nacieron los gremios de comerciantes, llamados también corporaciones, estos gremios recopilaban los estatutos que regían las llamadas Ferias, es decir, el derecho de ferias.
Esas ferias independientemente tenían unas normas hablando desde el punto de vista reglamentario (porque solo aplicaban para esa feria, no tenían aplicación para otras) y los de la edad media recopilaron los estatutos de la feria que existan en Italia, en Francia, Alemania y España y lograron modificar para que se unificara desde el punto de vista normativo una actividad que le era natural a todos los comerciantes “la feria".
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