ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sentencia


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  1.819 Palabras (8 Páginas)  •  245 Visitas

Página 1 de 8

SENTENCIA

Al principio de nuestro tema se señalo que todo proceso persigue alcanzar una meta, y esa meta es precisamente la SENTENCIA, que esto sería la forma de terminar un proceso.

“SENTENCIA” tiene su origen en el vocablo latino “sententia”, que significa decisión del juez o del árbitro, en su acepción forense.

En el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato en el capítulo sexto nos habla de la sentencia. En los artículos 354 al 362.

Alcalá Zamora nos define de esta manera el concepto de SENTENCIA:” Es la declaración de voluntad del Juzgador acerca del problema de fondo controvertido u objeto del proceso”

José Ovalle Favella nos dice que la SENTENCIA es: La decisión que emite

el Juzgador sobre el litigio sometido a su conocimiento y mediante el cual normalmente pone término al proceso.

Uno de los conceptos de sentencia es el que emite el Manual del Justiciable, elaborado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y es el siguiente:

SENTENCIA CONCEPTO: La Sentencia es un acto del Órgano Jurisdiccional por medio del cual, el Juzgador emite una resolución que decide sobre las cuestiones principales del proceso o las que se representen de manera incidental dentro de éste y que no ponen fin al proceso. El primer tipo de sentencia recibe el nombre de SENTENCIA DEFINITIVA, y el segundo el de SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Por medio de la sentencia definitiva, el Juez determina la legitimidad o ilegitimidad de las pretensiones de la parte actora, de manera parcial o total, o la procedencia o improcedencia parcial o total de las defensas y excepciones que interpuso la parte demandada en contra de dichas pretensiones.

La sentencia se ocupa exclusivamente de las personas, cosas, acciones y excepciones que hayan sido materia del juicio. Art.358 C.P.C.

Ovalle Favela nos dice que una sentencia definitiva sobre las que no proporciona definición alguna, pero que, en rigor, constituyen las verdaderas sentencias, en tanto que resuelven la controversia de fondo.

Aclara que las sentencias definitivas pueden ser dictadas tanto por el Juez de Primera Instancia y reciben el nombre de sentencia definitiva de primera instancia, como por el tribunal de segunda grado, se nombrarían sentencia definitiva de segunda instancia, cuando se haya interpuesto el recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia.

Alcalá Zamora nos señala que las sentencias interlocutorias no resuelven las controversias de fondo, sino una cuestión incidental, no constituyen realmente sentencias y deberían ser consideradas meros autos.

El procesalista hispano, antiguo profesor de la Universidad de México el hoy finado Rafael de Pina, expone que la sentencia es la “resolución judicial que pone fin a un proceso o juicio en una instancia o en un recurso extraordinario, en realidad aunque la sentencia definitiva haya sido dictada no se pone fin al proceso en todos los casos pues, si hay recurso el proceso continuará hasta que se resuelva.

Se le ha concedido tanta importancia al dictado oportuno de la sentencia que, se ha elevado a la garantía de garantía constitucional la expedición en la administración de justicia. Sobre este particular, establece, en la parte relativa, el artículo 17 constitucional:

“Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los lazos y términos que fijen la leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”.

SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA

La sentencia definitiva en primera instancia, es el acto jurídico del Órgano Jurisdiccional en el que se resuelve la controversia principal y las cuestiones incidentales que se han reservado para ese momento, con apego al Derecho Vigente.

Por su origen, esta sentencia debe provenir de un tribunal de primer grado; juez de paz, menor, civil o de lo familiar.

Por su ubicación procesal, debe ser la que se dicta después de que las partes agotaron todas las actividades que legalmente están obligadas a realizar.

El carácter definitivo de la sentencia, proviene de su naturaleza jurídica misma, es decir toda sentencia es definitiva, una vez que el tribunal la dicta, pues la posibilidad de modificarla proviene normalmente de un elemento externo: su impugnabilidad.

El sujeto activo en la sentencia es el Órgano Jurisdiccional, y dentro del proceso civil el Órgano Jurisdiccional si depende del Poder Judicial ya sea del Federal o del Local.

1 Meramente declarativas

1Por la finalidad 2 Constitutivas

3 De condena

1Estimatorias

2Por el resultado 2Desestimatorias

CLASES DE SENTENCIAS

1 Interlocutorias

3Por su función

en el proceso 2 Definitivas

1Definitivas

4Por su

Impugnabilidad 2Firmes

POR SU FINALIDAD:

1. Sentencia meramente declarativa es cuando se limita a reconocer una relación o situación jurídica existente.

Ejemplo: Una sentencia absolutoria, es decir se declara la inexistencia del derecho reclamado por el demandante.

2. Sentencia Constitutiva es cuando se constituye o modifica una situación o relación jurídica.

Ejemplo: Estas sentencias son las que decretan un divorcio, rescinden un contrato determinado, declaran disuelta la sociedad conyugal, etc.

3. Sentencia de condena es una sentencia que ordena una determinada conducta a alguna de las partes; un dar, un hacer o un no hacer.

Ejemplo: Es una de las sentencias más frecuentes, es cuando condena el pago de una cantidad de dinero determinada; la sentencia que conmina al demandado a entregar un bien reivindicando a su propietario; la sentencia que ordena al demandado la desocupación de un local arrendado, etc.

Es posible que en esta clasificación de sentencias no excluya la posibilidad de que en una sentencia concreta pueda ser considerada dentro de más de una clase; por ejemplo, en una sentencia que se decretaré la rescisión de un contrato de compraventa y ordenara la devolución del precio pagado y de las cosas vendidas sería al mismo tiempo, constitutiva por extinguir una relación jurídica, de condena por imponer prestaciones a las partes,

Pero sería también declarativa al reconocer implícitamente la existencia y validez del contrato de compraventa.

POR SU RESULTADO:

En estas sentencias es el resultado que la parte actora obtenga con la sentencia, se clasifica en estimatoria, en el caso de que el Juzgador declare fundada la pretensión de dicha parte, y desestimatoria, en el caso contrario.

POR SU FUNCIÓN EN EL PROCESO:

Por su función en proceso, las sentencias suelen ser clasificadas en interlocutorias y definitivas.

Las Interlocutorias son las que resuelven un incidente planteado en el juicio.

Las Definitivas son las que deciden sobre el conflicto de fondo sometido a proceso y ponen término a éste.

POR SU IMPUGNABILIDAD:

La distinción entre sentencia definitiva y sentencia firme, es si son o no son susceptibles de impugnación.

La sentencia Definitiva es aquella que si bien ha sido dictada para resolver el conflicto sometido a proceso, todavía es susceptible de ser impugnada a través de algún recurso o proceso impugnativo, y este puede concluir con la confirmación, modificación, revocación o anulación de dicha sentencia definitiva.

La Sentencia Firme es aquella que ya no puede ser impugnada por ningún medio, es decir contra la que ya se hayan agotado todos los recursos y medios de impugnación, es la que posee la autoridad de cosa juzgada.

CONCLUSIÓN

La anterior recopilación nos permitió comprender el tema “Sentencia y Presunciones”, sus definiciones, clasificaciones y su aplicación conforme al Código Civil para el Estado de Guanajuato con otras legislaciones.

BIBLIOGRAFÍA CITADA

• Derecho Procesal Civil. José Ovalle Favela. Editorial Oxford. Décima edición.

• Manual del Justiciable Materia Civil, Suprema Corte de Justicia de la Nación.

• Derecho Procesal Civil. Carlos Arellano García. Editorial Porrúa. Octava edición.

• Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato vigente al 17 de mayo del 2013.

• El Proceso Civil en México. Lic. José Becerra Bautista, profesor de Derecho Procesal de la escuela Libre de Derecho. Décima edición puesta al día.

...

Descargar como  txt (8.9 Kb)  
Leer 7 páginas más »
txt