Sentencia
a3n8927 de Abril de 2015
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Se procede a dictar la resolución correspondiente.
Vistos, para resolver los autos del juicio de amparo indirecto número_____, promovido por _______, contra actos del Juez_______________, por violación a los artículos 14 y 16 Constitucionales.
RESULTANDO:
PRIMERO. Según demanda presentada en la Oficina de Correspondencia Común adscrita a los Juzgados de Distrito del Noveno Circuito, el __________del dos mil once, la cual por razón de turno correspondió conocer a este Juzgado de Distrito, ADRIÁN BRACAMONTE RODRIGUEZ solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de:
AUTORIDADES RESPONSABLES:
1. Juez Primero del Ramo Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, con el carácter de ORDENADORA.
2. Director de la Central de Actuarios del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, con el carácter de EJECUTORA.
3. Subdirector de la Central de Actuarios del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, con el carácter de ORDENADORA Y EJECUTORA.
4. Actuario adscrito a la Central de Actuarios del Poder Judicial del Estado, con el carácter de EJECUTORA.
ACTOS RECLAMADOS:
A).- DE LA ORDENADORA (S):
1).-Reclamó todos los autos, decretos y resoluciones, así como la sentencia o sentencias definitivas dictadas dentro del expediente relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil bajo el número 89/11 del índice de dicho juzgado, y a la orden por ________________en contra de _____________________, contenido en ejecutar dichos actos procesales para materializarse sobre un mueble del que el suscrito es poseedor y propietario que es un automóvil marca CHEVROLET modelo 2005, CUATRO puertas con número de serie ______________, color NEGRO, placas de circulación número VSP-1289, expedidas el 14 DE ENERO 2000 por la Dirección General de Tránsito del Estado de SAN LUIS POTOSI, desposeyéndosele de dicho bien mueble, incluyendo el embargo del mismo, realizándose dicho embargo el día 26 de agosto del año 2011.
2.- La tacita convalidación de los actos realizados dentro del precitado juicio por el actuario adscrito a la Central de Actuarios del Poder Judicial del Estado.
3.-Todas las consecuencias jurídicas derivadas de los mencionados actos.
B).- DE LA EJECUTORA (S):
1.-Reclamó la práctica de todos los autos diligenciados por parte de las autoridades ordenadoras y en especial la desposesión que se hizo en su perjuicio del mueble mencionado, con fecha veintiséis de agosto del año dos mil once, aparentemente por efecto de un embargo indebidamente trabado sobre dicho bien mueble y que se deriva de un Juicio Ejecutivo Mercantil 89/2011.
2.-Todas las consecuencias jurídicas derivadas de la diligencia mencionada.
SEGUNDO. Por auto de fecha________, se admitió la demanda; se ordenó el emplazamiento de los terceros perjudicados, así como los oficios correspondientes a las Autoridades Responsables para que rindieran los informes justificados respectivos; se notificó al Agente del Ministerio Público Federal; se citó a las partes a la Audiencia Constitucional para el día ___________del dos mil once.
TERCERO. El____________, se difirió la audiencia constitucional señalada para el día _________y se fijó nueva fecha y hora para su celebración, la cual se llevó acabo el día_______del dos mil once.
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Este Juzgado de Distrito en el estado de san Luis Potosí, con residencia en esta Ciudad, es legalmente competente para conocer y resolver el presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 103, fracción primera y 107, fracción séptima, de la Constitución general de la republica, 48 y 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 36 y 114, fracción cuarta, de la Ley de Amparo.
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