Servicio De Comedor
dangambet22 de Septiembre de 2014
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COMEDOR P30° y SERVICIO DELIVERY A PISOS
1. Alcance del Servicio.
El servicio se brinda en las instalaciones y pisos ubicado dentro del edificio
2. Tipo de Servicio
El servicio a cargo del CONCESIONARIO comprende las siguientes prestaciones:
I. Servicio de Comedor.
II. Servicio de cafetería general.
La actividad del CONCESIONARIO es exclusiva para el personal y/o sus invitados.
3. Planta de elaboración y abastecimiento a edificios
La elaboración del Servicio es mediante la modalidad Cook & Chill y se realiza por el CONCESIONARIO en la planta de elaboración ubicada fuera del Edificio. La distribución, de los productos elaborados, son transportados diariamente desde la planta, a los Edificios, mediante contenedores isotérmicos, separando las comidas calientes de las frías y con un vehículo refrigerado que cumple con todas las condiciones de Seguridad e Higiene Industrial y asegurando la entrega en tiempo y forma.
Personal propio del CONCESIONARIO baja a recibir los contenedores isotérmicos conteniendo el catering cuando llegue el transporte.
4. El CONCESIONARIO mantendrá en perfecto estado y en condiciones de aseo y orden todas las instalaciones, equipos y las heladeras que utilice para la prestación del servicio.
Los depósitos deberán estar secos, limpios y ventilados, protegido de animales, e insectos. El CONCESIONARIO deberá colocar los productos alimenticios y las materias primas de acuerdo con su naturaleza, sobre tarimas de metal separadas del suelo, dentro de cajones plásticos, mantenidos en buenas condiciones de higiene y conservación. Queda prohibido depositarlas a nivel del suelo.
La limpieza de las instalaciones y equipos deberá realizarse con productos aprobados por quién ésta designe, y el CONCESIONARIO deberá presentar un listado de los productos de limpieza a utilizar. La higiene del Comedor, estará a cargo del CONCESIONARIO, será diaria, debiendo mantenerse en impecables condiciones: azulejos, campanas, vidrios, vajilla y todos los elementos de uso. Está terminantemente prohibido fumar en las instalaciones. La vajilla utilizada no debe permanecer sucia en las zonas de distribución o estantes más del tiempo imprescindible para su higiene.
El CONCESIONARIO limpiará semanalmente los hornos con productos apropiados para ello. Asimismo descongelará semanalmente las heladeras realizando a diario la limpieza de las mismas externa e internamente. Se tendrá especial cuidado en almacenar productos de limpieza, desinfectantes, etc., debiendo los mismos estar perfectamente identificados y en lugares distintos a los destinados a alimentos. Los utensilios se guardarán en armarios y dependencias en perfectas condiciones de higiene y uso. El CONCESIONARIO deberá utilizar preferentemente utensilios de materiales no oxidables y de fácil limpieza;
El CONCESIONARIO a su cargo realizará mensualmente el control de plagas, desinsectación / fumigación, debiéndose despejar totalmente las distintas áreas de la cocina, locales y depósitos donde preste el servicio, quedando únicamente las instalaciones fijas.
Los recipientes de residuos a proveer por el CONCESIONARIO deberán ser de material fácilmente lavable y con tapas, las que se retirarán solamente para colocar o volcar desperdicios. Estarán en perfectas condiciones de uso (sin rajaduras, agujeros, etc.).
Se vaciarán con la frecuencia necesaria en cada turno de trabajo, acopiando debidamente los desperdicios en el recinto previsto para ello, con el posterior retiro y limpieza del lugar, una vez terminada la jornada del día. Los recipientes de residuos deberán ser prolijamente lavados diariamente y siempre fuera del momento de elaboración de comidas, es decir al final de la jornada y se desinfectarán con hipoclorito o amonio cuaternario. Para la limpieza de los elementos de cocina se usará detergente biodegradable exclusivamente.
5. Horarios del servicio
El servicio se prestará los días hábiles, de Lunes a Viernes y dentro de los siguientes rangos horarios:
Horario Servicio
08:00 – 11:30 Cafetería
11:30 – 12:30 Cerrado (limpieza)
12:30 – 15:30 Almuerzo
15:30 – 16:30 Cerrado (limpieza)
16:30 – 19:00 Cafetería
Pudiendo extenderse el servicio fuera de estos rangos, siempre con autorización escrita de EL CLIENTE.
6. Dotación de personal
El CONCESIONARIO asignara personal necesario, estable y capacitado para la adecuada atención del Comedor. El CONCESIONARIO garantizara con su Know how la operatividad y excelencia del servicio en la condiciones que se establezcan en el contrato y de ser necesario con el agregado de personal a su exclusivo cargo, sin afectar los valores del mismo.
Será obligación del CONCESIONARIO afectar la cantidad de personal dependiente necesario para asegurar el cumplimiento eficiente del servicio.
Permanentemente deberá estar presente en los Edificios un representante del CONCESIONARIO autorizado para actuar en su nombre, así como en casos de emergencia, encargada de la calidad del servicio prestado, con los atributos y medios necesarios para resolver todo reclamo o queja que pudiera surgir por parte de los consumidores.
Deberá ser el responsable del SERVICIO en su totalidad: calidad de alimentos, preparaciones, personal, higiene, maquinarias, ausentismo. Deberá tener los conocimientos necesarios para realizar su tarea. Deberá estar al tanto de todas las novedades surgidas en el SERVICIO, para esto deberá existir un libro donde se vuelquen las novedades, este libro deberá estar a disposición de EL CLIENTE.
Esta persona deberá responder ante cualquier inquietud o sugerencia, tener la capacidad y poder de decisión correspondiente ante cualquiera de los puntos enunciados, u otros que pudieran surgir durante la prestación del servicio.
El personal del CONCESIONARIO afectado al servicio, ya sea en la elaboración, limpieza o servicio, cuyo número será siempre el necesario para una atención satisfactoria, deberá poseer libreta sanitaria vigente de acuerdo a normativa del GCBA y la constancia de aprobación del curso de Manipulación Higiénica de los Alimentos (Capítulo II - artículo 21 del CAA). El CONCESIONARIO se compromete a que dicha documentación estará disponible en el lugar de trabajo, debiendo además asegurarse que el personal esté uniformado y en correctas condiciones de higiene y presentación.
El personal encargado de la elaboración, limpieza y servicio deberá contar con el uniforme que permita su fácil identificación y calzado adecuado a su labor, en perfecto estado de limpieza, uso y conservación, de modo de garantizar una presentación impecable, corriendo por cuenta del CONCESIONARIO la provisión de 2 uniformes completos por empleado por año.
La provisión de la ropa de trabajo estará a cargo del CONCESIONARIO, debiendo realizar los cambios que correspondan por desgaste, rotura u otro motivo, independientemente de lo fijado por el Convenio.
7. Menúes
El CONCESIONARIO deberá publicar los menús de sus productos en forma semanal, en los lugares que se le autoricen para tal fin, con distintas alternativas para cada día, conforme lo establecido en el presente pliego, para conocimiento por los destinatarios, sin afectar la imagen y condiciones de los lugares pertinentes, ni leyendas que no se limiten estrictamente a dichos aspectos, y afecten a la moral, buenas costumbres e imagen de las empresas cuyas oficinas se localicen en el edificio.
SERVICIO DE COMEDOR
El CONCESIONARIO presta el servicio de COMEDOR para un población potencial de1000 personas, en un área preparada y equipada para tal fin, El CONCESIONARIO aporta la cristalería y vajilla así como todo el material auxiliar necesario, en cantidad y calidad suficiente, reservándose EL CLIENTE exigir su cambio si no reúne las características adecuadas.
Su conservación será perfecta no pudiendo utilizarse piezas deterioradas (cachadas, rayadas, trizadas, etc.)
Bandejas, Porta recipientes, individuales, cubiertos, cristalería, porcelana y servilletas:
• Bandejas: el CONCESIONARIO deberá proveer a los clientes que concurran al comedor una bandeja. Dicha unidad se encuentra en un mueble diseñado para tal fin al inicio de la línea, a fin de transportar el menú seleccionado. Las mismas deberán estar en perfecto estado de higiene y conservación.
La compra inicial a cargo de EL CLIENTE, tanto el mantenimiento y la reposición a cargo exclusivo del CONCESIONARIO. • Individuales: el CONCESIONARIO, siempre en concordancia con la estética del Comedor, previa aprobación de EL CLIENTE, deberá colocar individuales de papel, de color a designar, a fin de proteger las unidades transportadoras. Los mismos deberán copiar en forma idéntica el formato de las bandejas.
• Cubiertos: Cubiertos de acero inoxidable, en piezas únicas para su fácil limpieza y desinfección, quedando expresamente prohibida la utilización de cubiertos combinados con plástico o madera.
La compra y reposición estará a cargo exclusivo del concesionario.
Los juegos conformados por: tenedor mesa, cuchillo serrucho, cuchara de sopa y cuchara postre deberán estar embolsados y dispuestos en cilindros diseñados para tal fin y supervisados / aprobados por EL CLIENTE.
• Cristalería: el CONCESIONARIO deberá proveer vasos de 250 cc. para el consumo de gaseosas, agua y jugos, en tanto que para acompañar infusiones (ejemplo café) se utilizarán vasos de 125 cc. de capacidad. Los modelos a proveer deberán cumplir con las especificaciones
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