Apuntes de derecho penal escuelas
Sebastian CaicedoApuntes9 de Septiembre de 2018
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APUNTES PINEDA 2018-2
PROBLEMAS BASICOS DE LA TEORIA DEL DELITO 2
CLASE # 1 060818
Cuestionamientos:
¿Por qué es importante una teoría del delito?
¿Cuál ha sido el esfuerzo en la ciencia penal para elaborarla?
¿Hasta dónde hemos llegado?
¿Cuáles han sido los cambios?
¿Cuál es el futuro?
¿Que caracteriza el futuro de la forma?
¿Porque es importante en relación con otra y que incidencia tiene en la interpretación del delito y por qué?
¿Por qué el error se resuelve de una manera y no de otra?
¿Por qué el resultado de cara al bien juco es importante y por qué otros modelos no?
Nuevas tendencias del derecho penal
Responsabilidad de las personas jurídicas
Surgimiento de un nuevo concepto de delito de la sociedad de riesgo, que problemas puede tener
TEMAS:
Pensamiento italiano clásico
Positivismo
Pensamiento alemán
Clásico, neoclásico
Finalismo
Funcionalismo Roxin
Funcionalismo radical
Principalismo
El derecho penal de la Sociedad de riesgo
Instituciones:
Tentativa
Omisión
Error
Culpabilidad
¿Es indispensable una teoría del delito?[pic 1]
Concepto de seguridad vs libertad es la tensión permanente del derecho penal
Eficiencia vs libertad
Libertad y las garantías por encima de seguridad jurídica
Esa seguridad jurídica debe ir por unas líneas
Que uno no quede a la experiencia del juez, sino que el juez se debe mover por unas reglas
Que a mí me resuelvan esto como se lo resuelven a todo mundo
Ej. hombre intenta matar a su esposa pero ya está muerta → tentativa imposible.
Ej. Hombre se acuesta con una mujer que tiene 15 años → error de tipo vencible, ¿es culposo? No, porque el delito culposo es un sistema de números cerrados.
Ese es el propósito darle a la discusión unas líneas de seguridad en la resolución que sean claves, va haber casos de discusión pero para eso está la doctrina, la jurisprudencia para guiarse por una línea interpretativa
Los anglosajones tienen una teoría del delito muy distinta,
La teoría del delito es un continente de postulados, el código tiene unas lineas de ese continente, crean un perfil ideológico, que es muy importante porque obliga tanto al juez como al interprete.
Ej. Error de prohibición invencible → en el código actual lleva a una disminución d culpabilidad que le rebaja la pena pero es una conducta dolosa
Ej. Yo creo que no hay ley penal y por tanto mi conducta está autorizada pero en términos de actualizar el término de la norma prohibitiva conocimiento de la norma o conocimiento del hecho típico, el conocimiento de la norma estamos obligados a conocerlo.
Se trata de un imperativo normativo que indica las reglas para conducir la vida, en el ejemplo del error debe demostrar que está en imposibilidad de actualizar su conocimiento.
El perfil ideológico es definido por el legislador el art 32 #10 ese error se resuelve así, ellos imponen el perfil ideológico, Sirve para darle a la norma el determinado perfil ideológico pero el código no tiene una corriente especifica está compuesta de todo un poco.
Finalismo → el tipo objetivo- subjetivo
Neoclásico → fundamento del injusto es la Lesión al bien jurídico tutelado
Neoclásico → Tentativa está ligada a la puesta en peligro del bien jco.
Funcionalismo → Art.56 (marginalidad, pobreza extrema) (roxin) si en verdad ¿es necesario fundar el juicio de responsabilidad en el libre albedrio de forma absoluta? La respuesta es NO (el hombre es él y sus circunstancias) tengo que considerar quien es la persona, que la norma ejerza sobre el un tipo de fuerza. Porque es pobre, ignorante o porque es marginal.
Excluir la responsabilidad porque no puede conducirse conforme a derecho. No se le puede exigir otra conducta. Hay dos opciones: 1- Excluye la culpabilidad. 2- Reduce el juicio de culpabilidad
Juicio de culpabilidad: imputabilidad, conocimiento de la antijuricidad, exigibilidad de la conducta o juicio de reproche
Sancinetti (positivista)→ la tentativa, solo lo controla la voluntad no tiene relación con el resultado porque el hombre no lo controla
Ej: la bola de nieve
No podemos pensar así porque el código traza el perfil ideológico
Y sigue evolucionando
Ej:
La responsabilidad penal de las personas jurídicas en este momento el encargado es el derecho administrativo sancionatorio por medio de las superintendencias.
De la criminalidad organizada, (DERECHO PENAL DE TRES VELOCIDADES)
Vamos a ver las próximas clases:
Pensamiento clásico italiana (carrara) t. del delito
Positivismo
Pensamiento alemán
T. del delito
Teoría del delito - Muñoz conde
CLASE MIERCOLES 080818 #2
El derecho penal pone en juego la libertad, y la teoría del delito otorga seguridad jurídica y que los jueces todos dentro del territorio nacional resuelvan igual. Esta teoría del delito está influida de muchos matices (teorías clásicas, neoclásicas, funcionalista…) la teoría del delito sirve para definir el perfil ideológico en la legislación el código tiene un poquito de todas las teorías (el código del 80 era neoclásico)
La teoría del delito tiene 2 propósitos: 1) guiarse con los textos (Sancinetti tentativa no sirve), 2) el juez debe seguir el perfil ideológico impuesto por el legislador.
Como se construye la teoría del delito? Es un proceso de tiempo, similar a la ciencia que se mueve por diversos conceptos evolutivos se trata de construir un sistema lógico que nos lleve a una respuesta
Hay método inductivo (el pensamiento positivista tiene método inductivo a partir de la observación) y método deductivo (este, implica un esfuerzo de construcción a través de la lógica racional)
El delito no siempre ha tenido el mismo cuerpo (TAC) siempre ha habido un conflicto, el derecho penal ha estado ligado a la historia de la humanidad (cain y Abel)
La razón de ser del delito es la antijuricidad, esa siempre ha existido.
-ESCUELA CLASICA ITALIANA: Francesco carrara, el identifica que el delito tiene mundos muy importantes entrelazados el mundo de lo SUBJETIVO Y LO OBJETIVO. Eso le otorga estructura.
Para el → El delito es un ente jurídico que está constituido a partir de la infracción al deber del estado, una ficción, un esquema
Hay dos tipos de imputación una imputación civil y una imputación legal
Imputación civil
1-Tiene un componente subjetivo
Tiene un componente moral, inherente al ser humano
2-juicio de reproche → hoy en día es culpabilidad
3- componente objetivo que implique una dañosidad
4- que haya una regulación de la conducta
Imputación legal
La realiza el juez,
El delito se comporta de dos fuerzas importantes la fuerza moral y la fuerza material (hoy en día es la misma TAC)
Lo subjetivo supone inteligencia y voluntad (conciencia y voluntad)
El delito es una actitud consciente y voluntaria
Creo un método deductivo,
Elementos, instituciones
VICIOS:[pic 2]
Edad
Sexo hoy en día es inimputabilidad
Sordomudez
Locura
Error
Ignorancia
A partir del concepto subjetivo (inteligencia y voluntad) desarrolla que la inteligencia no tenga vicios
Carrara con el error excluía el delito o rebajaba la pena o reducía el juicio de reproche (igual que nosotros)
Externa → lo que el hombre produce, (hoy en día hay delitos de mera conducta) la acción y la consecuencia (el daño)
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