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EL DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN


Enviado por   •  10 de Febrero de 2013  •  2.276 Palabras (10 Páginas)  •  2.034 Visitas

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“EL DERECHO A LA IGUALDAD Y NO A LA DISCRIMINACIÓN”

I. INTRODUCCIÓN:

En la actualidad el ser humano es protagonista de muchas injusticias alrededor del mundo que atentan contra su dignidad e imposibilitan su desarrollo dentro de un medio en el que la igualdad es un derecho que le corresponde a todos sin distinción. Diversos esquemas que crea la sociedad originan que a cierto grupo de personas se las separe e incluso se les prive de diferentes oportunidades, debido al problema de la discriminación.

Es urgente que las personas tomen en cuenta que el progreso de un colectivo no radica solo en la acumulación de información y saturación de trabajo, sino de la interacción y la importancia del rol que cada uno desempeña dentro de este. Por tanto, es fundamental la cooperación y el entendimiento mutuo, proponiendo el trato igualitario y fomentando el respeto dentro de toda labor. Esto nos lleva a comprender que cada uno merece un trato digno, sin discriminación alguna y asimismo esto genera la libertad de opinión y expresión, pilares para el maquineo de nuevas ideas que permitan mejorar el ambiente en el que vivimos.

El Perú es un país con muchos matices, por ello mantiene un sinfín de ideas y costumbres, debido a su rica variedad cultural. Mucha gente no entiende tal significado y por ello caen en distintas formas de discriminación que a lo único que conlleva es al atraso. No da pie a la coordinación que se requiere para lograr que el objetivo común no se lleve a cabo por culpa de conflictos superficiales.

Esta monografía presenta los conceptos de igualdad y de discriminación, sus tipos y la consecuencia que trae este problema.

II. GENERALIDADES

1. Concepto de Igualdad:

Tratarnos con el mismo grado de interés y respeto permite que se ejerza una igualdad entre personas.

Según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, Igualdad ante la ley es el principio que reconoce a todos los ciudadanos la capacidad para los mismos derechos.

Es la exigencia de un trato justo, sin discriminar a otras personas por su raza, opinión, condición económica, opción política, opción religiosa, opción sexual, u otro caso de cualquier índole. Este concepto se dirige a reconocer que la dignidad ha de ser la misma que se le atribuye a toda persona, sin distinciones y que es protegida frente a otros.

2. Concepto de Discriminación

De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, Discriminación procede del latino discrimināre, que se refiere a seleccionar excluyendo; dando un trato inferior a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc. Existe también una discriminación positiva que se caracteriza por la protección de carácter extraordinario que se da a un grupo históricamente discriminado, para lograr su plena integración social.

Se califica en el ámbito internacional, a una serie de situaciones y actos que vulneran la dignidad y otros derechos del ser humano, lo que imposibilita su acceso a oportunidades esenciales a los que otros, en su misma condición, tienen derecho.

Según la Declaración Universal de los Derechos Humanos , se especifica lo siguiente:

Artículo 1

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”

Artículo 2

1. “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”

2. “Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía”

III. SOBRE LA IGUALDAD:

La esencia de la igualdad es muy compleja y existe cierto grado de dificultad para comprender su contenido.

Igualdad es un concepto racional y además de ello, es un derecho fundamental e histórico; debido a que su contenido se formó a medida que transcurrió el tiempo.

Así nos remontamos hacia la antigua Grecia, recordando que la venta de personas como esclavos era totalmente aceptada y legal. Mencionamos también que posteriormente, en toda Europa, sólo eran considerados ciudadanos con derechos los hombres que sabían leer, escribir, ejercer un oficio importante dentro de la élite y que poseían alguna propiedad.

Otro ejemplo es cuando en Estados Unidos existía el principio de “separados pero iguales”, en donde personas de raza blanca (que poblaban la mayor cantidad de territorio de los EE.UU) no podían convivir a plenitud con personas de raza negra. Este fundamento no era más que un esquema discriminatorio hacia las personas de raza negra en dicho país.

Todos estos casos nos indican que el derecho es una materia cambiante que se adecúa a la evolución del hombre, que revoluciona su pensamiento y mejora el sentido de igualdad.

En la actualidad, este concepto se enfoca en el ámbito social en la que el Estado es el órgano que promociona las condiciones de equidad entre los individuos, con la finalidad de garantizar el buen trato a cada sujeto, mejorando las condiciones de la vida y el desarrollo integral de quienes se encuentran en una posición desfavorable.

IV. LA IGUALDAD CONSTITUCIONAL

Según la Constitución Política del Perú en el Título I, Capítulo I: Derechos Fundamentales de la Persona; Artículo 2, inciso 2 se expone que: Toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

En este inciso se consagra a la igualdad como uno de los pilares del orden constitucional, que permite la convivencia armónica en sociedad.

Instala a las personas derechos y deberes equivalentes, lo que involucra como que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a una persona o colectividad.

“Constitucionalmente

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