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ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PENAL INTERNACIONAL

caresbellaTrabajo11 de Febrero de 2020

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PENAL INTERNACIONAL

MATERIA: DERECHOS HUMANOS

PROFESOR: CORONEL NELSON DANIELS TORRES

DERECHOS JUDICIALES

                     Autoras:

                                                        Acosta Moya Isaura                   C.I.: 3.012.818

                                                        Espino sosa carmen esperanza C.I.: 15.931.616

                                      Prof. Coronel Nelson Daniels Torres

Caracas, mes de Agosto 2014

INDICE

Derecho a las Garantías Judiciales……………………………………………. 05

Aspectos Legales Internos

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela……………… 05
  • Código Orgánico Procesal Penal…………………………………...…. 06
  • Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…… 06
  • Pacto de San José de Costa Rica……………………………………… 07
  • Derecho al Debido Proceso y a un Juicio Justo………………..…….…07
  • Derecho al Juez predeterminado por la ley…………..……………….. 08
  • Derecho a un Juez Imparcial………………………………………….. 09
  • Legalidad de la Sentencia Judicial……………...….…….…………….09
  • Derecho a Asistencia Letrada…………………………………………. 09
  • Derecho a usar la propia lengua y a ser auxiliado por un intérprete….. 11

Leyes Internas Venezolanas

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela……….....……. 13
  • Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente…….…15

Aspectos Legales Internacionales.

  • Pacto de San José de Costa Rica…………………………………………16
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre………..17
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos…..………………...17

Derecho a un Recurso………….………………………………………………..18

  • Legitimación………………………………………………….………....19
  • Causales de Inadmisibilidad………………………….…………………22
  • Desistimiento…………………………….…………...…………………23
  • Reforma en perjuicio……………………….……….…………………..24
  • Rectificación………………………………….…………………………25
  • Recurso de Revocación.............................................................................25
  • Recurso de Apelación…………………………….……………………..25
  • Apelación de la Sentencia Definitiva…………...…….………………...27
  • Decisiones Recurribles…………………….……………………………36
  • Recurso de Revisión……………………………………………………42

Derecho a la Legalidad y No retroactividad……………………………………48

  • Elementos del Principio de Legalidad………………………………….49
  • Consecuencias Jurídicas del Principio Legalista……………….……….49
  • Principios Asociados al Principio de Legalidad…….………………….50

Derecho a la Indemnización por Error Judicial………………..…………….…52

Conclusión……………………………………………………………………...54

Bibliografía…………………….…………………...…………………………..56

        INTRODUCCIÓN

Los derechos y garantías judiciales, Las normas jurídicas regulan la conducta entre los hombres ya que por ellos y para ellos fueron creadas. Estas garantías judiciales cumplen con la función de proteger a los individuos contra las condenas injustas, asegurando que un individuo no sea condenado sin haber podido ejercer su derecho a un debido proceso de forma justa, asegurando la capacidad de todas las personas de replica ante una medida que le suponga grave perjuicio o ponga en entredicho su seguridad.

Es por lo que un tercero llamado juez habrá de aplicarla al caso concreto. El actuará como un mediador, es decir como un tercero imparcial, lo que permite que a las partes se les trate por igual y sin preferencia alguna, logrando a si ofrecer seguridad y certidumbre a las partes. Para que la ley sea efectiva necesita de un intermediario humano, oficialmente legitimado para poder así ejecutar y aplicar la ley.

El juez toma sus decisiones tomando un criterio de legalidad o bien un criterio de su propio arbitrio personal o combinando ambos. Siempre tendrán la libertad de dar sus sentencias pero deberán fundamentarlas e ir en base a la ley aunque para llegar a ella pueda tomar diferentes caminos, debiendo mostrar una ley que aplique justicia para ambas partes, tratando a todos por igual, sin preferencia alguna.

DERECHO A LAS GARANTIAS JUDICIALES

      Las garantías judiciales protegen a los individuos contra las condenas injustas. Su objetivo es asegurar que un individuo no sea condenado sin haber podido ejercer su derecho a un debido proceso de forma justa, asegurando la capacidad de todas las personas de replica ante una medida que le suponga grave perjuicio o ponga en entredicho su seguridad.

       Forma parte de las garantías fundamentales concedidas a los individuos por los convenios internacionales de derecho humanitario y de derechos humanos. En estas circunstancias, el derecho internacional humanitario exige que estas garantías se apliquen igualmente a las medidas disciplinarias que se puedan adoptar.

       Existe un grupo de garantías judiciales de carácter inderogable debido a su especial importancia en la protección de los derechos humanos. Estas garantías son el reconocimiento de la personalidad jurídica de los individuos, la legalidad, la no retroactividad de las infracciones penales (protección contra las leyes penales retroactivas y el principio de nullum crimen sine lege) y la prohibición de infligir una pena mayor que aquella que haya estado en vigor en el momento de producirse los hechos.

        

Aspectos Legales Internos

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

        Artículo 22.

        “La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.”

        Artículo 23.

        “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.”

Artículo 26.

        “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud  la decisión correspondiente.

        El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.”

        Artículo 257.

        “El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación,  uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.”

Código Orgánico Procesal Penal.

 Articulo 1.

        “Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, oral y público, realizado sin dilaciones indebidas, sin formalismos ni reposiciones inútiles, ante un Juez o Jueza, o tribunal imparcial, conforme a las disposiciones de este Código y con salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.”

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