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El Pacto Social En Nicaragua

deomonios23 de Septiembre de 2014

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‘’La continuidad de la autoridad de un mismo individuo frecuentemente ha sido el término de los gobiernos democráticos’’.

Vivimos en un mundo regido por sociedades desde las más primitivas hasta las más cosmopolitas, estas pueden estar constituidas en naciones, estados desde aquellos estados demócratas parlamentaristas, demócratas presidencialista hasta aquellas naciones regidas por monarquías absolutas, monarquías parlamentaristas, etc. Teniendo estos estados naciones una característica muy importante en común la sociedad, esta es la base de un estado. Mediante el contenido de este ensayo abordaremos como el hombre pasa de un estado natural a un estado de derecho mediante un pacto social, el cual no es más que ceder parte de los derechos como personas a favor de un representante en común. Será el pacto social de jean Jacob Rousseau la herramienta fundamental sobre el cual nos apoyaremos para avanzar en este ensayo comparativo entre el pacto social de Rousseau y la forma en que nuestro país Nicaragua se desarrolla el contrato social.

Las teorías a favor de la tesis del contrato social se han planteado en distintos

Contextos. En filosofía política, por ejemplo, la tesis del contrato social proporciona las bases sobre la cuales explicar la existencia de la sociedad civil y de la autoridad política. Hobbes (1588-1679), Locke (1632-1704) y Rousseau (1712-1778) son algunos de los autores que han defendido diferentes versiones del contractualismo, digamos, político. Al contractualismo también se ha recurrido para dar cuenta de la emergencia tanto del capital como del propio lenguaje ordinario. En este lugar, nos ocuparemos fundamentalmente del contractualismo político. En general, a todo contractualismo político subyace la idea de que el ser humano en algún momento de su historia transitó desde un estado natural o de naturaleza hasta un estado político, es decir, pasó de un estado de naturaleza a un estado cívico-social en el que se reconoce algún tipo de autoridad política. El contractualista considera que un contrato o consenso posibilitó dicha transición.

El hombre es bueno por naturaleza, pero actúa mal forzado por la sociedad, que le corrompe . Rousseau valora al hombre desde un punto de vista natural, culpando a la sociedad por la corrupción de la naturaleza pura y perfecta, esta afirmación no es del todo herrada pues a mi juicio es más bien el poder que conlleva el paso de natural a social lo que corrompe al hombre, no la sociedad misma, cuando se otorga poder a un hombre este tiende a degenerar en una ambición desmedida.

El contrato social de jean Jacob Rousseau es una obra que trata de reflejar como debería estructurarse una sociedad mediante un contrato socio-político, para crear un estado funcional en post del ‘’soberano’’ . Para garantizar el derecho de todos, dando a cada quien lo que en derecho corresponde. .

Rousseau no legitima ninguna forma de gobierno aunque si bien distingue 3 formas diferentes: democracia, aristocracia y monarquía y en caso excepcional seria la dictadura para salvar la soberanía. El gobierno no es más que un mandado del soberano ya que está a su cargo mientras que para Montesquieu las sociedades sin forma política definida son los pueblos salvajes (cazadores) y los pueblos bárbaros (pastores). Como forma política definida Montesquieu reconoce la república, la monarquía, y el despotismo. Montesquieu dice que el Estado es una creación del hombre NO es contractualita como Rousseau, Hobbes o Locke. Aunque sigue su línea de pensamiento...

(mientras que Locke, Hobbes y Rousseau son contractualitas porque conciben el origen del Estado en un contrato o pacto social:

Locke: Contrato: el cual reglamente el uso de nuestros derechos naturales y no nos extralimitemos en su uso. La soberanía es del pueblo ;

Hobbes: el pacto social o contrato de la siguiente manera: todos los hombres deben de renuncia a parte de sus derechos a favor de otros y los otros también lo hacen de esta manera recíproca es como se alcanza el pacto social con la conformación de un estado que protege y asegura la paz .

Rousseau: Contrato por el cual se crea nuevo orden social perfecto, ideal y sin abusos en donde hay un cuerpo político sujeto a la ley, expresión de la voluntad general.

Montesquieu decía que el pueblo debía realizar por sí todo lo que estuviera capacitado para hacer... y que lo que no pudiera, debía delegarlo en su ministro. A su vez el aporte más importante que hace es que dice que para evitar abusos de poder... hace falta otro poder de la misma entidad para controlarlo, naciendo así el dogma de la división de poderes .

En definitiva, el poder político es legitimado gracias a un pacto o consenso entre los seres humanos pertenecientes a una comunidad. Nuestras obligaciones políticas se fundamentan sobre un consenso que los gobernados alcanzan y que legitima al gobernante. Dicho consenso o contrato constituye el momento clave en la transición del estado de naturaleza al estado cívico-social.

La teoría del contrato social, se encuentra a tono con la época moderna, realza la intervención consciente de la voluntad humana en la evolución de la sociedad; y considera al individuo, con sus derechos naturales, como una unidad primaria y de decisiva importancia . El contrato social evoluciona se transforma no se estanca, podemos aplicar aquel pensamiento que dice: "Ningún hombre puede cruzar el mismo río dos veces, porque ni el hombre ni el agua serán los mismos." .Pues vivimos en un mundo cambiante en donde la sociedad es la primera que se adapta a nuevos tiempos y nuevas circunstancias.

Ya que hemos expuesto de manera general algunas teorías sobre el pacto social no enfocaremos en Rousseau y como sus teorías del pacto social se deben o deberían poner en práctica en nuestro país Nicaragua.

Para comenzar Rousseau define la familia como la piedra angular de la sociedad, siendo la familia la más mínima pero la más pura expresión de la sociedad. Estructura donde se enseñan los deberes y derechos para con la sociedad, y establece al padre como estado y los hijos como pueblo libre e igual, al cual el padre debe protección y cariño.

Nuestra sociedad ha ido perdiendo poco a poco la formación en los hogares, ciertamente la familia es la micro-sociedad y es ahí donde se debería de enseñar los deberes y derechos que tenemos para la sociedad; hoy en día el trabajo y las múltiples tareas no nos permiten tener una vida plena en familia y por ende se encarece la educación de hogar (valores, derechos, deberes), quizás este sea uno de los factores vitales para que en nuestro país se viva una ola de corrupción, delincuencia, anti-patriotismo, falta de participación ciudadana aprobación de leyes que no abonan a la unidad familiar sino más bien desintegran el vínculo del hogar tal es el caso de la ‘’ley 779’’ , entre otros muchos problemas que se podrían mejorar con una formación correcta en nuestros hogares.

El estado de Nicaragua reconoce los derechos de la familia en el capítulo IV de la constitución política, en sus Artos. 70 al 79 conceptualiza a la familia como ‘’núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de esta y del estado’’ .

Además recientemente mediante el poder legislativo representado por la asamblea nacional aprobó el código de la familia reconociendo de esta manera que es la familia la piedra angular de la sociedad. El problema es que en nuestro país el estado pretende ahora controlar hasta esta expresión más pura de la sociedad, introduciendo en el seno de la familia organismos de control políticos como lo son los gabinetes de familia. Tratando de corromper la base principal de la sociedad, introduciendo doctrinas políticas de acorde a los ideales del partido de gobierno.

El verdadero problema de nuestro país no es reconocer o no a la familia como base de la sociedad, no, el problema de nuestro país es una clase política con ideas de eternizarse en el poder, pasando por encima de la ‘’soberanía’’ .

Al respecto Rousseau dice: "…en el momento en que el gobierno usurpa la soberanía, el contrato social se rompe; y los simples ciudadanos que entran por derecho en su libertad natural tienen que obedecer no por obligación, sino por violencia..."; es entonces que cabe aclarar que la soberanía gira en torno al poder, siendo la facultad que posee cada Estado de ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población; en sí para la política, la soberanía es el ejercicio de la autoridad que reside en un pueblo y que se ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos, en Nicaragua la división política establece cuatro poderes supremos: legislativo, ejecutivo, electoral y judicial, teniendo una supuesta independencia entre poder al respecto, la constitución política establece que:

Arto 129 los poderes legislativo, ejecutivo, judicial y electoral son independientes entre sí y se coordinan armónicamente, subordinados únicamente a los intereses supremos de la nación y lo establecido en la presente constitución.

Sin embargo este artículo en especial es el más violentado ya que no existe en Nicaragua independencia. El presidente gobierna el país vía decretos, además se pasando por encima del poder legislativo modificando leyes a su antojo y nuevamente cito el caso de la ley 779 a la cual el ejecutivo modifico algunos artículos de manera directa utilizando un mecanismo violatorio dejando en claro una violación a los principios constitucionales.

El

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