ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Leyes Laborales De Honduras


Enviado por   •  31 de Julio de 2014  •  1.668 Palabras (7 Páginas)  •  945 Visitas

Página 1 de 7

En el artículo 2 quedan plasmadas las excepciones, en la cual se encuentra Las explotaciones agrícolas o ganaderas que no ocupen Permanentemente más de diez (10) trabajadores; esto se ve injusto ya que los agricultores; los cuales son los encargados de producir la mayoría de alimentos que consumimos lo hondureños quedan hasta cierto punto exentos de esta ley, y como consecuencia se les paga un salario de subsistencia, y es al contrario, son los que mejor salario deben de tener ya que pasan horas bajo el sol para que millones de hondureños nos alimentemos. Y aunque exista una ley que avale a los campesinos y agricultores, esta nunca se lleva a la realidad, ya que los patrones siempre siguen abusando de los derechos que por ley les corresponden.

Si un contrato de trabajo se cancela en razón a que el trabajador no acepta desmejorar las condiciones de trabajo inicialmente pactadas, supone una indemnización del trabajador puesto que equivale a un despido indirecto sin justa causa.

Un contrato de trabajo, como todo contrato, es un acuerdo de voluntades entre dos partes [empleador-empleado] en el cual se pactan condiciones de trabajo y remuneración entre otros aspectos, y cualquier modificación sustancial de las condiciones y remuneración pactadas, debe surgir de un acuerdo entre las partes, no de una imposición del empleador y menos cuando se acompaña de una amenaza de despido si no se aceptan las nuevas condiciones.

El empleador, con fundamento en su facultad propia de dar instrucciones y órdenes al trabajador, puede modificar unilateralmente algunas de las condiciones del contrato de trabajo, como puede ser el puesto de trabajo, el horario o inclusive la cede de prestación del servicio, pero en ningún caso puede desmejorar las condiciones salariales y de prestación del servicio de trabajador.

Si la empresa decide por ejemplo cambiarle las funciones a un trabajador y ello implica la disminución del salario, se constituye una justa causa para que el trabajador pueda dar por terminado de forma unilateral el contrato de trabajo, razón por la cual el empleador deberá proceder a indemnizarlo.

En algunas empresas es práctica común el cambiarla las reglas de juego al trabajador para luego obligarlo a renunciar, práctica que no es adecuada por cuanto el trabajador perfectamente puede iniciar una acción de reclamación en contra de su empleador.

Un contrato de trabajo es revisable sólo en las condiciones del Artículo 9 del código del trabajo, el cual contempla que:

Todo contrato de trabajo será revisable cuando quiera que sobrevengan imprevistas y graves alteraciones de la normalidad económica.

Otro artículo que me llamo la atención es el artículo 10 que declara Artículo 10

Se prohíbe tomar cualesquiera clase de represalias contra los trabajadores con

El propósito de impedirles parcial o totalmente el ejercicio de los derechos que

Les otorguen la constitución, el presente código, sus reglamentos o las demás

Leyes de trabajo o de previsión social, o con motivo de haberlos ejercido o de

Haber intentado ejercerlos. Para nadie es un secreto que, si un empleado o grupo de empleados protestan por violación de derechos, su protesta no es escuchada por ningún ente defensor de "derechos humanos" si no que es despedido inmediatamente por la empresa así que este artículo es violentado en la realidad.

Otro artículo que generalmente no se cumple en nuestro país es el Artículo 12 el cual prohíbe la discriminación por motivos de raza, religión, credos políticos y

Situación económica, en los establecimientos de asistencia social, educación,

Cultura, diversión o comercio, que funcionen para el uso o beneficio general en

Las empresas o sitios de trabajo, de propiedad particular o del estado. En el caso del sector educativo, se sabe que para poder optar a una plaza, el docente debe de ser seguidor del partido político en turno, de lo contrario, se le hará difícil encontrar una oportunidad.

el articulo 26 estipula que Si en el contrato individual de trabajo no se determina expresamente el servicio que deba prestarse, el trabajador queda obligado a desempeñar solamente el que sea compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición física, y que sea del mismo género de los que formen el objeto del negocio; se puede decir que en muchos casos algunos jefes abusan de las capacidades y tiempo de los empleados más cuando no existe un contrato escrito, los trabajadores son obligados a desempeñar labores en horarios de trabajo inadecuados, como ser las industrias textiles, que obligan a sus empleados a trabajar en la madrugada y dormir en el día, de igual forma se ha mencionado que para que las empleadas de estas empresas no vayan a hacer sus necesidades fisiológicas, las obligan a usar panpers.

El Artículo 32 estipula que Los menores de catorce (14) años y los que habiendo cumplido esa edad, sigan sometidos a la enseñanza en virtud de la legislación nacional, no podrán ser ocupados en ninguna clase de trabajo. En nuestro país miles son los niños y jóvenes que laboran en actividades no adecuadas, como por ejemplo: vender agua y fresco en las calles bajo las altas temperaturas, y no obstante, la mayoría de estos jóvenes no siguen estudiando porque sus labores se lo impiden.

Esclavitud o prácticas análogas: algunas formas de servicio doméstico.

 Explotación sexual comercial infantil.

 Utilización de niños (as) en actividades ilícitas: tráfico de drogas, robo de vehículos.

 Trabajos que dañan

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.8 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com