Reforma Tributaria
diana.zuletao31 de Octubre de 2012
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TITULO DEL PROYECTO
Reforma Tributaria
RESUMEN DEL PROYECTO
El presente es un resumen de un proyecto presentado por el Gobierno al Congreso de la República, el cual deroga el estatuto tributario vigente y propone algunas medidas de restructuración tributaria. En esencia se refiere no sólo a la sencillez para lograr la comprensión de las normas tributarias sino a la eliminación de trámites y la reducción de la normatividad que hoy cuenta con más de mil artículos pasando a 282 artículos contenidos en el proyecto, a través de cambios simples de carácter administrativo La idea de esta propuesta es que de manera permanente se pueda incrementar los recaudos para el beneficio equitativo de toda la sociedad y así mismo generar empleo Para ello, esta propuesta busca mejorar la distribución de la carga tributaria, favoreciendo a los colombianos de menores ingresos, y facilitar la inclusión de la población más vulnerable a la economía formal. También mejora la competitividad de nuestras empresas, especialmente aquellas que utilizan intensivamente la mano de obra, para que continúen creando empleo.
En Colombia persisten altos niveles de desigualdad, informalidad y desempleo que constituyen importantes barreras al desarrollo, algunas de ellas causadas, por lo menos parcialmente, por factores asociados al sistema tributario. Por ejemplo, la estructura tributaria grava proporcionalmente más a asalariados de bajos en ingresos en comparación con personas naturales de ingresos altos. Igualmente preocupantes son las crecientes tasas de informalidad del mercado laboral colombiano que reflejan los altos costos asociados a la contratación de trabajadores bajo las condiciones establecidas en la ley vigente. El ato grado de informalidad contribuye a perpetuar las condiciones de desigualdad que, contrario a lo ocurrido en otros países de América Latina, no han registrado una tendencia a la baja en los últimos años
Enfrentar estos desafíos se constituye en el eje central de la reforma tributaria que se pone a consideración del Honorable Congreso de República, y cuya exposición de motivos se presenta a continuación.
DESCRIPCION DEL PROYECTO
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Y DE LA PREGUNTA DE INVESTIGACION
Impacto socioeconómico de la reforma tributaria en las pequeñas y mediana empresas del valle del cauca
JUSTIFICACION EN TERMINOS DE NESESIDADES Y PERTENENCIA
La reforma tributaria ha ocupado un lugar preponderante en la agenda gubernamental durante las últimas décadas, constituyéndose en pieza clave de los debates acerca del estado de las finanzas públicas y la estabilidad macroeconómica del país. No obstante, las múltiples reformas adelantadas no han conseguido eliminar por completo las distorsiones del régimen tributario, que hoy por hoy se configuran en obstáculos para el incremento de la competitividad y la equidad en Colombia. Una de las falencias fundamentales del régimen tributario colombiano es la ausencia de una adecuada estructura impositiva en el nivel territorial, lo que ocasiona un detrimento de la descentralización fiscal y afecta el ejercicio de las funciones de departamentos, distritos y municipios.
En el ámbito territorial los principales inconvenientes están asociados, en lo sustantivo, a la deficiencia en la definición de los impuestos, su base gravable y hechos generadores, y en lo procedimental, a la ausencia de un régimen marco de procedimiento tributario que determine de forma clara y precisa mecanismos para la liquidación, recaudo y control de los tributos. Estas dificultades han incentivado el surgimiento de propuestas desde diferentes sectores que apuntan a mejorar el régimen tributario territorial, con el objetivo de fortalecer los ingresos propios de los municipios y departamentos y, por esta vía, ampliar su autonomía y eficiencia.
Una de las propuestas más importantes al respecto fue elaborada por la Comisión para el Fortalecimiento de los Departamentos, conformada por la Federación Nacional de Departamentos, que elaboró una serie de recomendaciones tendientes al perfeccionamiento integral del régimen tributario departamental, mediante la adecuación de
las competencias asignadas a estas entidades; la creación de un código tributario departamental que permitiera simplificar la estructura tributaria, haciendo sostenible el sistema y dándole legitimidad frente a los ciudadanos; la reforma de los impuestos a cargo de los departamentos (cuadro 1), y otras disposiciones para la administración de las regalías y la adecuación de los monopolios rentísticos. Reconociendo la necesidad de introducir estas reformas de orden territorial, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público radicó en el Congreso de la República un proyecto de ley que busca modificar algunos impuestos departamentales y municipales, con el objetivo de mejorar el recaudo de los tributos a su cargo e incrementar los recursos de las entidades territoriales. Para ello, se reforman las tarifas de los impuestos sobre vehículos automotores y consumo de licores y cigarrillo; se define la destinación de un porcentaje del impuesto de registro al Fondo Nacional de Pensiones de Entidades Territoriales (Fonpet); se precisan algunos aspectos problemáticos del impuesto de industria y comercio, y se crea la tasa de alumbrado público para los municipios.
A pesar de la importancia de estas medidas, surgen dos cuestionamientos en torno al proyecto de reforma: en primer lugar se deja de lado el tratamiento de aspectos fundamentales en materia de procedimientos para el manejo de los tributos subnacionales y de fortalecimiento de la estructura tributaria departamental y municipal. Y en segundo lugar, el proyecto se presenta en una coyuntura política y económica en la que el incremento de los recursos de departamentos y municipios podría generar adhesiones o apoyos con miras a las elecciones de 2010, lo que genera suspicacias acerca de los réditos políticos que podrían derivarse de la aprobación de esta propuesta.
MARCO TEORICO
El primer impacto del proyecto de reforma tributaria es positivo, porque corrige, en parte, algunos de los defectos del sistema, apelando a mecanismos novedosos.
Sin embargo, resulta complejo cuando se ahonda en su análisis, ya que se descubren cambios significativos que no son evidentes en las primeras lecturas.
En los asalariados, por ejemplo, a pesar de que no es expresa la eliminación de beneficios, en la práctica, a través del impuesto mínimo presuntivo (Iman), se suprime la exención general y la deducción por aportes a fondos voluntarios de pensiones.
En este modelo, la tarifa del impuesto es la misma para las rentas, entre 300 y 1.500 millones, lo cual resulta regresivo.
La misma presunción aplica a los trabajadores independientes, mediante una especificación de los gastos aceptables, según las actividades, procedimiento que es muy vulnerable a las omisiones. Por ejemplo, para los profesionales, no contempla los pagos a personas fuera de nómina ni la administración de una oficina, que son gastos básicos.
Resulta igualmente drástico que todos los gastos estén sustentados con facturas nominales, como exige la norma.
El esfuerzo por gravar las pensiones es válido, pero tímido, y favorece a las más cuantiosas. Lo mismo ocurre con la reducción del gravamen de ganancias ocasionales.
En las sociedades, no obstante la nula experiencia de tratar de crear empleo por decreto, se propone una fórmula que mezcla la reducción de la tarifa de renta con un impuesto nuevo, cuya base es diferente.
El proyecto contiene interesantes propuestas destinadas a controlar la evasión y elusión en aspectos como reorganización de sociedades, transacciones entre vinculadas, contratos de fiducia, ventas de activos poseídos en el país y paraísos fiscales.
Se incorporan a la legislación los establecimientos permanentes, presentes en todos los convenios sobre doble tributación.
No es evidente la intención de corregir la regresión del impuesto de renta, reduciendo el de los grandes capitales e incrementando el de rentas de trabajo.
En materia procedimental, se propone dotar a la Dian de instrumentos para combatir abusos.
El proyecto avanza en la nivelación de las tarifas del IVA, recomponiendo los grupos y creando un impuesto al consumo, más fácil de administrar.
También hay propuestas para reducir el volumen de las devoluciones, que disminuyen riesgos de fraudes y alivian las tareas de la Dian.
No resulta lógico, sin embargo, que servicios suntuarios, como los de bares y griles, paguen la mitad de la tarifa de los bienes suntuarios, y que en los vehículos de alta gama se reduzca la tributación.
Sin duda, en un término relativamente breve, el Gobierno ha entregado un proyecto en el que, por fortuna, se advierte de nuevo la mano de los técnicos.
En él, se incorporan medidas que se venían reclamando como urgentes, como la regulación de los paraísos fiscales, la eliminación de los contratos de estabilidad jurídica
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