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DERECHO ROMANO MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (SINDICATURA).

miglediscastilloApuntes18 de Febrero de 2016

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                                                                                    Nº de

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Introducción                                                               3

I.- Objetivo y Alcance                                                4

        I.1.-    Objetivo                                                4

        II.2.-   Alcance                                                4

II.- Base Legal                                                        5

III.- Atribuciones                                                        6

IV.-  Organigrama Estructural                                        7

        IV.1.- Organigrama General                                        7

        IV.2.- Organigrama Funcional                                8

V.-   Descripción de Objetivos y Funciones        de las

        Unidades Estructurales                                                 9

        V.1.-   Despacho del Síndico Procurador                         9

V.2.-   Departamento Legal                                        11

        V.3.-   Tenencia de Tierra                                        13

        V.4.-   Sala Técnica                                                15

        V.5.-   Sala de Fiscales                                        18

        V.6.-   Sistema Administrativo                                20

        V.7.-   Correspondencia                                        22

        V.8.-   Archivo                                                23

                                                

        

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        El presente Manual de Organización y funciones pretende cumplir con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. (GO 37.347 del 17/12/2001), como un instrumento que contribuya al funcionamiento del sistema de control interno de la Sindicatura Municipal Barinas, es de observancia general, como instrumento de información y consulta, siendo un medio que permite familiarizarse con la estructura que conforma ésta organización. Su consulta  permite identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada una de las áreas que la integran y evitar la duplicidad de funciones.

        Por lo anterior, la Sindicatura Municipal Barinas pone a disposición del personal adscrito a la misma y de las persona interesadas, el presente documento con el fin de que a través de éste se tenga una compresión clara de la base legal, atribuciones, estructura orgánica, objetivos y funciones de los órganos que la conforman.

        Cabe destacar que la dinámica de la Administración Pública Municipal, requiere innovación y mejora continua, por lo que el contenido del Manual debe revisarse y actualizarse de manera periódica, para su debida adecuación.

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I.1.-   OBJETIVO

Mejorar el desempeño de la Administración Pública Municipal, mediante la implementación de instrumentos jurídicos que desarrollen y promuevan la representación, resguardo y defensa de los intereses del Municipio.

I.1.-   ALCANCE

        A nivel institucional dar cumplimiento con las disposiciones generales contempladas en el marco jurídico vigente, en pro de generar mecanismos que promuevan la eficiencia en los procedimientos desarrollados dentro de la gestión pública.

        A nivel operativo poner a disposición lineamientos generales de las acciones desempeñadas y una guía práctica para la evaluación de las funciones desarrolladas en pro de mejorar el sistema y la prestación del servicio.

        A nivel funcional dar a conocer las múltiples actividades desarrolladas en respuesta y con el propósito de atender más eficientemente las necesidades del colectivo.

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  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.(GO 5.453 del 24/03/2000)
  • Ley Orgánica del Poder Público Municipal. (GO 38.2004 del 08/06/2005)
  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. (GO 37.347 del 17/12/2001)
  • Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo. (Decreto Nº 1.364 del 30/12/1981)
  • Ordenanzas.
  • Reglamentos.
  • Decretos.
  • Acuerdos.

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  •  Ley Orgánica del Poder Público Municipal. (GO 38.2004 del 08/06/2005)

Sección Segunda. De la Sindicatura.

Artículo 118.        En cada Municipio existirá una Sindicatura de apoyo al Poder Público Municipal a cargo de un síndico procurador o síndica municipal procuradora quién deberá ser venezolano o venezolana, mayor de edad, abogado o abogada, gozar de sus derechos civiles y políticos y no tener interés personal directo en asunto relacionado con el Municipio o Distrito.

El desempeño del cargo es a dedicación exclusiva e incompatible con el libre ejercicio de la profesión.

Artículo 121.        Corresponde al síndico Procurador o síndica procuradora:

  1. Representar y defender judicial y extrajudicialmente, los intereses del Municipio en relación con los bienes y derechos de la entidad, de acuerdo al ordenamiento jurídico e instrucciones del alcalde o alcaldesa o del Concejo Municipal, según corresponda.
  2. Representar y defender al Municipio conforme con las instrucciones impartidas por el alcalde o la alcaldesa, o el Concejo Municipal, en cuanto a los derechos relacionado con el Tesoro Municipal y conforme con lo determinado por las leyes y ordenanzas. Cumplirá las mismas funciones en los juicios contenciosos administrativos que involucren al Municipio, según corresponda.
  3. Asesorar jurídicamente al alcalde o alcaldesa y al Concejo Municipal, mediante dictamen legal e informes que respondan a sus solicitudes.
  4. Someter a la consideración del alcalde o alcaldesa proyectos de ordenanzas y reglamentos o de reforma de los mismos.
  5. Asistir, con derecho de palabra, a las sesiones del Concejo Municipal en las materias relacionadas con su competencia o aquellas a las cuales sea convocado.
  6. Denunciar los hechos ilícitos en que incurran los funcionarios o empleados en el ejercicio de sus funciones y, previa autorización del alcalde o alcaldesa, intentar las acciones jurídicas a que haya lugar.
  7. Asesorar jurídicamente y orientar a los ciudadanos y ciudadanas, organizados o no, en todos los asuntos de su competencia.
  8. Velar por el buen funcionamiento de los servicios públicos municipales
  9. s y presentar informe sobre déficit y limitaciones prestacionales de éstos, presentándoselos al alcalde o alcaldesa y al Concejo Municipal.
  10. Cumplir con los demás deberes y atribuciones que le señalen las leyes y ordenanzas.

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IV.1.- ORGANIGRAMA GENERAL

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IV.2.- ORGANIGRAMA FUNCIONAL[pic 20][pic 21]

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