ASUNTO: SE INTERPONE JUICIO DE NULIDAD.
Uziel VillarrealDocumentos de Investigación1 de Diciembre de 2016
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ACTOR: RODOLFO ESPARZA PERÉZ
ASUNTO: SE INTERPONE JUICIO DE
NULIDAD
CC. MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA QUE POR TURNO CORRESPONDA
RODOLFO ESPARZA PERÉZ por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores, el ubicado en la CALLE TENAYUCA NÚMERO 64, COLONIA LETRÁN VALLE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, C.P. 03650, EN LA CIUDAD DE MEXICO, y como mis direcciones de correo electrónico las siguientes: gvelazquez@zpabogados.com.mx, epedroza@zpabogados.com.mx, mhernandez@zpabogados.com.mx y apablo@zpabogados.com.mx, autorizando para que me representen en el juicio en que se actúa, en términos de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a los licenciados en Derecho DIEGO ERICK GONZÁLEZ PEDROZA con número de cédula profesional 3220949, JOSÉ LEOPOLDO GARIBAY GARCÍA con número de cédula profesional 09893890, MÓNICA IVONNE HERNANDEZ MENDOZA con número de cédula profesional 7176255, JORGE ALBERTO DOMINGUEZ HERNÁNDEZ con número de cédula profesional 6116388, MARIO ENRIQUE GONZÁLEZ APARICIO con número de cédula profesional 9679121, NANCY ANAIS RAMÍREZ IRIARTE con número de cédula profesional 6844306, GWENDOLID MARTÍNEZ CASTILLO con número de cédula profesional 6863965, JOSÉ DANIEL MARTÍNEZ GOMEZ con número de cédula profesional 2774889 y ANDREA YATZIN ARMENTA BENÍTEZ con número de cédula profesional 8130045, así como para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores a los CC. CARLOS GARCÍA JIMÉNEZ, MIGUEL SALGADO CHAVARRÍA, ISRAEL ALONSO MARTÍNEZ, ALBERTO PABLO RAMOS, LEONEL CÁÑAMO VARGAS, JOSÉ MANUEL ZARAGOZA GÓMEZ, GENARO SOSA GONZÁLEZ, GABRIELA VÁZQUEZ RODRÍGUEZ, ESTEFANY RODRÍGUEZ BARRÓN, EVARISTO FERNANDO RAMÍREZ DÍAZ y BRAYAN EDUARDO SALCEDO GARCÍA, ante Ustedes con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 13, 14, 15, 24, 24 Bis, 25, 28, 40, 50, 51, 52 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los artículos 15 y 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como el artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, estando en tiempo y forma, vengo a interponer DEMANDA DE NULIDAD EN CONTRA DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE MÁS ADELANTE PRECISO, por lo que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo señalo lo siguiente:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDANTE:
Han quedado precisados en el proemio de la presente demanda de nulidad.
II.- ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE IMPUGNAN:
La Resolución Administrativa de fecha doce 12 de septiembre de dos mil dieciséis 2016, la cual me fue notificada personalmente, el día veintiuno 21 de septiembre del mismo año, dictada en el Procedimiento Administrativo de Responsabilidades, seguido bajo el número de expediente 610/2012, tramitado ante el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en la que me impuso las siguiente sanción: suspensión del empleo, cargo o comisión que desempeño, por el periodo de quince días.
III.- AUTORIDAD DEMANDADA:
Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Licenciado Jorge Peralta Porras, quien tiene su domicilio en Avenida Revolución número 1586, Colonia San Ángel, C.P. 01000, Delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México.
IV.- HECHOS QUE DAN MOTIVO A LA PROMOCIÓN DE LA PRESENTE DEMANDA:
1.- Mediante oficio número 00641/30.15/4829/2013, de fecha doce 12 de septiembre de dos mil trece 2013, firmado por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano Seguro Social, se me citó para comparecer a la audiencia de ley que se celebraría el día diez 10 de octubre del año dos mil trece 2013, en las instalaciones de la autoridad en mención, con motivo de mi presunta responsabilidad en las conductas que se me imputaron en el expediente administrativo número 610/2012.
2.- En virtud de lo anterior, con fecha diez 10 de octubre de dos mil trece 2013, me presenté en las oficinas del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, donde tuvo verificativo la Audiencia de Ley a la que fui citado, en la cual se me otorgó el término de cinco días hábiles para realizar el ofrecimiento de pruebas que considerare necesarias para mi defensa.
3.- Atendiendo a lo antes mencionado, mediante escrito de fecha dieciséis 16 de octubre de dos mil trece 2013, ofrecí diversas pruebas para desvirtuar las imputaciones hechas en mi contra, siendo las siguientes:
1.- La DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en el expediente clínico del paciente Arturo Malvaez Ramírez.
2.- La DOCUMETAL PUBLICA consistente en copia simple del programa de trabajo dos mil diez (2010), que entro en vigor el día primero 1 de enero de dos mil diez 2010, elaborado por el Dr. Pedro Jesús Cervantes Miramontes, Jefe de Cirugía y el Dr. Sergio Lozada Andrade, Director del Hospital.
3.- La DOCUMENTAL PUBLICA consistente en Memorándum expedido por el Dr. Gildardo N. Cano Manzano, Director del Hospital en el que fue atendido el paciente Arturo Malvaez Ramírez.
4.- La PERICIAL MÉDICA EN LA MATERIA DE CIRUGÍA GENERAL.
5.- La PERICIAL MÉDICA EN LA MATERIA DE MEDICINA LEGAL Y FORENSE.
6.- La INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES consistente en todo lo actuado en el presente procedimiento.
7.- La PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.
4.- Pruebas que fueron admitidas mediante acuerdo de fecha 20 veinte de junio de dos mil catorce 2014, que me fue notificado el veinticuatro 24 de junio del mismo año.
5.- Toda vez que dentro de mi escrito de pruebas ofrecí dos periciales médicas, en el acuerdo antes mencionado, se me previno para presentar a mis peritos el día nueve 9 de julio de dos mil catorce 2014, para que aceptaran y protestaran el cargo que le fue conferido, lo cual se llevo a cabo en tiempo y forma, por el perito que nombre en la materia de Cirugía General, a quien se le otorgó el término de 10 días para emitir su dictamen, el que presentó en tiempo y forma.
6.- Toda vez que por lo que hace al perito que nombre en la materia de Medicina Legal y Forense, se encontraba ilocalizable, y por tal razón, no le podía hacer de su conocimiento la fecha en que debía de acudir para la aceptación y protesta de su cargo, con fecha siete 7 de julio de dos mil catorce 2014, solicite su sustitución por diverso perito.
7.- Mediante acuerdo de fecha nueve 9 de julio de dos mil catorce 2014, que me fue notificado el día dieciséis 16 de julio siguiente, se acordó de conformidad mi solicitud, teniéndose como señalado de mi parte, al nuevo perito que nombre en la materia de Medicina Legal y Forense, a quien se le previno para que el día siete 7 de agosto del mismo año, compareciera para aceptar y protestar el cargo que le fue conferido, lo que llevo a cabo en tiempo y forma, por lo que con fecha veintiuno 21 de agosto del año en comento, rindió su dictamen pericial.
8.- Ante el retardo injustificado del dictado de la resolución correspondiente en el procedimiento administrativo incoado en mi contra, mediante ocursos de fechas quince 15 de octubre del año dos mil quince 2015 y cinco 5 de mayo del año dos mil dieciséis 2016, solicité se dictara la misma, no obstante ello, fue dictada a más de 4 meses posteriores al último escrito que presenté y 2 años después, de que quedaron desahogadas todas las pruebas que ofrecí en el procedimiento administrativo en comento. No obstante que dichos ocursos obran en el procedimiento administrativo en comento, acompaño al presente juicio, copia simple de ellos.
9.- Con fecha veintiuno 21 de septiembre del año dos mil dieciséis 2016, me fue notificada la resolución de fecha doce 12 de septiembre del mismo año, dictada en el procedimiento administrativo en el que fui requerido, en la cual se me impone la siguiente sanción: SUSPENSIÓN de mi empleo, cargo o comisión por el periodo de QUINCE DÍAS.
No obstante lo antes mencionado, me permito transcribir a continuación los puntos resolutivos de la resolución en comento:
“…PRIMERO. Ha quedado debidamente acreditado que los CC. David Alberto Sánchez Tirado y Rodolfo Esparza Pérez, son administrativamente responsables de las irregularidades que se les atribuyeron en el presente procedimiento disciplinario, en términos de lo expuesto en el capítulo de Considerandos de la presente resolución.
SEGUNDO. Por
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