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Obligaciones


Enviado por   •  13 de Octubre de 2013  •  1.927 Palabras (8 Páginas)  •  218 Visitas

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LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACION. UN ANALISIS BREVE.

Publicadas por Dr. José de Paula a la/s 5:44:00 a.m.

JOSE DE PAULA.

INTRODUCCION.

Todos los autores están de acuerdo en que en la obligación existen tres elementos (los sujetos, el objeto y la causa).

Ahora bien, algunos autores agregan a esos tres, un cuarto elemento, como lo es la coerción o coercibilidad.

Estas notas explican en forma llana y resumida esos elementos

1. Los sujetos: Se trata de los contratantes. El acreedor y el deudor. El acreedor es el sujeto activo de la obligación, es quien tiene derecho a exigir al deudor el cumplimiento de la obligación. El acreedor puede ser una persona física o una persona moral o jurídica. El deudor es el obligado, el sujeto pasivo de la obligación. También puede ser una persona física o una persona jurídica.

2. El objeto de la obligación. La prestación debida o deuda. El objeto es lo que se debe. Responde a la pregunta ¿qué se debe? Por ejemplo si un inquilino alquila un apartamento y se compromete pagar diez mil pesos mensuales de renta, el objeto de esa obligación es 10 mil pesos. El objeto es la prestación debida o deuda: lo que el deudor se obligó a dar, hacer o no hacer.

Pueden ser objeto de la obligación: una cosa (transmisión de un derecho) o un hecho positivo o negativo del deudor. Cuando el objeto lo constituye una cosa, ésta puede ser: un cuerpo cierto o cosa determinada (una casa, un celular, un carro) o una cosa genérica como una suma de dinero, una mercancía como el arroz, la habichuela, la harina, etc.

Los requisitos del objeto: Estos varían según que se trate una cosa o de un hecho.

Si el objeto es una cosa, los requisitos son los siguientes:

La cosa debe estar en el comercio

Debe estar determinada en cuanto a la especie, en cuanto a la cantidad y cuanto a

la calidad. (Art.1129 y 1246 del Código Civil.).

b) Si el objeto es un hecho, los requisitos son:

El hecho deber posible (a lo imposible nadie está obligado)

Lícito

Personal del deudor

Presentar un interés para el acreedor (no hay acción sin interés).

El objeto del contrato: La teoría dualista distingue entre objeto de la obligación y objeto del contrato o motivos personales de cada contratante. Ahora bien, los redactores del Código Civil imbuidos por la doctrina causalista de Domat y Pothier, sólo se refieren a la causa y al objeto de la obligación como ya se verá.

Según los hermanos Mazeaud, el objeto del contrato lo constituye la operación jurídica considerada por los contratantes. Por ejemplo, una venta, un alquiler, un préstamo, etc...

3. La causa. La causa de la obligación la regula el Código Civil en los Art.113l al 1133. Existen varias definiciones de esta figura:

a) Es la razón determinante del acto jurídico

b) La razón por la cual el deudor acepta obligarse

c) Es el fin perseguido por las partes contratantes.

La causa tiene un carácter abstracto, esto es, es la misma en cada categoría de contrato, por ejemplo:

En los contratos a título gratuito la causa está constituida por la intención liberal o animus donandi

En los contratos a título oneroso la causa es la ventaja que cada parte ofrece a la otra En los contratos sinalagmáticos, la causa la forma la promesa o prestación que recíprocamente se hacen los contratantes: Por ejemplo, en la venta la causa de la obligación del vendedor de entregar la cosa vendida lo es la promesa del comprador de pagar el precio, y correlativamente, la causa de la obligación del comprador, es la promesa del comprador de entregar la cosa a cambio del precio convenido. A la teoría de la causa expuesta por el autor francés Jean Domat se le conoce como teoría objetiva o causa intrínseca (causa material) porque se fundamenta en la naturaleza de cada contrato y no en las motivaciones individuales de los sujetos contratantes. La teoría de Domat recibió agrias críticas de parte de un grupo de autores llamados anticausalistas, entre los cuales se destacó Planiol Para ese grupo de autores, la teoría de la causa expuesta por Domat es ilógica, falsa e inútil. Ilógica, porque en ella seconfunde causa y efecto. Falsa, porque está basada en una falsa interpretación de la palabra causa usada por los autores latinos, e inútil, porque las soluciones que ofrece se pueden obtener a través del objeto y del consentimiento.

El neocausalismo: Representa una defensa de la teoría de Domat y aparece como reacción a las criticas que le hicieran los anticausalistas a la misma.Un exponte de esta nueva corriente lo fue Henri Capitant El neocausalismo se divide en tres corrientes:

a. El subjetivismo o teoría subjetiva encabeza por Capitant. Para este autor en los contratos sinalagmáticos la causa que determina a cada contratante a obligarse consiste en la voluntad de obtener la ejecución de la prestación que le fuera prometida a cambio, esto es, la contraprestación. En los contratos intuitu personae, la causa de la obligación es la persona del otro contratante, y, en los contratos aleatorios, la causa la forman los riesgos y la suerte.

b. La teoría objetiva. Esta concepción analiza la causa de la obligación partiendo de la función económica del contrato. En ésta el vínculo o nexo obligacional es una relación entre los patrimonios de las partes, no un vínculo personal.

c La concepción dualista. Esta distingue dos tipos de causa: La causa intrínseca u objetiva, basada en el objeto, esto es, la causa fin de que hablaba Domat, y, la causa impulsiva, que no es más que el móvil (los motivos) que individualmente mueve a cada contratante. Existe una causa impulsiva distinta en cada contratante, o sea, cada persona que se obliga podría tener razones diferentes

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