Poder Judicial Venezolano
dxgreenpeacexd8 de Julio de 2013
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADO ESTUDIOS JURÍDICOS
TRIJILLO; EDO. TRUJILLO
PODER JUDICIAL DE VENEZUELA
BACHILLER:
R C
C.I. V.- XX.XXX.XXX
ESTÚDIOS JURÍDICOS
SECCIÓN III
FACILITADOR:
Abg. Francisco Mazz
TRUJILLO, DICIEMBRE DE 2012
INTRODUCCIÓN
El Poder Judicial es aquel poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Por “Poder”, en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía. En el desarrollo, se ha querido presentar una breve reseña sobre varios aspectos del marco del poder judicial de Venezuela, entre ellos su independencia, la carrera judicial, El estatuto del Juez, Concurso de Oposición, la relación entre gobierno y administración del poder judicial, El tribunal Supremo de Justicia, la jurisdicción Disciplinaria y por último la participación ciudadana en la justicia.
ESTRUCTURA DEL PODER JUDICIAL
El Poder Judicial es uno de los tres poderes del Estado, el cual y en conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, se encarga de administrar la justicia en la sociedad a través de justamente la aplicación de normas jurídicas en los conflictos que se susciten.
El Tribunal Supremo de Justicia, es el máximo tribunal de Venezuela. Está formado por 32 Magistrados, el Magistrado presidente de la Sala Constitucional también preside el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo de Justicia, está conformado por seis (6) salas, cada una de ellas conformada por 5 magistrados, con la excepción de la sala constitucional que se encuentra conformada por siete (7) magistrados, las salas son: sala de casación civil, sala de casación penal, sala de casación social, sala político-administrativa, sala electoral, existe también la sala plena, la cual está conformada por los 32 magistrados.
Sus miembros son elegidos por la Asamblea Nacional, por un periodo de 12 años, con derecho a reelección indefinida.
Podemos esquematizar el Poder Judicial de la siguiente manera:
Tribunal Supremo de Justicia (Art. 262 CRBV):
1. Sala Constitucional
2. Sala Político-Administrativa
3. Sala Electoral
4. Sala Casación Civil
5. Sala Casación Penal
6. Sala Casación Social
Jurisdicción Ordinaria Civil
1. Corte de apelaciones o juzgados Superiores
2. Tribunales de 1ra Instancia
3. Tribunales de municipio
Jurisdicción Ordinaria Penal
1. Corte de apelaciones (son los de 2da Instancia)
2. Tribunales unipersonales (control, juicio y ejecución)
3. Mixtos
Jurisdicción Ordinaria Especializada
1. Jurisdicción Laboral (Tribunales del trabajo 1ra y 2da instancia)
2. Jurisdicción de Transito (1ra Instancia y superiores de transito)
3. Jurisdicción contenciosa administrativa (Corte primera contencioso administrativo, Tribunal contencioso administrativo)
4. Jurisdicción Agraria (1ra Instancia y Superiores agrarios)
5. Jurisdicción Inquilinaria (Juzgado de municipio, juzgado superior, civil y contencioso administrativo)
6. Jurisdicción Fiscal (Juzgado contencioso Tributario)
7. Jurisdicción Bancaria (7° y 9° de 1ra Instancia Mercantil)
8. Jurisdicción Familia (Tribunal de Protección del Niño, Niña y adolescente)
9. Jurisdicción Militar (Corte Marcial, consejo guerra permanente, jueces, militares permanentes de 1ra instancia)
10. Jurisdicción de Paz
11. Jurisdicción Indígena
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL
Artículo 1º. El ejercicio de la justicia emana del pueblo y se realiza por los órganos del Poder Judicial, el cual es independiente de los demás órganos del Poder Público. Sus deberes y atribuciones son las definidas por la Constitución, los tratados, acuerdos y convenios internacionales suscritos por la República, esta Ley y las demás leyes y a ellos debe sujetarse su ejercicio.
Para asegurar la independencia del Poder Judicial sus órganos gozarán de autonomía funcional, económica y administrativa en los términos determinados por esta Ley y las demás leyes.
Artículo 2º. La jurisdicción es inviolable. El ejercicio de la potestad jurisdiccional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los tribunales y comprende a todas las personas y materias en el ámbito del territorio nacional, en la forma dispuesta en la Constitución y las leyes. Las decisiones judiciales serán respetadas y cumplidas en los términos que ellas expresen.
Artículo 3º. En el ejercicio de sus funciones los jueces son autónomos, independientes, imparciales, responsables, inamovibles e intrasladables.
Artículo 4º. Los jueces de alzada no podrán corregir la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico, sino cuando administren justicia en virtud de los recursos que las leyes establezcan. Tampoco podrán los jueces, ni el Consejo de la Judicatura dictar instrucciones de carácter vinculante, generales o particulares, sobre la interpretación o aplicación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo los jueces en el ejercicio de su función jurisdiccional.
Artículo 5º. En caso de interferencias de cualquiera naturaleza u origen en el ejercicio de sus funciones, los jueces deben informar a la Corte Suprema de Justicia sobre los hechos que afecten su independencia, a los fines de que dicte las medidas para hacerlas cesar inmediatamente.
Artículo 6º. Los jueces responderán penal, civil, administrativa y disciplinariamente sólo en los casos y en la forma determinada previamente en las leyes.
Artículo 7º. Los jueces no podrán ser removidos, suspendidos o trasladados, sino en los casos y mediante el procedimiento que determine la ley.
Artículo 8º. Las personas y las entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los jueces, en la forma que la ley establezca, Quienes sean legalmente requeridos deben proporcionar el auxilio, sin que les corresponda calificar el fundamento con que se les pide, ni la legalidad o justicia de la decisión que se trata de ejecutar.
Art. 253 (CRBV). "La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determinen la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio".
FUNCIONAMIENTO DE LOS DIFERENTES ÓRGANOS QUE FORMAN EL PODER JUDICIAL
* El Tribunal Supremo de Justicia
* Los demás Tribunales de la Republica.
* El Ministerio Público.
* La Defensoría del Pueblo.
* La Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
El Tribunal supremo de justicia: Art. 1 LOTSJ.
El tribunal supremo de justicia constituye parte del sistema de justicia, es el máximo órgano y rector del poder judicial y goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto tribunal de la República, contra sus decisiones, en cualquiera de sus salas, no se oirá, ni admitirá acción o recurso alguno.
Tribunal Supremo de Justicia.
1) Sala constitucional: Que maneja todo lo que sea inconstitucional. Esta por encima de la ley.
2) Sala político administrativa: Que es donde se maneja el contencioso administrativo.
3) Sala electoral: Donde se maneja todos los asuntos electorales del país.
Cuando se habla de electorales no es solamente la parte del CNE, es de los sindicatos, es la de todos los organismos que tengan elecciones.
4) Sala de casación civil: Que maneja todo lo que sea civil y mercantil en última instancia.
5) Sala penal: La cual maneja todos los asuntos de materia penal.
6) Sala de casación social: Maneja la materia laboral.
Jurisdicción Ordinaria Civil
Corte de apelaciones o juzgados superiores:
Estará constituida por tres jueces profesionales.
Deberes de la corte de apelaciones en materia civil:
a) Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera
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