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AUTONOMIA DEL DERECHO TRIBUTARIO.


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  Ensayos  •  4.069 Palabras (17 Páginas)  •  873 Visitas

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AUTONOMIA DEL DERECHO TRIBUTARIO.

En el problema de la autonomía del derecho fiscal, cabe señalar que desde hace tiempo el Tribunal Fiscal de la Federación de México ha sostenido que existe dicha autonomía, el derecho fiscal Como rama del derecho administrativo y a su vez del derecho publico ha venido evolucionando de tal forma que actualmente puede considerarse como una verdadera rama autónoma del derecho con características especiales que si la distinguen en el campo del derecho administrativo y en el derecho publico con mayor razón la distinguen en el campo del derecho civil he ahí la existencia actual del derecho fiscal como una disciplina jurídica o rama del derecho autónoma, cuyo objeto de estudio son precisamente los ingresos y relaciones antes mencionados y cuya finalidad es la de conformar un sistema de normas jurídicas de acuerdo con determinados principios que le son comunes y que Son distintos de los que rigen a las de otros sistemas normativos.

El dominio de las ciencias jurídicas como en todos los campos científicos, existe el fenómeno de la formación progresiva de nuevas disciplinas que se separan lentamente del tronco original formado por las que son de naturaleza general y formal, en la medida de que los instrumentos de estudio se van afinando y se va ampliando la materia sometida a la investigación jurídica por ello se ha visto que no obstante que el derecho es uno solo, exigencias de orden practico o necesidades sistemáticas, han determinado que se le divida y clasifique conforme a diversos puntos de vista, entre los que se encuentra el que atiende al ámbito material de validez, que al clasificar al derecho de acuerdo con la índole de la materia que regula, nos presenta dividido en diversas ramas.

Es por ello que al hablar de la autonomía en derecho tributario es precisar métodos propios y particulares para formar un sistema de normas jurídicas regidas por principios propios que regulen la actividad tributaria.

CAPITULO II. NOCIONES GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO.

2.1. CONCEPTO DE DERECHO TRIBUTARIO.

Se ha considerado que él término de fiscal es mas preciso y un tanto más conveniente, sin embargo algunos tratadistas como De la Garza lo llama Derecho tributario y lo define como el conjunto de normas jurídicas que se refieren al establecimiento de impuestos, derechos y contribuciones especiales, a las relaciones jurídicas principales y accesorias que se establecen entre la Administración y los particulares con motivo de su nacimiento, cumplimiento o incumplimiento, a los procedimientos oficiosos o contenciosos que pueden surgir y a la sanciones establecidas por su violación.

En el sentido amplio de la definición de derecho financiero, éste abarca los tres aspectos, el derecho fiscal, que se refiere a la obtención de recursos, el derecho patrimonial que alude al manejo de dichos recursos, y finalmente al derecho presupuestario que versa sobre la erogación de los mismos recursos.

Ahora bien, se sostiene que el derecho tributario forma parte del derecho fiscal, pues al referirse éste a la obtención de recursos, una parte de esos recursos, la integran los provenientes de la imposición de cargas tributarias. De ahí, que se pretenda diferenciar entre los ingresos que obtiene el Estado sin la característica de soberano y los que obtiene vía impositiva.

Se entenderá como materia Fiscal todo lo relativo a los ingresos del Estado provenientes de las contribuciones y a las relaciones entre el propio Estado y los particulares, considerados en su calidad de contribuyentes.

Por su parte la Suprema Corte de Justicia considera por Fiscal lo perteneciente al fisco; y fisco significa la parte de la Hacienda Pública que se forma con las contribuciones, impuestos o derechos, siendo autoridades fiscales la que tienen intervención por mandato legal.

Así pues considera por materia Fiscal lo relativo a la determinación, la liquidación, el pago, la devolución, la exención, la prescripción o el control de los créditos fiscales o lo referente a las sanciones que se impongan por motivo de haberse infringido las leyes tributarias.

Por su parte Manuel Andreozzi define al Derecho Tributario como la rama del Derecho Público que estudia los principios, fija las normas que rigen la creación y prescripción de los tributos y determina la naturaleza y los caracteres de la relación del Estado con el administrado que esta obligado a pagarlos.

Mientras Rafael Bielza dice que el Derecho Fiscal es el conjunto de disposiciones legales y de principios de Derecho Publico que regula la actividad jurídica del fisco.

Otra definición de Derecho Fiscal es considerarla como el sistema de normas jurídicas quede acuerdo con determinados principios comunes a todas ellas, regula el establecimiento, recaudación y control de los ingresos de derecho publico del Estado derivados del ejercicio de su potestad tributaria, así como las relaciones entre el propio Estado y los particulares considerados en su calidad de contribuyentes.

Con todo lo antes señalado podemos decir que con la expresión de Derecho Tributario se envuelve todo un régimen jurídico relativo al pago de tributos, y con la expresión Derecho Impositivo se denomina al régimen jurídico relativo al cumplimiento de obligaciones impuestas por el Estado, resulta claro que en ambos casos se trata de la misma materia fiscal, por lo tanto, las expresiones Derecho Fiscal, Derecho Tributario y Derecho Impositivo pueden considerares sinónimas, aunque en México se denomina tradicionalmente como Derecho Fiscal.

2.2. FUENTES FORMALES DEL DERECHO TRIBUTARIO.

Además de haber definido al derecho fiscal, debemos precisar también, cuales son las situaciones que le dan origen, tanto a la existencia de las normas, como a la propia realización de las situacione jurídico tributarias.

Es oportuno señalar, que a lo largo de la formación como profesionista del derecho, se ha denominado siempre a la situación que origina la creación de la norma como fuente. Sin embargo, (académicamente puede ser aceptado más técnicamente no) resulta contradictorio pensar o suponer que la materia creadora de situaciones jurídicas pudiese recogerse como fruto. En lo personal considero que se trata propiamente de una recopilación e identificación de aspectos específicos que permiten al legislador contar con los elementos suficientes para su establecimiento. Una vez hecha la precisión, procederemos al análisis.

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