Status del caput
YorelisFTrabajo9 de Enero de 2016
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA [pic 1] UNIVERSIDAD SANTA MARIA FACULTAD DE DERECHO CATEDRA: ROMANO I PROFESOR:MIRIAM LEON SEMESTRE: 2016-1
STATUS DEL CAPUT
AUTORES:
C.I.V-27748495 FLORES, YORELIS.
CARACAS, NOVIEMBRE 2015
Introducción
Los tres status del caput eran elementos esenciales para poder ser ciudadano romano y por lo tanto tener plena capacidad jurídica, a pesar de esto había personas quienes no reunían estos elementos como eran los esclavos.
El trabajo emanado de esta investigación nos permite conocer sobre todos los puntos referentes a los status así como sus características más importantes y lo relacionado con la esclavitud, sus causas y efectos.
Se describen los tres status; libertatis, civitatis y familiae, quienes eran integradores de la personalidad en roma.
STATUS LIBERTATIS
Es el estado que implica ser libre, es decir, estar en condición de actuar por voluntad siguiendo su capacidad intelectual y capacitada para actuar jurídicamente.
Este status se obtenía principalmente por nacimiento, que eran los niños de las personas calificadas como libres, y por manumisión, medio por el cual a los esclavos se le daba libertad.
La esclavitud
La esclavitud es una institución jurídica por medio de la cual es ser humano es despojado totalmente de personalidad, eran considerados cosas que se puede vender y comprar por lo tanto pertenecían a otras personas.
Causas de la esclavitud
La esclavitud se origina en el nacimiento o en causas posteriores a este.
Esclavitud por nacimiento: los hijos de una mujer esclava nacen esclavos por las siguientes razones:
- Una esclava no se puede casar porque esta despojada totalmente de derechos.
- Fuera del matrimonio el hijo seguía la condición de la madre.
Esclavitud posterior al nacimiento: La situación de esclavitud por causas posteriores al nacimiento, puede tener su origen en el derecho de gente o el derecho civil:
Derecho de gente: son esclavos los individuos sometidos a cautiverio, los romanos ejercían este derecho en dos casos:
- Sobre los habitantes de países vecinos que le habían declarado la guerra.
- En tiempo de paz, sobre aquellos que no habiéndole declarado la guerra tampoco han celebrado un pacto de amistad.
Derecho civil:
- No prestar servicio en la milicia
- No pagar tributos
- No inscribirse en el censo
- La falta de pago de una obligación
- Nacer de madre esclava
- Ser sorprendido cometiendo hurto con lucro( Furtum)
- La ingratitud del liberto con su ex amo.
Consecuencia de la esclavitud
La esclavitud en roma trajo como consecuencia principalmente:
- la ambición del dinero y del poder y de todas las malas acciones.
- El esclavo a través de su cuerpo trajo entretenimiento, placer sexual y riqueza con su fuerza de trabajo.
- La avaricia suplanto la lealtad, honradez y demás virtudes.
- Se introduce la soberbia, crueldad e indiferencia religiosa.
- La ambición arrastro a muchos hombres a hacerse mentirosos.
Condición jurídica del esclavo
- No tiene personalidad jurídica
- No tiene capacidad, ni derechos ni familia.
- El amor podía: rentarlo, venderlo, matarlo
- El amo tenía sobre los hijos de los esclavos los mismos derechos que sobre sus bestias y sus crías.
- Los esclavos no podían contraer matrimonio.
La extinción de la esclavitud
La esclavitud termina de dos maneras, por el “Postliminium” y por la manumisión. El “Postliminium” es la ficción jurídica de suponer que una persona física, caída en poder del enemigo y luego escapa o es rescatada, al volver al Estado romano, automáticamente recobra la condición jurídica que tenía antes de caer en poder del enemigo y se considera que su situación jurídica nunca había variado.
Manumisiones
Es el proceso mediante el cual se libera a un esclavo, por lo cual se convertía en un liberto
Formas de la manumisión
SOLEMNE: se le daba la condición de libre y ciudadano, pero con condición social por debajo de los que nunca habían sido esclavos. Presentaba las siguientes formas:
a- Testamento: el amo establecía en el testamento la libertad del esclavo
b. El Censo: este se realizaba cada 5 años, luego el amo podía permitir al esclavo inscribirse en el censo a los fines de que contara como ciudadano.
c. La Vindicta: el amo acudía con un amigo y el esclavo ante el pretor, el amigo señalaba al esclavo con una varita declarándolo libre, y el amo no hacía oposición a ello (era un juicio ficticio).
NO SOLEMNE: era un acuerdo amistoso entre el amo y el esclavo sin efectos jurídicos, no tenía efectos oponibles a terceros, frente a los demás seguía siendo esclavo, no era libre ni ciudadano. Las formas eran:
a. Per Epistolam: a través de una carta el amo decía que le concedía la libertad al esclavo
b. Inter Amicos: delante de sus amigos el amo decía que determinado esclavo ya no era más esclavo.
c. Per Mensa: el amo integraba a la mesa al esclavo, y al sentarlo entre amigos no se consideraba esclavo.
Efecto de la manumisión
El efecto era hacer al esclavo dueño de su libertad y la ciudadanía, es decir, era un liberto de derecho. A diferencia que el efecto en derecho civil, el esclavo gozaba todos los derechos estipulados por el derecho privado y por el derecho político, adquiriendo el derecho al sufragio aunque no el derecho honorario, todos estos eran manumitidos a través de alguna de las tres formas: por vindicta, por censo y por testamento.
El patronado
El liberto es el esclavo manumitido y se contrapone al individuo que nació libre y permanece libre que es el ingenuo. El que antes era el dueño, tras la liberación se convierte en patrono aunque el liberto adquiere la libertad y participa de la ciudadanía tiene graves limitaciones en materia de derecho público y derecho privado
STATUS CIVITATIS
Es el estado es el estado o situación jurídica de las personas en el aspecto fundamental de la ciudadanía, siendo el segundo elemento del “Caput” y, corresponde en otras palabras, al poder ciudadano o al estado ciudadano.
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