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Derecho De Los Pueblos Africanos A La Libre Determinación


Enviado por   •  13 de Marzo de 2014  •  1.933 Palabras (8 Páginas)  •  583 Visitas

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ÍNDICE

Introducción…………………………………………………………………………3

Derecho de los pueblos africanos a la libre determinación ………….…... 4

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos………………… 5

Kosovo: jurisprudencia corregid ……………………………………………. 6

Principio de integridad territorial ………………………………………………..... 7

Conclusiones………………………………………………………………………... 8

Introducción

En el articulo I de la Carta de las Naciones Unidas se dice que uno de los propósitos de las Naciones Unidas consiste en fomentar entre las acciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio igualdad de derechos y a la libre determinación de los pueblos.

En 1966 se incorporó el Principio, como uno de los derechos humanos, en el artículo común 1 de los dos pactos internacionales sobre derechos humanos. Se ha discutido mucho, tanto en terreno académico como en el político, sobre el alcance exacto y la naturaleza del derecho de los pueblos a la libre determinación, pero su significado en el contexto de las actividades de los mercenarios ha sido claramente determinado por la Asamblea General y la Comisión de Derechos Humanos en resoluciones sobre la declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados, de 1970.

En la declaración, que tiene especial importancia por haber sido aprobada sin votación, se estipula que, en virtud del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos :

“Todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de procurar se su desarrollo económico, social y cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de conformidad con las disposiciones de la carta “

La libre determinación se deriva de la necesidad humana de hacer realidad sus aspiraciones y de la afirmación de la igualdad intrínseca de todo ser humano, y como tal está conformado por principios que no provienen únicamente de la cultura occidental. Como concepto político, la idea de autodeterminación de los pueblos o de las naciones fue articulada por las culturas periféricas durante la Historia Contemporánea.

Así como la colonización y el colonialismo se han practicado a lo largo de la historia, la autodeterminación política, a nivel individual, se ha documentado de manera similar y altamente apreciado por los pueblos colectivos.

Durante y después de la revolución industrial muchos grupos de personas reconocen su historia compartida, la geografía, el idioma y las costumbres. El nacionalismo surgió como una ideología que une no sólo entre las potencias rivales, sino también para los grupos que se sentían subordinados o marginados dentro de los estados más grandes, en esta situación, la autodeterminación puede ser vista como una reacción al imperialismo

Hay muchos tratados regionales de protección de los derechos humanos entre ellos la Convención Europea de los Derechos Humanos, pero sólo tres protegen directa o indirectamente el derecho de los pueblos a la autodeterminación y a la libre disposición de riquezas y recursos naturales: la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Acta Final de Helsinki y la Convención Americana de los Derechos Humanos

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos se adoptó en 1981. Ha sido ratificada por los 53 Estados miembros de la Unión Africana. Es el tratado que reconoce de manera más explícita y más completa el derecho de los pueblos a la autodeterminación y a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales. Le dedica no menos de cinco de sus artículos.

En su artículo 19, la Carta Africana proclama que “todos los pueblos son iguales” y “gozan de la misma dignidad y tienen los mismos derechos”. También prevé que “nada puede justificar la dominación de un pueblo por parte de otro”.

El artículo 20 de la Carta Africana consagra a continuación el derecho a la autodeterminación de los pueblos africanos de la siguiente manera:

“Todo pueblo tiene derecho a existir. Todo pueblo tiene un derecho imprescriptible e inalienable a la autodeterminación. Determina libremente su condición política y garantiza su desarrollo económico y social de acuerdo con la vía que libremente ha escogido.”

Los pueblos colonizados u oprimidos tienen derecho a liberarse de su estado de dominación mediante todos los medios reconocidos por la comunidad internacional.

Todos los pueblos tienen derechos a ser asistidos por los Estados partes de esta Carta, en su lucha de liberación contra la dominación extranjera ya sea de tipo político como económico o cultural.”

En su artículo 21, la Carta Africana reconoce de manera detallada el derecho de los pueblos africanos a la libre disposición de sus riquezas y recursos naturales, al prever lo siguiente:

“1. Los pueblos gozan de la libre disposición de sus riquezas y recursos naturales. Este derecho se ejerce en el interés exclusivo de las poblaciones. En ningún caso, un pueblo puede verse privado de ellos.

2. En caso de expoliación, el pueblo expoliado tiene derecho a la recuperación legítima de sus bienes así como a una indemnización apropiada.

3. La libre disposición de las riquezas y recursos naturales se ejerce sin prejuicio de la obligación de promover una cooperación económica internacional basada en el respeto mutuo, el intercambio equitativo y los principios del derecho internacional.

4. Los Estados parte de la presente Carta se comprometen, tanto individual como colectivamente a ejercer

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