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Dirección H. Cuerpo de Bomberos Plan de Previsión Social


Enviado por   •  24 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  2.611 Palabras (11 Páginas)  •  277 Visitas

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Dirección H. Cuerpo de Bomberos

Plan de Previsión Social

ANTECEDENTES

En Cancún Quintana Roo, el día 1ro de Marzo del año 2016, celebran el presente plan de previsión social el H. Ayuntamiento de Benito Juárez del H. Cuerpo De Bomberos que en lo sucesivo se le denominara “La Empresa”, representada por el Sr. Pedro Armando Gutiérrez Cano con dirección en Secretaria General del Ayuntamiento y en representación de los trabajadores el Sr. Oscar Orlando Gonzales Vázquez y que en lo sucesivo se le denominara “Los Trabajadores”, teniendo en consideración la necesidad de cumplir con los objetivos establecidos en las políticas corporativas, aprobadas por el consejo de administración, en materia de relaciones laborales, mejorar y en su caso elevar el nivel de vida en el plan social y personal, a efectos de consolidar las relaciones humanas correspondientes y estimular la integración del núcleo familiar de cada trabajador, la dirección de la empresa ha decidido desarrollar un programa integral de beneficios de previsión social para sus trabajadores.

TÍTULO I

DE LA CONSTITUCIÓN DEL PLAN

ARTÍCULO 1.- En cumplimiento con lo dispuesto en disposiciones legales, el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 8, 10, 20, 31, 82, 84, 102, 115; 132 fracción I y demás aplicables de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 27 Fracción II y VI de la Ley del Seguro Social. Artículos 7, 27, Fracción XI Párrafo V y VI; Artículo 93 Fracción I, VI Y VIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo 41, 42, 43, 43-A del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre La Renta. Se constituye y emite el presente plan de previsión social, al que en lo sucesivo se le denominara como “plan”, para todos los trabajadores de la sociedad.

ARTÍCULO 2.- El presente plan se constituye por el acuerdo de la sociedad y sus trabajadores, al amparo y en cumplimiento de las disposiciones legales en vigor en la ley del impuesto sobre la renta, su reglamento, la ley federal del trabajo y la ley del seguro social en los artículos conducentes, así como de cualquier otra disposición conexa o aplicable al caso.

TÍTULO II

DE LA INICIACIÓN DE VIGENCIA,

        PUBLICACIÓN Y REFORMAS        

ARTÍCULO 3.- Se establece que la vigencia de este plan iniciara precisamente el día 1 de Marzo de 2016.

ARTÍCULO 4.- El plan se dará a conocer a todos los trabajadores de la empresa dentro de los treinta dias naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor.

ARTÍCULO 5.- Al trabajador de nuevo ingreso se le dará a conocer en su oportunidad y tendrá los mismos derechos y obligaciones que los que actualmente se encuentren prestando sus servicios a la empresa.

ARTÍCULO 6.- Cualquier reforma que sufra el plan o sus reglamentos operativos será comunicada a todos los interesados, dentro de los diez dias naturales siguientes a la fecha de su entrada en vigor.

TÍTULO III

DE LA TERMINOLOGÍA DEL PLAN

ARTÍCULO 7.- Para efectos de la interpretación del contenido de este plan, los términos que se utilicen tendrán el significado que a continuación se señalan y en caso de duda deberá atenderse siempre a aquello que este más acorde con la naturaleza y finalidades del plan.

  1. PATRÓN O EMPRESA.- La empresa denominada: Dirección H. Cuerpo de Bomberos con domicilio en la ciudad de Cancún Quintana Roo municipio de Benito Juárez y constituida de acuerdo con las leyes mexicanas, según consta en la escritura pública número 1352641 de fecha 15 de Abril de 1976 otorgada ante la fe pública del Lic. Emilio Valderrama Mancera Notario público número 582 de la ciudad de Cancún Quintana Roo.
  2. TRABAJADOR O EMPLEADO.- Toda persona física que preste servicios personales subordinados al patrón, en virtud de un contrato de trabajo.
  3. BENEFICIARIOS DE LOS TRABAJADORES.- Al cónyuge o la persona con quien viva en concubinato; Ascendiente y descendientes cuando dependan económicamente del trabajador, incluso cuando tengan parentesco civil; los menores de edad que vivan en el mismo domicilio del trabajador y dependan económicamente de el en los términos de la Ley del impuesto sobre la renta.
  4. PARTICIPANTES.- Todo trabajador del patrón que se inscriba en el plan. El participante podrá ser activo o inactivo de acuerdo a lo establecido en los artículos 8° y 9° de estos Estatutos.
  5. EJERCICIO SOCIAL.- La vigencia del plan es un periodo cierto que comprenderá del 1° de Enero al 31 de Diciembre de cada año, con excepción del primero que comenzara de la fecha de la firma del presente plan al 31 de diciembre del mismo año.
  6. SECTOR APLICABLE.- El presente plan le será aplicable a todos los trabajadores que presten sus servicios a la sociedad, como consecuencia de una relación laboral.
  7. PLAN.- El plan de prestaciones de previsión social constituido conforme al título precedente y con arreglo a estos estatutos.
  8. PREVISIÓN SOCIAL.- Erogaciones efectuadas que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de los trabajadores que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia.
  9. PRESTACIONES.- Cada uno de los diferentes tipos de prestaciones que puede obtener el trabajador o sus beneficiarios, en los términos, condiciones, y plazos que establecen en este plan y sus reglamentos operativos.
  10. SUELDOS O SALARIOS.- El ingreso nominal ordinario que, como contraprestación de su trabajo, perciba el trabajador a la fecha en que se inscriba como participante del plan, así como los aumentos futuros, al ingreso nominal ordinario, que el patrón otorgue, ya sea de manera general o por mérito.
  11. ELEGIBILIDAD.- Son elegible para participar en el plan todos los trabajadores de la sociedad a partir del momento en que firmen el contrato individual o colectivo de trabajo con el carácter de trabajadores de planta.

TÍTULO IV

DEL OBJETO, DURACIÓN, MODIFICACIÓN Y

LIQUIDACIÓN DEL PLAN.

ARTÍCULO 8.- Este plan se constituye con el propósito de dar fiel y exacto cumplimiento a lo establecido en la ley del seguro social, en la ley federal del trabajo y en la ley del impuesto sobre la renta, en los artículos respectivos y con:

  1. El propósito fundamental de elevar el nivel de vida social de los trabajadores de la empresa.
  2. El establecer un estímulo real para mejorar las relaciones obrero-patronales dentro de la empresa.
  3. Mejorar la productividad dentro de la sociedad.
  4. Fomentar el buen hábito del ahorro de todos los trabajadores de la sociedad.
  5. Contar con una fuente de financiamiento, ágil y segura, en momentos de apremio económico.
  6. Celebrar cualquier acto encaminado al cumplimiento de sus objetivos sociales.
  7. Estrechar las relaciones familiares del trabajador.
  8. Vincular  la vida comunal y de servicio para la mejoría de la sociedad.

ARTÍCULO 9.- Los periodos de vigencia y operación del plan serán:

  1. La duración de las operaciones del plan será por tiempo indefinido.
  2. Las operaciones se iniciaran en la fecha que se señala en el artículo 3°de estos estatutos.
  3. Se prorrogara cada año, sin que medie formalidad especial alguna, siempre y cuando, las condiciones que le dieron origen prevalezcan iguales.
  4. Su ejercicio social será del 1º de enero al 31 de diciembre de cada año, con excepción del primero en su caso.  
  5. El plan se dará por terminado en aquel en que:
  1. La sociedad sea liquidada.
  2. No exista interés por parte de los trabajadores, de seguir recibiendo este tipo de beneficios o cuando el número de participantes sea inferior al 75% de los trabajadores del patrón.
  3. Las disposiciones legales correspondientes, modifiquen el tratamiento que actualmente se les concede a las prestaciones de previsión social.

ARTÍCULO 10.- La empresa podrá suspender unilateralmente la vigencia del plan o hacer los cambios, modificaciones o hasta llegar a liquidarlo, en forma parcial o total, cuando así lo estime pertinente, en los siguientes casos:

  1. En los señalados en los reglamentos operativos correspondientes.
  2. Se modifiquen o deroguen las disposiciones legales o fiscales aplicables para cada caso.
  3. Cuando alguna ley, decreto o disposición administrativa afecte en cualquier forma al presente plan, o a los derechos y obligaciones contenidos en él y que actualmente corresponden a la sociedad o a los trabajadores.

ARTÍCULO 11.- En caso de llegar a la liquidación, parcial o total, se emitirá el reglamento correspondiente y se nombraran al o los liquidadores necesarios.

Los liquidadores designados procederán a efectuar la liquidación parcial o total, de los beneficios del plan afectados por esta acción a los trabajadores o a sus beneficiarios. En todo caso se dará a los liquidadores el tiempo necesario para llevar a cabo dicha liquidación sin que esta exceda de seis meses.

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