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Supervisión Escolar En México

zyxoco2216 de Noviembre de 2012

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LA SUPERVISIÓN ESCOLAR DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN MÉXICO: PRÁCTICAS, DESAFÍOS Y REFORMAS.

1. La supervisión escolar y la investigación.

Los diagnósticos que componen este libro abordan el estudio de la supervisión escolar en la educación pública del nivel primario y de los supervisores de zonas escolares. Estos personajes ocupan una posición estratégica dentro de la jerarquía del SEM. Su función de enlace entre las altas autoridades de éste, y directores de escuelas y docentes de grupo bajo su supervisión, les otorga condiciones para tener acceso a distintos grupos de sujetos sociales, así como para intervenir en diversos procesos educativos. En un sentido, pueden ejercer influencia en la toma de decisiones, pues su cercanía a las autoridades institucionales les permite dar a éstas la información sobre las necesidades diarias de los estudiantes, de los docentes y de las escuelas, y pueden hacer extensas a mayor número de ellas, las prácticas pedagógicas que han probado arrojar buenos resultados. En otro sentido, está en sus manos promover el trabajo educativo en los planteles, ya que junto con directores y maestros en gran parte definen el rumbo que éstos toman.

Sus actitudes hacia el trabajo y hacia las tareas propiamente académicas, sus estilos de trabajo, sus intereses políticos, económicos, partidistas y/o sindicales, así como sus posiciones de poder han servido para impulsar las tareas y las innovaciones educativas en las escuelas y en sus zonas escolares, pero también para lograr objetivos de otra índole.

Pero esta situación estratégica de los supervisores no ha ido acompañada de condiciones que les permitan ejercer adecuadamente sus funciones. Los servicios de supervisión escolar tradicionalmente han sido parte de un sistema reproductor de prácticas burocráticas y anquilosadas que día con día deterioran más los resultados de la educación. No cuentan con equipos de supervisores profesionalmente sólidos, que impulsen las tareas pedagógicas en las zonas escolares que atienden. En la práctica, la supervisión sigue distinguiéndose básicamente por sus funciones exclusivamente de inspección, es decir, administrativas, de vigilancia y de control, ya que ha sido entendida más como una medida instrumental y/o programática basada en criterios técnicos y tecnocráticos de eficiencia, eficacia, competitividad, y menos por sus funciones de asesoría y guía académicas a los directores y docentes de las escuelas.

Pero también se distingue por el papel que los supervisores han jugado en los escenarios políticos, sindicales y partidistas. Como todo el magisterio de educación básica, son parte del poderoso sindicato magisterial (Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, SNTE3) y del entonces partido político oficial (Partido Revolucionario Institucional, PRI4), y salvo algunas excepciones, su sentido de fidelidad hacia la organización sindical es mayor que hacia la institución educativa.

La ausencia de independencia entre esta última y el sindicato imprime un sello especial, no sólo a los procesos de supervisión, sino a la educación mexicana.

La población de estudio quedó formada por los supervisores/inspectores5 de educación básica que existen en el SEM. Llamaremos supervisores de manera genérica a los trabajadores en el servicio de la supervisión federal y estatal, incluyendo en esta última, a los federalizados o transferidos, pues con la descentralización, ahora todos los supervisores/inspectores son estatales, excepto los del Distrito Federal, quienes no se descentralizaron. Con objeto de conocer quiénes forman oficialmente este grupo, consultamos el catálogo de puestos docentes de Carrera Magisterial, que tiene el registro más actualizado y completo de supervisores/inspectores en este nivel educativo: dieciocho modalidades.

Sin embargo, la investigación se centró en aquellos que realizan sus tareas de manera directa o cercana a las escuelas primarias. De acuerdo con la normatividad federal8, estas tareas son principalmente responsabilidad de los supervisores de zona escolar. Pero, en las modalidades federales y federalizadas, existen los jefes de sector y los auxiliares técnicos de supervisión. Los primeros no son considerados formalmente como supervisores/inspectores, pues la normatividad no les confiere la obligación de visitar las escuelas de las zonas de su sector, no obstante, las tareas de supervisión las llevan a cabo desde las oficinas de la jefatura, y los segundos no están contemplados por ésta. Sin embargo, bajo ciertas circunstancias, ambos llevan a cabo tareas de supervisión que logran impactar en los planteles.

Los auxiliares técnicos juegan funciones importantes, ya que realizan informalmente tareas de supervisión. Se trata de maestros o maestras de grupo que fungen como auxiliares por invitación personal de algún jefe de sector y/o supervisor, pasando así a formar parte de su personal de apoyo. Para tal efecto se les concede una comisión, a través de la que, sin perder la plaza ni los derechos laborales correspondientes, quedan liberados de la responsabilidad de atender grupo. Ello implica que no ocupan puestos escalafonarios ni reciben nombramiento como auxiliares. Al término de la comisión, deben volver a la situación laboral anterior. Así, estos cargos son parte de los usos y costumbres, es decir, de las normas no escritas que la cotidianidad ha convertido en regla.

En la práctica, se encargan de llevar a cabo la mayor parte de las tareas pedagógicas de la supervisión, tales como asesorar maestros de grupo, visitar escuelas y conducir talleres docentes, pero también, apoyan el trabajo administrativo. En muchos casos existe una tendencia a separar el trabajo de la supervisión: mientras que el supervisor se encarga de la realización de las tareas administrativas y burocráticas, la maestra o maestro auxiliar se encarga del trabajo pedagógico, aunque seguido, también realiza trabajo administrativo.

Existe escasa información sobre los auxiliares. Ha sido a través de las experiencias empíricas que hemos podido conocerlos mejor. Solamente la Circular 001 elaborada en 1996 por la Subsecretaría de Servicios Educativos para el D.F., dirigida exclusivamente a la supervisión en ese lugar, los menciona. Indica que los maestros adjuntos o auxiliares técnicos son maestros comisionados y que se preferirá a aquéllos cuyo cambio de actividad no afecte a las escuelas. Es decir, podrán ser comisionados siempre y cuando previamente se hayan cubierto todos los grupos escolares de la zona y del sector. También señala que cuatro auxiliares formarán parte de la plantilla del supervisor general de sector y dos del supervisor de zona. Sin embargo, en los estados, esta situación generalmente no se da así, pues es común que cada jefe de sector tenga asignados dos auxiliares y una secretaria, y cada supervisor, un auxiliar y una secretaria. Pero además, se dan casos en los que jefes y/o supervisores no cuenten con ningún apoyo.

Incluimos en la investigación a los supervisores indígenas que forman parte de otra modalidad educativa del SEM, aun cuando éstos no constituyen una población numerosa. Pertenecen a una instancia de la SEP que tiene el objetivo de ofrecer educación a los 56 grupos étnicos que habitan en el país: la Dirección General de Educación Indígena (DGEI) de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal. Con la descentralización, la DGEI transfirió los correspondientes servicios a los estados. No obstante pertenece a los subsistemas federalizados, funciona con su propia estructura, normatividad y equipos de trabajo, inclusive, su nomenclatura, a saber: jefes de zonas de supervisión (equivalente a jefes de sector) y supervisores bilingües de educación indígena (equivalente a supervisores escolares).

La investigación incluye dos etapas: un diagnóstico nacional y tres diagnósticos regionales. El primero sirve como marco que da cobertura a los siguientes. Sin embargo, hay ciertos rubros de la normatividad nacional que los diagnósticos regionales desarrollan con cierto detalle, logrando así un complemento entre el conjunto de los trabajos.

Como primer tópico, el nacional realiza una descripción del deber ser de la supervisión federal plasmado en una exhaustiva y detallada normatividad desglosada en objetivos, puestos y funciones, requisitos para ocupar el cargo, capacitación y actualización, responsabilidades y tareas. Para efectos de este trabajo han sido utilizados los manuales, reglamentos y otras disposiciones oficiales que norman el servicio de la supervisión a nivel nacional. En el segundo tópico, la población de supervisores en el país es caracterizada según los indicadores de género, edad, antigüedad en el ser vicio, jubilación y escolaridad. Datos estadísticos proporcionados por la Secretaría de Educación Pública forman el material de análisis. Los diagnósticos regionales en México fueron realizados en los estados de Chihuahua (en el que se incluye la super visión en la educación indígena), Nuevo León y Aguascalientes. Éstos dan cuenta, con base en información empírica obtenida alrededor de un conjunto de directrices ofrecidas por el IIPE, de las formas como una única normatividad referente a un mismo servicio educativo oficial definido a nivel nacional ha sido entendida, interpretada y sobre todo, puesta en marcha en la práctica cotidiana en diversas regiones, dando como resultado diferentes funcionamientos y maneras de operar. Es posible observar prácticas similares, casi idénticas de la supervisión escolar en los tres casos. Sin embargo, el contexto de cada uno marca ritmos y tendencias específicas. Así, patrones y procesos son generados, y

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