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Actualizacion Derecho Laboral Colombia


Enviado por   •  1 de Julio de 2013  •  1.017 Palabras (5 Páginas)  •  554 Visitas

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SOCIEDAD ANONIMA

La sociedad anónima se constituye en notaria, mediante escritura pública. Está compuesta por un grupo de socios mínimo de cinco personas y sin límite máximo de accionistas.

El capital autorizado es representado en acciones de igual valor y se representan como un título negociable, el número de acciones que posee cada socio regula la cantidad de participación del mismo.

El capital suscrito es la parte del capital autorizado que los socios se comprometen a pagar en un tiempo máximo de un año, se debe dejar claro los conceptos de capital suscrito + capital pagado = capital autorizado

Esta sociedad es administrada por la Asamblea General de Accionistas, debe tener un revisor fiscal y una junta directiva, en la que se elige un gerente quien llevara la responsabilidad legal de la sociedad.

Cada socio debe responder por el aporte de capital respectivo que aportó a la sociedad.

La razón social se elige por la junta directiva y debe ir acompañado de las palabras “Sociedad Anónima” o “S.A., se debe definir el tiempo de duración

DERECHO DE LOS ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA

Cada acción conferirá a su propietario los siguientes derechos:

1) El de participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ella.

2) El de recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio, con sujeción a lo dispuesto en la ley o en los estatutos.

3) El de negociar libremente las acciones, a menos que se estipule el derecho de preferencia en favor de la sociedad o de los accionistas, o de ambo.;

4) El de inspeccionar, libremente, los libros y papeles sociales dentro de los quince días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin de ejercicio.

5) El de recibir una parte proporcional de los activos sociales al tiempo de la liquidación y una vez pagado el pasivo externo de la sociedad.

ACCIONES DE GOCE O INDUSTRIA EN LA SOCIEDAD ANÓNIMA-DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS

Podrán crearse acciones de goce o industria para compensar las aportaciones de servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos industriales o comerciales, asistencia técnica y, en general, toda obligación de hacer a cargo del aportante. Los títulos de estas acciones permanecerán depositados en la caja social para ser entregados al aportante, en la medida en que cumpla su obligación y, mientras tanto, no serán negociables.

Los titulares de las acciones de goce o de industria tendrán los siguientes derechos:

1) Asistir con voz a las reuniones de la asamblea.

2) Participar en las utilidades que se decreten.

3) Al liquidarse la sociedad, participar de las reservas acumuladas y valorizaciones producidas durante el tiempo en que fue accionista, en la forma y condiciones estipuladas.

ACCIONES ORDINARIAS O PRIVILEGIADAS-PRIVILEGIOS DE LOS TITULARES EN LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS

Las acciones podrán ser ordinarias o privilegiadas. Las primeras conferirán a sus titulares los derechos esenciales consagrados en el artículo 379; las segundas, además, podrán otorgar al accionista los siguientes privilegios:

1) Un derecho preferencial para su rembolsó en caso de liquidación hasta concurrencia de su valor nominal.

2) Un derecho a que de las utilidades se les destine, en primer

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