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Análisis de un caso a través del funcionamiento del Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA)


Enviado por   •  12 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  1.901 Palabras (8 Páginas)  •  28 Visitas

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Análisis de un caso a través del funcionamiento del Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA)

A lo largo del tiempo el ser humano se ha visto involucrado en diferentes situaciones problemáticas que lo han llevado a estructurar sistemas de regulación del comportamiento para evitar que las sociedades recaigan en una anarquía desoladora. Es aquí cuando el concepto de justicia toma protagonismo y se consolida como eje imprescindible de la sociedades con poder público. De este modo, se trae a colación varios elementos relevantes a tratar en este ensayo, tales como: el SPOA como un proceso por el cual se evoca y se conforma la justicia misma; su mención, su explicación y análisis de sus fases en relación con el caso extraído de Álvarez, Valencia y Parra expresado en el año 2012, la perspectiva del presente autor respecto al caso presentado por medio de la categorización del delito y la síntesis del manuscrito a través del recogimiento de la información expuesta de manera concluyente.

         Para empezar, es importante entender que el SPOA es, según Avella (2007), un nuevo procedimiento judicial utilizado para causas penales y por el cual se busca resolver hechos delictivos en el menor tiempo y con igualdad de las partes ante la ley. El SPOA se fundamenta sobre los principios de oralidad, contradicción, inmediación, concentración y publicidad explicados a continuación:

         El principio de oralidad refiere que las actuaciones ante los jueces correspondientes deben hacerse en viva voz, registrándose por medio de los sistemas de audio o audio y vídeo con el fin darle mayor agilidad y fidelidad a lo expuesto en cada juicio. Por su parte, el principio de contradicción refiere que cada parte tendrá derecho de conocer y debatir las pruebas, así como a intervenir en su construcción. El  principio de inmediación dicta que las únicas pruebas que se tendrán en cuenta son aquellas incorporadas de forma pública, oral y sujeta a confrontación frente al juez de conocimiento. El principio de concentración manifiesta por su lado, que la práctica de pruebas y el debate deberán realizarse de forma continua por el juez, al igual que este deberá colocar su atención a un solo asunto. Por último, el principio de publicidad dicta que la actuación procesal será pública en donde tendrán acceso los intervinientes, los medios de comunicación y la comunidad en general; exceptuando algunos casos donde por razones justificadas el juez determine hacer el proceso de manera privada (Avella, 2007).

Por otro lado, y con fines de hacer un recorrido breve por los elementos primordiales del suceso a analizar, se tienen los siguientes acontecimientos:

Dos hombres con armas cortopunzantes se encuentran dentro de una casa donde hay varios menores de edad, los sujetos pasivos del delito más afectados según el relato son dos niñas de 9 y 16 años quienes fueron abusadas sexualmente, amenazadas de muerte y golpeadas físicamente en las piernas por uno de los hombres, quien al verse acorralado por la policía manifestó ser tío de las niñas.

Ahora bien, ya expuestos y explicados los principios sobre los cuales se estructura el SPOA y narrado de forma sintetizada el caso que se desea analizar, es más pertinente abordar la esencia de este ensayo acerca del funcionamiento a través de  las fases o etapas del SPOA en relación con el caso presentado.

Las fases del proceso penal acusatorio son la indagación, la investigación, el juicio y la ejecución de penas (Avella, 2007). La indagación es la primera instancia del proceso y se centra en la recolección de información necesaria para corroborar sí hubo un delito. Por su parte, la investigación se enfoca en la obtención de evidencias físicas que determinen la existencia del hecho delictivo; aunque estas dos primeras etapas parecieran ser iguales, y de hecho la fase de indagación se concibe dentro de la etapa de investigación, se diferencian en cuanto a su instancia y por ende alcance para profundizar en el caso. Por último, el juicio apunta hacia la escucha, por parte de un juez, de todos los hechos de un caso, siendo sustentados en su mayoría por evidencias que le permitirán a este actor jurídico tomar la decisión final sobre lo sucedido (Avella, 2007). Siguiendo esta línea, una vez hecha la denuncia (mecanismo idóneo para este caso), querella, petición especial o cualquier otro medio, por parte de los sujetos interesados en iniciar un proceso jurídico frente a los delitos cometidos; donde el acceso carnal violento es el más evidente en este caso, se iniciará la etapa de indagación en donde la policía, recopilará información sobresaliente de la escena del crimen, tales como el cuchillo, recogimiento de la declaración de los niños y las niñas afectadas, y en sí, los aspectos generales del presunto ilícito. Una vez el caso llegue a manos de la FGN y unos de sus funcionarios (fiscal) se ponga al frente de la investigación, éste asumirá la coordinación y verificación de las actividades de la policía judicial y pondrá en uso del proceso los elementos materiales probatorios recopilados antes de cumplirse las 36 horas, para así iniciar de manera formal el proceso de imputación de cargos (Avella, 2007).

En esta fase de indagación se realizan diferentes tareas, entre las más destacadas se pueden identificar: la lectura de los derechos del sujeto activo del delito, la inspección de la escena del crimen para la obtención de elementos materiales probatorios, identificado de igual forma a los autores implicados en los hechos. Dentro de la siguiente instancia, el SPOA propone al juez de control de garantías como garante del cumplimiento de los derechos fundamentales de cada una de las partes implicadas, siendo en este caso, los niños, las niñas, el sujeto activo del delito y el otro sujeto activo cómplice. Frente a todos estos acontecimientos de la fase de indagación llega la etapa de defensa, la cual consiste en el otorgamiento de un abogado público o si el cliente lo puede pagar podrá acceder a uno de confianza o también conocido como abogado privado. En esta etapa recién mencionada, un abogado será el encargado/a de velar por el cumplimiento de la justicia a favor de las niñas cruelmente violentadas de forma sexual, y en su defecto, otro abogado se encargará de la rebaja de pena o nulidad de los cargos en favorabilidad del sujeto activo del delito (Avella, 2007).

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