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Temas De Derecho Mercantil

1953JOSEARMANDO29 de Octubre de 2013

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DERECHO MERCANTIL

8º. CUATRIMESTRE

AUTOEVALUACIÓN TEMA I

SUJETO Y ACTO DE COMERCIO

1. ¿Qué es el Derecho Mercantil?

El Derecho Mercantil es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.

El derecho mercantil es aquella parte del derecho privado que tiene por objeto principal, regular las relaciones jurídicas que dimanan del ejercicio del comercio. Se ocupa de las disposiciones administrativas, procesales, penales, etc., que por interés público rigen a la actividad comercial sólo en cuanto sirven para regular los intereses privados (César Vivante).

2. ¿Cuáles son las fuentes del Derecho Mercantil?

Llamamos fuentes del Derecho Mercantil a todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho.

Pueden ser fuentes del Derecho Mercantil:

• La ley: el Derecho Mercantil es Derecho Positivo, ergo se regula con disposiciones de carácter normativo. Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar analógicamente una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho común, que en este caso es el civil.

Ley mercantil.- Es de carácter federal y de aplicación en toda la republica, esta constituida en primer lugar por el código de comercio

• La costumbre: es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial. En el Derecho Mercantil cobran especial importancia los usos de comercio.

• La jurisprudencia: Es una interpretación de la ley (5 casos sobre un mismo asunto) y es realizada por los órganos jurisdiccionales. No es fuente del Derecho, tal y como establece el Código Civil, pero sirve de apoyo interpretativo. Dado el carácter profesional de los jueces y magistrados, la jurisprudencia es consensualmente considerada como la mayor fuente interpretativa del Derecho Positivo en caso de laguna, aunque formalmente no sea una fuente.

Jurisprudencia.- Es la interpretación que de las leyes mercantiles hacen los tribunales federales o en su caso los tribunales comunes, y que son repetidas en 5 casos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación es quien hace esta interpretación y se consulta en el semanario judicial de la federación.

3. ¿Cuáles son las normas Jurídicas que regulan el Derecho Mercantil?

A) Las normas jurídicas del Código de Comercio, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley de Concursos Mercantiles, Ley de Navegación y Comercio Marítimo, Ley de Seguros y Fianzas.

B) Tratados y convenios celebrados por México en materia mercantil.

C) El Derecho Común (contenido del Código Civil).

D) La Jurisprudencia, y

E) Los principios generales del derecho.

4. Defina el hecho, hecho Jurídico y Acto Jurídico

Hecho.- Acontecimiento o suceso que no produce efectos jurídicos.

Hecho jurídico.- Acontecimiento o suceso que produce efectos jurídicos sin que intervenga la voluntad del hombre.

Acto jurídico.- Acontecimiento en que interviene la voluntad del hombre para crear, modificar o extinguir una relación jurídica.

5. ¿Qué son los Actos de Comercio?

Atendiendo al criterio formal, el acto de comercio se define como todo acto jurídico que está calificado por la ley como mercantil.

Son todos aquellos actos que solo están regulados por el Código de Comercio o algunas de las leyes mercantiles especiales y no es posible encontrar disposición alguna relativa a estos actos en la legislación civil.

En términos generales existen dos formas de distinguir si un acto tiene o no carácter comercial: en primer término se consideran aquellas acciones indicadas por la legislación como actos eminentemente mercantiles, por ejemplo las operaciones de mediación de negocios mercantiles; y por otra parte, se atiende a la intención de lucro o especulación que deriva de la celebración de estos actos, por ejemplo la compra y venta de bienes inmuebles realizadas con propósito de especulación comercial. La distinción de los actos de comercio es importante pues la naturaleza de cada acto definirá el tipo de legislación aplicable (civil o mercantil) para regular su celebración y cumplimiento.

6. ¿Cuáles son los Actos de Comercio?

Artículo 75 del Código de Comercio.- La ley reputa actos de comercio:

I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;

II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;

VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;

IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

X. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;

XI.- Las empresas de espectáculos públicos;

XII.- Las operaciones de comisión mercantil;

XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

XIV.- Las operaciones de bancos;

XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

XVI.- Los contratos de seguros de toda especie;

XVII.- Los depósitos por causa de comercio;

XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;

XX.- Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;

XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;

XXII.- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;

XXIII.- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;

XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.

7. ¿Cómo se clasifican los Actos de Comercio?

De acuerdo a la clasificación de Roberto Mantilla Molina, los actos de comercio se pueden clasificar de la siguiente manera:

A) Actos absolutamente mercantiles, que son aquellos que están regulados únicamente por las leyes mercantiles.

B) Actos de mercantilidad condicionada, que son aquellos que están regulados por las leyes civiles y leyes mercantiles, pero el sujeto, objeto o el fin de dicho acto determina su mercantilidad, y

C) Actos unilateralmente mercantiles, que son aquellos que para una de las partes es un acto civil y para otra de las partes es mercantil, y que a pesar de esta situación, en caso de conflicto, este se tiene que resolver conforme a las leyes mercantiles.

Los actos de comercio se pueden clasificar en 4 grupos:

I.- Negocios relativos a mercancías y valores.

II.- Negocios relativos al trabajo.

III.- Negocios relativos al riesgo.

IV.- Negocios marítimos.

8. ¿Cuáles son los requisitos de los Actos de Comercio?

Actos

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