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EL PROCESO Y LOS PRINCIPIOS PROCESALES.


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  Tesis  •  5.673 Palabras (23 Páginas)  •  266 Visitas

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EL PROCESO Y LOS PRINCIPIOS PROCESALES. TEMA 7

I. CONCEPTO Y NATURALEZA.-

Se podría decir que el Proceso, es el instrumento con que cuenta la jurisdicción, para resolver de forma definitiva e irrevocable, los conflictos intersubjetivos como sociales, que se someten a su conocimiento.

La diferencia entre arbitraje y proceso, aún siendo los dos métodos heterocompositivos, es que el arbitraje, nace como resultado de un previo negocio jurídico, acuerdo o contrato, en virtud del cual, las partes, deciden someterse a la decisión del árbitro. Sin embargo, el proceso NO es el procedimiento de un acuerdo de voluntades, sino que deviene del oficio de naturaleza jdco-pblca, que ejercita el juez. No sólo van a ser diferentes por la causa por la que responden, también, lo veremos desde el punto de vista del estatuto jurídico y del objeto de uno y otro. De hecho, el arbitraje, sólo es posible, para dirimir conflictos de naturaleza privada (o carácter disponible), es decir aquellos, respecto de los cuales, las partes podrán disponer libremente. Pero en el proceso, nos encontramos que, no sólo se podrá resolver este tipo de conflictos privados o disponibles, sino que también se resolverán conflictos de carácter público.

DEFINICIÓN DE PROCESO.-

Conjunto de derechos constitucionales, de incidencia procesal, posibilidades, obligaciones y cargas, que asisten a los sujetos procesales, como consecuencia, del ejercicio del derecho de acción, y de la interposición de la pretensión, que originan la aparición de situaciones procesales, informadas por el Principio de Contradicción, desde las que las partes, examinan sus expectativas de una sentencia favorable, que ponga fín al proceso, mediante la satisfacción definitiva, de sus respectivas pretensiones y resistencias.

Esta definición, describe todo lo que encontraremos en el proceso. Produciéndose una fusión de todo lo que se ha entendido como proceso, viendo como se aglutinan en ella, las distintas perspectivas, que las distintas teorías del proceso aportaron.

ELEMENTOS DEL PROCESO.-

Podremos encontrar 3 elementos:

Subjetivos (o sujetos) -estático-: Se deberá entender referido, no sólo a los sujetos parciales (partes: demandante o actor, frente a de-mandado), también lo va a integrar el sujeto imparcial -el juzgador-, e incluso encontraremos que, en el proceso, podrán intervenir otras personas distintas a las partes o al órgano judicial, ajenos a la relación jurídico-procesal.

Objetivos (u objeto) -estático-: Es la pretensión, en la que distinguimos lo que se pide y la causa de lo que se pide.

Funcional (o dinámico): Es el procedimiento, concepto que es distinto del proceso, ya que éste es una realidad más amplia.

El procedimiento, es más estricto y se define como el conjunto de actos, ligados entre sí, donde cada uno de esos actos, es consecuencia del anterior y causa del siguiente. El uso de un procedimiento, en concreto, obedecerá a causas legalmente determinadas

El proceso, nace del ejercicio de la acción, aunque formalmente, el instrumento sea la demanda. El art 24 CE, consagra un proceso con todas las garantías. Para que el proceso cumpla su finalidad, nuestro ordenamiento jdco, establecerá la obligación del cumplimiento de las sentencias y demás resoluciones firmes, que dicten los Jueces y Tbnales, así como la obligación de colaborar con la Admón de Justicia, en los términos que la ley establece (art 118 CE).

NATURALEZA JURÍDICA DEL PROCESO :

La evolución de las distintas teorías sobre ésto, van ligadas al nacimiento y fortalecimiento del Estado. Para la eficacia del sistema jurisdiccional, es necesario que el monopolio a la hora de solucionar conflictos, se encuentre en manos de órganos especialmente creados al efecto, siendo ésto lo que dota de legitimación al ejercicio de la jurisdicción.

EVOLUCIÓN DE LAS TEORÍAS :

TEORÍAS/DOCTRINAS ROMANISTAS (remontándonos al Dº Romano)

ÉPOCA

CONTENIDO

PROCESO COMO CONTRATO

ALTA REPÚBLICA

Se considera así porque realmente, la relación jurídico-procesal, se establecía en virtud de un contrato, ya que se tenía que recurrir al contrato para justificar el proceso, debido a la debilidad del Poder, y su imposibilidad de detentar el monopolio de la fuerza.

En ésta época, encontramos que a la hora de hablar del proce-so , se hará referencia a la existencia de una etapa, la llamada etapa “Apud Iudicem”, donde se formalizaba el contrato de “litis contestatio”, por el que las partes, acordaban someterse a la decisión de un juez (para solucionar sus conflictos), que era el Pretor.

Sin ese contrato, el Pretor NO tenía autoridad para resolver conflictos, por lo que eran las partes las que conferían autoridad al Pretor, por medio de ese contrato. Siendo ese contrato la causa que legitimaba, la autoridad de cosa juzgada, que tenían las decisiones del Pretor (no venían dada por ley).

PROCESO COMO CUASI-

CONTRATO

IMPERIO

El advenimiento del Imperio, empieza a fortalecer el Poder Político, de forma que si antes era necesario,

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