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El impuesto sobre la renta


Enviado por   •  22 de Abril de 2023  •  Informes  •  1.260 Palabras (6 Páginas)  •  35 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO

UNIDAD CURRICULAR: IMPUESTO SOBRE LA RENTA II

PROYECTO DE CARRERA: CIENCIAS FISCALES

SECCIÓN 1

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Facilitador:

Bachilleres:

Prof. Esp. Héctor Ruiz

Figuera Marlenis

García Marlyn

Giminiani Mónica

Hernández Gabriela

López Oswaldo

Puerto Ordaz, mayo del 2022

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Es un impuesto obligatorio para las personas naturales y jurídicas, residentes o domiciliadas, que obtengan enriquecimientos anuales, netos y disponibles bien sea en dinero o especies siempre que estos ocurran dentro del país.

El sistema de impuesto sobre la renta en Venezuela tiene su base en la forma mundial, a una tasa progresiva que oscila entre el 6% y el 34%. La retención del impuesto sobre la renta aplica a algunas actividades gravables (servicios).

Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado.

EL HECHO IMPONIBLE

El hecho que genera la obligación de declarar y pagar el ISLR es la obtención de ganancias anuales, netos y disponibles en dinero o especies.

Está regulado en el artículo 20 de la Ley General Tributaria, que dice que el hecho imponible «es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal». Es decir, el hecho que genera la obligación de pagar un impuesto.

EL ENRIQUECIMIENTO

Es el total de ganancias brutas que percibe el contribuyente.

Es el proceso por el cual una persona incrementa su patrimonio. Es decir, se refiere al incremento de dinero y/o bienes materiales. Es decir, el enriquecimiento se da cuando un individuo aumenta sus propiedades o su capital.

ENRIQUECIMIENTO NETO

Para efectos del ISLR el enriquecimiento neto es el resultado de la totalidad de los ingresos brutos percibidos por el contribuyente menos los costos provenientes de los productos enajenados y servicios prestados en el país.

Según la LISLR (2015) en su art. 4, se considera enriquecimiento neto los aumentos de patrimonio que se derivan después de restar de los ingresos brutos, los costos y las deducciones permitidas por la ley.

De forma más específica, en su art. 31 indica como enriquecimiento neto toda contraprestación o utilidad, que resulta de la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, distintas de viáticos y bono de alimentación. También, se consideran los intereses provenientes de préstamos y otros créditos concedidos por instituciones financieras constituidas en el exterior y no domiciliadas en el país.

DETERMINACIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO NETO

La determinación del enriquecimiento neto varía de acuerdo al tipo de persona (natural o jurídica).

En el caso de las personas naturales residentes, esta debe considerar su renta global, en otras palabras, las obtenidas tanto dentro del país como fuera del mismo; las personas naturales no residentes sólo considerarán sus rentas causadas en Venezuela.

Dicho anteriormente, este se obtiene restando de los ingresos brutos (beneficios monetarios obtenidos por cualquier actividad realizada), los costos y las deducciones emitidas por la ley.

Por otra parte, las personas jurídicas deben determinar la renta neta mundial gravable, para ello deben sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de fuente extraterritorial.

El monto de venta de bienes y servicios en general, así como lo percibido por concepto de cualquier actividad económica percibidos por el contribuyente durante el periodo gravable Menos los costos provenientes de los productos enajenados y servicios prestados en el país

Enriquecimiento neto = ingresos brutos – (costos + deducciones)

TIPOS DE ENRIQUECIMIENTO

Enriquecimientos netos: fuentes territoriales, son los que provienen de actividades que se realizan en Venezuela siempre y cuando una de las causas que lo originan suceda dentro del territorio.

Enriquecimientos netos: disponibilidad territorial, se refiere a que la persona titular de un enriquecimiento puede disponer del mismo, pero este se grava en el país independientemente de la nacionalidad o domicilio del titular.

Enriquecimiento anual: es el obtenido dentro del lapso de doce meses calendario, que constituye el ejercicio fiscal del contribuyente.

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