ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ministerios: Vivienda, Desarrollo Social E Inclusión Social, Cultura


Enviado por   •  1 de Agosto de 2013  •  4.945 Palabras (20 Páginas)  •  445 Visitas

Página 1 de 20

MINISTERIOS: VIVIENDA, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL, CULTURA.

ADMINISTRACION PÚBLICA.

03/06/2013

TORRES GARCIA, DIEGO

Dedicatoria:

El presente trabajo está dedicado únicamente al ser más poderoso y el único que puede hacer que muchos actos negativos que surgen en nuestra administración pública, puedan remendarse para bien de la población en general.

¿QUE ES EL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL?

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) es un organismo del Poder Ejecutivo cuyo objetivo principal es mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y al desarrollo de sus propias capacidades. El MIDIS coordina y articula con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil, fomentando que los programas sociales consigan sus metas lográndolo a través de una constante evaluación, potenciación, capacitación y trabajo coordinado entre sus gestores.

CREACIÓN.

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social fue creado por la Ley Nº 29792 el 20 de Octubre de 2011. La juramentación de su primera Ministra se llevó a cabo en la ciudad del Cusco el 21 de Octubre del mismo año.

MISIÓN.

El MIDIS es el organismo rector de las políticas nacionales que promueven el Desarrollo y la Inclusión Social. Su misión es garantizar que las políticas y programas sociales de los diferentes sectores y niveles de gobierno actúen de manera coordinada y articulada para cerrar las brechas de acceso a servicios públicos universales de calidad y de acceso a las oportunidades que abre el crecimiento económico. El MIDIS nace para cambiar la inercia, la fragmentación y la desarticulación del Estado Peruano frente a la pobreza y la exclusión social y para concertar acciones conjuntas en los diferentes territorios del país, hacer seguimiento del cumplimiento de los acuerdos, evaluar los impactos que se generan y provocar aprendizajes conjuntos de manera de marcar el rumbo del Estado hacia un eficaz combate contra la pobreza.

VISIÓN.

El Perú ha erradicado la pobreza extrema y la desnutrición crónica infantil, y las niñas y niños de todo el territorio nacional reciben servicios universales de salud y educación de calidad. Por ello, el Perú celebra sus 200 años de Independencia habiendo quebrado la histórica transmisión intergeneracional de la pobreza y la exclusión social.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL.

El reglamento de organización y funciones del MIDIS consta de cuatro títulos y 55 artículos que definen sus funciones, la estructura y funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, las relaciones interinstitucionales y el régimen laboral del Sector.

Considera el Despacho Ministerial, dos Despachos Viceministeriales, uno de Políticas y Evaluación Social que tendrá a su cargo la Dirección General de Políticas y Estrategias, la de Seguimiento y Evaluación; y la de Gestión de Usuarios encargada del padrón de usuarios de los programas sociales.

El otro es el Viceministerio de Prestaciones Sociales con la Dirección General de Descentralización y Coordinación, encargada de ver los temas de articulación de los programas sociales y la Dirección General de Calidad.

Asimismo, órganos de control institucional, de defensa jurídica, de comisiones consultivas, de administración interna y órganos de línea.

DESPACHO MINISTERIAL.

El Despacho Ministerial está a cargo de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Sra. Carolina Trivelli Avila, Máster en Economía Agraria por la Pennsylvania State University y Bachiller en Ciencias Sociales con mención en Economía de la Pontificia Universidad Católica del Perú. La Sra. Trivelli es la máxima autoridad política del sector Desarrollo e Inclusión Social, ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social encargándose de la conducción de las políticas nacionales y sectoriales de su competencia y del dictado de lineamientos y directivas en materia de desarrollo e inclusión social, en armonía con las disposiciones constitucionales y la política general de Gobierno. Ejerce la dirección y coordinación central del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social y supervisa las actividades de las entidades públicas bajo su ámbito de competencia.

DESPACHOS VICEMINISTERIALES.

Los Despachos Viceministeriales están a cargo del Viceministro de Políticas y Evaluación Social y del Viceministro de Prestaciones Sociales, quienes son las autoridades inmediatas a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y dirigen y coordinan, por encargo de ésta, la formulación, ejecución y supervisión de las políticas y las materias bajo su competencia, y realizan la coordinación con todos los niveles de gobierno y la articulación de los programas sociales en el ámbito de su competencia, de conformidad con la respectiva política sectorial.

A los Viceministros les corresponde conducir, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, la aplicación de las políticas sectoriales y la dirección de las actividades de los órganos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como de los programas y proyectos que estén dentro del ámbito de su competencia. Son responsables de los Despachos Viceministeriales a su cargo.

DESPACHO VICEMINISTERIAL DE POLÍTICAS Y EVALUACIÓN SOCIAL.

El Viceministro de Políticas y Evaluación Social, Sr. Juan Pablo Silva Macher, es Bachiller en Ciencias Sociales con mención en Economía de la Pontificia Universidad Católica del Perú con una Maestría en Administración Pública de la Escuela de Relaciones Públicas e Internacionales (School of International and Public Affairs - SIPA), Programa de Gestión de Políticas Económicas (Program in Economic Policy Management – PEPM), Columbia University, Nueva York. El Viceministro es la autoridad inmediata a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en los asuntos de su competencia. Entre otras funciones diseña y gestiona los sistemas de identificación y selección de usuarios, así como evalúa la efectividad de los programas y proyectos sociales.

DESPACHO VICEMINISTERIAL DE PRESTACIONES SOCIALES.

El Viceministro de Prestaciones Sociales, Sr. Jorge Ernesto Arrunátegui Gadea, es Bachiller en Ciencias Sociales con mención en Economía por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con maestrías en Administración Pública y Relaciones Internacionales por la Universidad de Syracuse, Nueva York, y en Salud, Población y Sociedad por la London School of Economics and Political Science. El Viceministro es la autoridad inmediata a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en los asuntos de su competencia. Entre otras funciones, supervisa, hace seguimiento y dirige las políticas relativas a las prestaciones sociales en coordinación con las entidades a cargo de los programas.

FUNCIONES:

Las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) son las siguientes:

• Ejercer la rectoría de las políticas de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental, dentro del marco del proceso de descentralización y en el ámbito de su competencia.

• Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales.

• Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la gestión de los recursos del Sector, la asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia.

• Supervisar, monitorear y evaluar el adecuado cumplimiento de las normas y lineamientos técnicos en materia de desarrollo e inclusión social, así como ejercer la potestad sancionadora dentro del ámbito de su competencia.

• Articular las actividades que desarrollan las distintas entidades de los tres niveles de gobierno en cumplimiento de las políticas en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad.

• Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación respecto del desempeño y logros alcanzados por las políticas, planes y programas en materia de desarrollo e inclusión social, en los niveles nacional, regional y local, así como la toma de las medidas correspondiente.

• Diseñar, conducir y supervisar los sistemas funcionales en el ámbito de desarrollo e inclusión social asegurando el cumplimiento de las políticas públicas nacionales y sectoriales de acuerdo a las normas de la materia.

• Ser el ente rector del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS).

MOTIVOS POR EL CUAL EXISTE EL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL.

Si bien en años recientes la economía ha crecido y el sector público ha destinado mayores recursos para solucionar los problemas de la agenda social, persisten aún asuntos por resolver.

Para hacer más efectiva la acción pública en materia social y atender las tareas pendientes, las políticas sociales deben:

• Tener objetivos claros: los y las ciudadanas.

• Tener conocimiento pleno de nuestros usuarios; rurales, dispersos, aquellos que tienen proyectos o iniciativas.

• Poner en práctica estrategias específicas para cada grupo social que debemos atender.

• Ofrecer servicios y productos de calidad: los de siempre y nuevos.

• Usar mecanismos innovadores: por ejemplo incentivos por metas cumplidas.

• Evaluar, aprender, adaptarnos: adoptar mejores prácticas y dejar de hacer lo que sabemos no ha resultado.

PRINCIPALES TAREAS:

• Igualdad de Oportunidades. Lograr que los hogares en pobreza extrema, o vulnerables, accedan a los servicios públicos universales ejerciendo así sus derechos y su ciudadanía plenamente a través de los programas de alivio temporales y focalizados.

• Fomentar capacidades para aprovechar oportunidades. Contribuir a que los usuarios de programas sociales logren estrategias sostenidas de generación de ingresos, seguridad alimentaria, reducción de vulnerabilidad y empleo que les permita — en el mediano plazo — superar su condición de pobreza y vulnerabilidad a través de la articulación de programas de alivio con programas promotores.

¿COMO SABREMOS QUE VAMOS POR EL CAMINO CORRECTO?

• Si los programas adscritos se han alineado a la política global del MIDIS.

• Cuando cada uno de los programas mejore su desempeño:

o Se reduzcan las filtraciones, es decir, que sólo reciban el servicio aquellos que realmente lo necesitan.

o Se disminuya la sub cobertura, es decir, que todos aquellos que viven en zonas priorizadas por los diferentes programas, y que requieran de atención, la reciban.

o Cuando cumplamos estándares de calidad en la provisión de los servicios.

o Cuando los programas logren el impacto deseado: por ejemplo, ayuden a disminuir la desnutrición crónica infantil, mejoren la salud de las madres gestantes, mejoren las condiciones para que los niños aprendan en el colegio.

• Cuando atendamos de manera integrada a los distritos priorizados, en particular a los rurales.

• Cuando los programas de alivio temporal trabajen con programas promotores del desarrollo y se articulen con iniciativas de gobiernos sub nacionales para dinamizar las economías locales.

• Cuando se logre reducir la pobreza en aquellos distritos con mayores condiciones para el desarrollo local.

• Cuando usuarios del Programa Juntos ya no necesiten del programa porque han alcanzado condiciones mínimas de autonomía.

• Cuando disminuya la brecha entre el 20% más pobre y el 20% más rico, aumentando las capacidades de los más pobres.

ESTRUCTURA ORGANICA:

MINISTERIO DE CULTURA

PRESENTACION:

El Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gestión en todo el territorio nacional. Fue creado mediante Ley Nº 29565, suscrita por el Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez del 21 de julio de 2010.Las áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado son las siguientes: a) Patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; b) Creación cultural contemporánea y artes vivas; c) Gestión cultural e industrias culturales; y d) Pluralidad étnica y cultural de la Nación.

La estructura orgánica básica del Ministerio está conformada por la Alta Dirección, integrada por el Ministro, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Viceministro de Interculturalidad y el Secretario General.

Asimismo, el Ministerio cuenta con organismos adscritos que son los siguientes:

a) Biblioteca Nacional del Perú.

b) Archivo General de la Nación.

c) Academia Mayor de la Lengua Quechua.

d) Gran Teatro Nacional.

Adicionalmente, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, se aprobó la fusión de las siguientes entidades y órganos:

e) Consejo Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura – PROMOLIBRO

f) Consejo Nacional de Cinematografía – CONACINE

g) Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan

h) Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque

i) Unidad Ejecutora Marcahuamachuco

A partir del 01 de octubre del 2010, la estructura orgánica del Instituto Nacional de Cultura (INC) pasó a convertirse en la estructura del Ministerio de Cultura, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC.

De esta manera, el Ministerio de Cultura ha sentado sus bases en la institución que durante casi cuatro décadas ha sido el ente rector de la cultura en el país: el Instituto Nacional de Cultura, elevando el nivel de gestión gubernamental de la cultura.

Esta medida es de gran trascendencia para el sector cultural del país y coloca al Perú al nivel de los países más avanzados de la región y del mundo en materia de cultura.

FUNCIONES:

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE PATRIMINIO ARQUEOLÓGICO

El patrimonio arqueológico es parte integrante de nuestro abundante y variado patrimonio cultural. Lo conforman todos aquellos bienes culturales muebles (que pueden ser trasladados de un lugar a otro: ceramios, textiles, artefactos líticos y de madera, material óseo, etc.) e inmuebles (que no pueden trasladarse: templos, palacios, centros urbanos, cementerios, andenes, canales de riego, caminos, etc.) producidos por nuestros antepasados, en la época prehispánica.

La Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura se encarga de conservar, restaurar y poner en valor el Patrimonio Arqueológico Inmueble. También propone los sitios y monumentos arqueológicos prehispánicos que deberían ser considerados como Patrimonio Cultural de la Nación.

En razón a la diversidad geográfica del territorio peruano, se encuentran evidencias de Patrimonio Arqueológico Inmueble a lo largo de valles costeños e interandinos, desiertos, cerros, punas, selvas, muchas veces coexistiendo con las poblaciones actuales en los centros urbanos (ciudades) y rurales (el campo).

Para fines de estudio y conservación nuestro Patrimonio Arqueológico Inmueble se clasifica en:

Zonas arqueológicas monumentales: Son los conjuntos arqueológicos cuya magnitud los hace susceptibles de trato especial en lo que ha investigación se refiere. Su fisionomía debe conservarse por las siguientes razones:

- Poseer un valor urbanístico de conjunto.

- Poseer un valor documental, histórico-artístico y/o un carácter singular.

- Contener monumentos y/o ambientes urbano-monumentales.

Sitios arqueológicos: Todo lugar con evidencias de actividad social con presencia de elementos y contextos de carácter arqueológico-histórico, tanto en la superficie como subyacentes.

Zonas de reserva arqueológica: Son aquellos lugares que por haber sido investigados intensivamente deben reservarse para el futuro, en tanto se desarrollen nuevas técnicas de investigación.

Elementos arqueológicos aislados: son los restos de actividad humana de época prehispánica que, por situaciones culturales o sociales, se manifiestan en la actualidad de manera aislada o descontextualizada.

Paisaje cultural arqueológico: son las áreas producidas por la mano del hombre o por la combinación de la misma con la naturaleza que tengan un destacado valor desde los puntos de vista arqueológico, histórico, estético, etnológico o antropológico. Se consideran como tales la infraestructura agraria, es decir, andenes, terrazas, canales y afines; así como las redes viales, los campos de geo glifos y/o petroglifos.

Objetivo final: la puesta en valor

Las zonas arqueológicas se recuperan con el fin de ponerlas en valor. Es decir, darles un uso social, que puedan ser apreciadas y disfrutadas por todos. Cercadas, señalizadas, iluminadas, declaradas y delimitadas. Al proteger estas fuentes de orgullo y conocimiento ancestral estamos convirtiendo los monumentos arqueológicos en atractivos arqueológicos.

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE PATRIMINIO HISTÓRICO.

El patrimonio histórico de nuestro país está conformado por el patrimonio mueble e inmueble de las épocas colonial y republicana que forman parte del patrimonio cultural de la Nación.

Patrimonio histórico mueble

El patrimonio mueble está conformado por todos los bienes que puedan ser transportados de un lugar a otro (artefactos, utensilios, materiales artísticos y todo tipo de objetos de uso militar, litúrgico o doméstico).

Patrimonio histórico inmueble

De acuerdo con la Ley 28296, el patrimonio inmueble “comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros históricos y demás construcciones y evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales (…)”.

Estos bienes están ligados a la memoria colectiva, tradiciones y costumbres de los pueblos y constituyen el marco en que estas se reproducen

El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Patrimonio Histórico, Colonial y Republicano, se encarga de su identificación, registro y estudio, así como de su preservación, conservación, puesta en valor y uso social. También se encarga de los planes de manejo de los centros históricos y del patrimonio cultural de la humanidad vinculado a estos.

Patrimonio edificado de las épocas colonial y republicana

El patrimonio material inmueble colonial y republicano comprende edificaciones de carácter religioso, como templos, capillas, conventos; construcciones civiles de uso doméstico como casonas, ranchos y haciendas; de carácter público como cabildos, escuelas, puentes, mercados, hospitales, hospicios; de carácter industrial como fábricas, minas, transformadoras; de carácter militar como fortalezas, murallas, bastiones, recintos defensivos, entre otros; las calles y alamedas constituyen ambientes urbanos monumentales, todos ellos trazados y edificados a partir de 1532 luego de producida la conquista del territorio por los españoles, hasta el presente.

El valor testimonial del patrimonio colonial y republicano y la necesidad de su preservación

El Patrimonio Histórico edificado es la expresión palpable de los diferentes periodos de nuestro pasando posteriores al prehispánico, por los que nuestro país ha transitado a lo largo de casi cinco siglos.

La tipología arquitectónica, material y técnicas constructivas, así como la ornamentación de un inmueble histórico entre otros aspectos, nos informan sobre la época en que fue construido.

Al observar los detalles y composición de una fachada o las características de la estructura, podemos darnos una idea del tiempo que demandó su edificación y la determinación de todas las personas que intervinieron en ello. Los espacios nos hablan del modo de vida y los usos y costumbres de aquella época. Nos refiere de quienes lo proyectaron y de quienes lo habitaron, de las personas que al igual que nosotros, formaron parte de esa ciudad y que hoy son parte de nuestra historia.

Los monumentos históricos declarados por el Ministerio de Cultura o que estén en “presunción” de serlo por sus valores históricos, arquitectónicos o urbanísticos son protegidos por el Estado, no pueden ser alterados, modificados o subdivididos de forma arbitraria, ni demolidos, ya que se atentaría contra su integridad, afectando a la vez el contexto urbano monumental en el que se encuentra y transgrediendo el entorno. Cualquier intervención sobre estos bienes requiere contar con la autorización del Ministerio de Cultura. 

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE PATRIMINIO INMATERIAL

Manifestaciones como el folclor, el arte popular, las tradiciones orales, la gastronomía, las ceremonias, las costumbres mágico-religiosas, las leyendas, las fiestas populares, la medicina tradicional, los saberes, las formas de organización social para la producción, el manejo de tecnologías y las lenguas, forman parte de nuestro gran patrimonio cultural inmaterial.

Este patrimonio, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos, en función de su entorno, su interacción con la naturaleza, con su historia y con otros grupos humanos, lo que les infunde un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.

La Dirección de Patrimonio Inmaterial, órgano de línea del Ministerio de Cultura, investiga y difunde las principales manifestaciones que forman parte del patrimonio cultural inmaterial del país.

Patrimonio Cultural Inmaterial

La Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación (Ley Nº 28296) establece los alcances del patrimonio cultural inmaterial:

"Integran el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y el conocimiento tradicinal, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural. (Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación Nº 28296, año 2004 Título I, Capítulo I, Art. 1º, Numeral 2, "Bienes inmateriales").

En el Reglamento de la Ley Nº 28296 (Artículo 86º) se cita varios ámbitos y clases posibles de patrimonio inmaterial, lo que ha sido ratificado por el Ministerio de Cultura (Directiva Nº 001-2011/MC).

• Lenguas y tradiciones orales.

• Fiestas y celebraciones rituales.

• Música y danzas.

• Expresiones artísticas plásticas: arte y artesanías.

• Constumbres y normativas tradicionales.

• Prácticas y tecnologías productivas.

• Conocimientos, saberes y prácticas como la medicina tradiconal y la gastronomía.

• Los espacios culturales de representación o realización de prácticas culturales.

• Salvaguardia.

• Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo.

PATRIMONIO CULTURAL/ PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD/ PRESENTACIÓN

El Perú posee innumerables manifestaciones culturales, materiales o inmateriales, de importancia, valor y significado histórico, social, antropológico, artístico, religioso, tecnológico y científico; que son consideradas Patrimonio Cultural de la Nación.

Cuando estas manifestaciones integrantes de nuestro patrimonio cultural poseen cualidades y rasgos destacados, con un Valor Universal Excepcional, son considerados Patrimonio de la Humanidad por el Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO.

Lo que hace que el concepto de Patrimonio Mundial sea excepcional es su aplicación universal. Esto significa que los sitios del Patrimonio Mundial constituyen un patrimonio universal, es decir, perteneciente a todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en donde estén localizados y sin perjuicio de la soberanía de los países y de los derechos previstos en sus legislaciones nacionales. La comunidad internacional entera tiene el deber de cooperar en su protección y salvaguarda. (Convención de Patrimonio Mundial, Art. 5).

¿Por qué es importante incluir a los sitios como parte del “Patrimonio Mundial”?

Es importante debido a las siguientes razones:

• Por representar un conjunto de ejemplos destacados de la diversidad y riqueza cultural y natural del mundo. Los bienes de valor universal son de interés excepcional de los Estados Parte de la Convención de Patrimonio Mundial y compromete el esfuerzo de la colectividad nacional e internacional por su preservación y salvaguarda para las generaciones presentes y futuras. Por tanto, los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial gozan de protección y ayuda internacional, tanto con recursos financieros, como intelectuales.

• Acceso al Fondo del Patrimonio Mundial para ayudar al Estado Parte en la identificación, preservación y promoción de los bienes del Patrimonio Mundial y para los casos de emergencia por catástrofes naturales o por el hombre. Es particularmente importante para la asistencia a los sitios inscritos en la Lista del Peligro.

• Mayor accesibilidad a las diversas fuentes de cooperación técnica y asistencia financiera internacional para el desarrollo de proyectos y la conservación del Patrimonio Mundial.

• Promueve una mayor sensibilización de la comunidad nacional e internacional a favor del patrimonio y de sus valores excepcionales lo que contribuye a incrementar el interés y las actividades turísticas, así como el desarrollo humano y la economía local.

Patrimonio Nacional

La norma que define qué es Patrimonio Cultural es la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (publicada el 22.07.04) y su Reglamento (Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, publicada el 01.06.06).

El Artículo II de la Ley Nº 28296, define lo siguiente:

Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación toda manifestación del quehacer humano – material o inmaterial – que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente ley.

Respecto a los bienes peruanos declarados Patrimonio de la Humanidad, no existen normas legales nacionales específicas que regulen su uso, a excepción de la Convención del Patrimonio Mundial y de documentos de gestión propios para cada sitio, tales como Planes Maestros, Planes de Manejo, Planes de Uso Público, entre otros, los cuales deben ser aprobados por el Ministerio de Cultura (patrimonio cultural), el INRENA (patrimonio natural) o ambos (patrimonio mixto cultural y natural) mediante las resoluciones directorales correspondientes. Toda actividad humana que se realice al interior de un sitio declarado Patrimonio Mundial, debe seguir los parámetros definidos por su respectivo Plan Maestro o Plan de Manejo, los cuales deben ir dirigidos a conservar el Valor Universal Excepcional del sitio, así como su autenticidad e integridad.

Patrimonio Mundial y Patrimonio Nacional

El Patrimonio Mundial se distingue por su Valor Universal Excepcional, que “significa una importancia cultural y/o natural tan extraordinaria que trasciende las fronteras nacionales y cobra importancia para las presentes y futuras generaciones. Por tanto, la protección de este patrimonio es de capital importancia para el conjunto de la humanidad entera”. (Directrices Prácticas, Art.49).

De acuerdo a este concepto, los sitios del Patrimonio Mundial son seleccionados e inscritos por sus cualidades sobresalientes, únicas e irremplazables, como los ejemplos mas destacados del patrimonio cultural y natural del mundo.

La diferencia entre el patrimonio nacional y el patrimonio mundial radica en el Valor Universal Excepcional de este último. Estos valores se identifican en base a las cualidades de un bien cultural o natural como casos únicos, singulares o los mejores ejemplos del patrimonio de un país. La excepcionalidad del Patrimonio Mundial es su aplicación universal, por tanto, los sitios del Patrimonio Mundial pertenecen a todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en donde se encuentren.

El Perú, al haber suscrito y ratificado la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de UNESCO, asumió indefectiblemente una responsabilidad de rango internacional, que eleva la norma a Ley Nacional, y se encuentra obligado a dar cumplimiento a las Convenciones, Normas, Declaraciones y Recomendaciones que emiten los órganos internacionales relacionados con la protección, conservación, gestión y promoción de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

Lista de Patrimonio Mundial

Para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, los bienes deben tener un Valor Universal Excepcional y cumplir, por lo menos, con uno de los diez criterios de selección establecidos en la Convención.

Criterios de selección:

a. Representar una obra de arte del genio creador humano.

b. Atestiguar un intercambio de influencias considerable, durante un período concreto o en un área cultural o determinada, en los ámbitos de la arquitectura o la tecnología, las artes monumentales, la planificación urbana o la creación de paisajes.

c. Aportar un testimonio único, o al menos excepcional, sobre una tradición cultural o una civilización viva o desaparecida.

d. Constituir un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre uno o varios períodos significativos de la historia humana.

e. Ser un ejemplo eminente de formas tradicionales de asentamiento humano o de utilización tradicional de las tierras o del mar, representativas de una cultura (o de culturas), o de la interacción entre el hombre y su entorno natural, especialmente cuando son vulnerables debido a mutaciones irreversibles.

f. Estar directa o materialmente asociado con acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan un significado universal excepcional. (El Comité considera que este criterio debería ser utilizado preferiblemente de manera concomitante con otros criterios).

g. Ser ejemplos eminentemente representativos de las grandes fases de la historia de la tierra, incluido el testimonio de la vida, de procesos geológicos en curso en la evolución de las formas terrestres o de elementos geomorfológicos o fisiológicos de mucha significación.

h. Ser ejemplos eminentemente representativos de procesos ecológicos y biológicos en curso en la evolución y el desarrollo de los ecosistemas y en las comunidades de plantas y animales, terrestres, acuáticos, costeros y marinos.

i. Contener los hábitats naturales más representativos y más importantes para la conservación in situ de la diversidad biológica, comprendidos aquellos en los que sobreviven especies amenazadas que tienen valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia o de la conservación.

MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO.

FUNCIONES:

Entre las principales funciones tenemos:

• Diseñar y proponer la Política General de Ordenamiento Territorial y desarrollo urbano en apoyo al Sistema Urbano-Territorial Nacional.

• Supervisar la elaboración y proponer los Planes e Instrumentos de Gestión en materia de Urbanismo.

• Proponer y evaluar los instrumentos normativos en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.

• Proponer y actualizar las metodologías, procedimientos y normas técnicas para la elaboración de los planos básicos arancelarios y los listados de los valores oficiales de los terrenos urbanos y rústicos de la República.

• Evaluar y proponer la actualización del Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú.

• Proponer la normativa con respecto a los procesos de valuaciones de bienes muebles e inmuebles.

• Proponer el marco institucional en ordenamiento territorial y Desarrollo Urbano.

• Promover y coordinar estudios e investigaciones que faciliten las intervenciones y actuaciones Urbano-Territoriales.

• Promover la dotación de equipamiento e infraestructura urbana, la recuperación de espacios urbanos y rurales marginales, subutilizados, deteriorados, tugurizados o en situación de riesgo.

• Promover el crecimiento sostenible de los centros poblados, facilitando el acceso formal al suelo.

• Promover la inversión Pública y Privada en ordenamiento territorial y el desarrollo Urbano.

• Promover la política de urbanismo a nivel de Gobiernos Regionales y Locales.

• Promover la asistencia técnica en temas de su competencia. m.- Proponer las fuentes de financiamiento y cooperación nacional e internacional.

• Emitir opinión y absolver consultas sobre asuntos de su competencia.

• Emitir las resoluciones y actos administrativos correspondientes al ámbito de su competencia.

• Las demás funciones que le asigne el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo en materia de su competencia.

Objetivos

Objetivo General:

• Orientar y promover el cumplimiento de las actividades, programas y proyectos en orden al fortalecimiento del sistema urbano-territorial nacional, priorizando la atención a los sectores sociales de menores recursos, fortaleciendo los procesos de descentralización y promoviendo la eficiencia y eficacia en la gestión local y regional; en el marco de las políticas sectoriales.

Objetivos Específicos:

• Desarrollar y consolidar el sistema urbano-territorial, mediante la formulación, aplicación y seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo Urbano.

• Atención prioritaria a los sectores de menores recursos a través de la ejecución de proyectos: Mi Barrio, La Calle de Mi Barrio, Mejorando Mi Pueblo.

• Proporcionar asistencia técnica y capacitación en materia de planeamiento estratégico, gestión por resultados y desarrollo de capacidades competitivas a los gobiernos locales y regionales

...

Descargar como  txt (34.6 Kb)  
Leer 19 páginas más »
txt