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Sujeto del Derecho Internacional


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2014  •  Informes  •  861 Palabras (4 Páginas)  •  256 Visitas

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Sujeto del Derecho Internacional son aquellas personas cuyo comportamiento regula directa mente el orden jurídico internacional.

los sujetos de Derecho internacional son los Estados, las organizaciones internacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo –persona física como sujeto pasivo del Derecho internacional, es decir que recibe de él derechos y obligaciones

Los sujetos son las entidades con derechos y obligaciones impuestas por el Derecho internacional. Para la concepción Clásica los Estados son los sujetos plenos del ordenamiento internacional, sin que puedan existir otros sujetos que no sean Estados. En la actualidad, ésta posición ha sido revisada, considerando que si bien los Estados son los sujetos naturales y originarios, existen a su lado, otros sujetos derivados o secundarios.

Los propios Estados para el gobierno y manejo de sus relaciones se ven obligados a la creación de sujetos internacionales; es decir, el orden jurídico parte de la voluntad de los Estados. Los Estados como sujetos creadores de Derecho internacional tienen la prerrogativa de dar existencia a nuevas personas internacionales y la función privativa de los Estados que es la de elaborar las normas del Derecho internacional es compartida y delegada a estos nuevos sujetos, como por ejemplo, las organizaciones internacionales o fuerzas armadas en misiones internacionales.

El Estado tiene la personalidad jurídica internacional natural y originaria, no obstante algunas teorías han intentado negar su personería.

• Tesis de Selle: los únicos sujetos de Derecho internacional son los individuos, puesto que una vez disuelto el Estado no quedan más que individuos, ya sea como gobernantes o como particulares. El problema de esta teoría es que no explica la subsistencia y continuidad de las obligaciones de un Estado a pesar de toda modificación en la persona de sus gobernantes.

• Las clases sociales de Korovine: al producirse la disolución del Estado, surge la clase dominante como sujeto real de los derechos y obligaciones internacionales. Según esta teoría la verdadera deudora era la clase de banqueros y adinerados, clase dominante la cual al desaparecer, hace desaparecer la obligación de pagar las deudas. Esta es una doctrina política, que fue repudiada más tarde debido a la forma de fortalecimiento llevada a cabo por la URSS.

• Las nacionalidades de Manzini: también esta es una doctrina de base política, tendiente al proceso de unificación y reconstrucción de la nación italiana. Afirma que los verdaderos sujetos de Derecho internacional serían las nacionalidades, es decir, las comunidades de población homogénea, en virtud de su origen, raza, idioma, tradición histórica. Como crítica puede decirse que la realidad internacional demuestra la existencia de Estados que no corresponden una unidad sino que son una pluralidad de nacionalidades; por ejemplo Yugoslavia.

El sujeto propiamente dicho del orden jurídico internacional es el Estado, definido en la Convención Panamericana de Montevideo en 1933, por cuatro elementos:

1. Población;

2. Territorio determinado;

3. Gobierno, y

4. Capacidad de

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