Centro De Atención A La Infancia
michikika30 de Diciembre de 2011
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INTRODUCCIÓN
La finalidad de este trabajo es realizar una reflexión sobre lo aprendido en el curso de Directores de Centros de Servicios Sociales, a través de la observación/conocimiento presencial del Centro de Atención a la Infancia nº 4.
La metodología utilizada consistió en una visita al recurso –día 24 de febrero de 2009-, una entrevista en profundidad con el Director Adjunto (Equipo de tratamiento) Jesús López y lectura especializada sobre el tema.
El recurso se encuentra ubicado en la Calle Luis Buñuel nº 12, distrito de Vallecas, y trabaja con los tres centros de SS.SS de Puente de Vallecas y el de Vallecas Villa.
ESQUEMA DE LA MEMORIA:
Definición
Breve presentación de la Asociación Centro de Apoyo al Menor
Marco de actuación de los Centros de Atención a la Infancia (C.A.I.)
Fundamentación legal
Funciones
Metodología de Intervención
Funciones del Director
Reflexión final
Valoración personal de la situación actual del ámbito: aspectos consolidados y futuros.
Bibliografía-biblioteca
1- DEFINICIÓN:
Los Centros de Atención a la Infancia (C.A.I.) son los dispositivos de segundo nivel, Servicios Sociales Especializados, de la red de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid para la atención psicosocial a menores en situación de desprotección (riesgo o desamparo) y a sus familias, inscribiéndose sus funciones dentro de la red pública de protección de menores.
En la actualidad existen 7 CAI’s (próximamente se abrirá un octavo), constando un compromiso político de hacer uno por cada distrito. Los tres primeros son de ámbito público y los cuatro restantes eran recursos gestionados por la Asociación Centro de Apoyo al Menor (CAM).
Desde primeros del 2010 existe una nueva reestructuración, perdiendo el CAM la responsabilidad sobre los CAI’s nº 6 y nº 7 y pasando éstos a ser gestionados por el Grupo 5 y la asociación Trama respectivamente. El Centro de Apoyo al Menor continúa su intervención con los CAI’s nº 4 y nº 5.
Según nos comentó el director, a principios de año han surgido novedades importantes debido a la publicación de un nuevo Manual que regula los procedimientos de intervención, encontrándose en estos momentos en pleno proceso de cambio.
Otra particularidad es que los programas de P.A.F. (Programa de acogimiento familiar) y los P.I.F. (Programas de implicación familiar, para aquellas familias “resistentes al cambio”), en los CAI’s de Gestión Pública los lleva Grupo 5.
Nos comenta que en estos momentos más del 40% de las intervenciones se realizan con familias inmigrantes.
2- BREVE PRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN (SACADA DE SU PÁGINA WEB)
La Asociación Centro de Apoyo al Menor es una Asociación sin ánimo de lucro, constituida en 1982 y declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior el 12 de Enero de 1996. La Asociación que tiene como finalidad la prevención de la Inadaptación psicosocial de menores, está integrada por un número estable de profesionales y colaboradores expertos en distintas materias: Trabajo Social, Psicología Clínica y Social, Sociología, Pedagogía, Derecho, etc. Todos ellos con gran formación y experiencia en este campo.
Su ámbito de actuación para el desarrollo del Programa de Atención a Familias y Menores en Riesgo Social es local – Madrid capital – y estatal para el Área de Formación, Investigación y Participación en Programas de Prevención.
Actualmente Centro de Apoyo al Menor, gestiona cuatro Servicios Públicos, con dependencia del Ayuntamiento de Madrid (CAI – IV, V, VI y VII).
El eje principal del Proyecto del Centro son los niños, niñas y adolescentes de 0 a 18 años. Pretendemos que estos puedan desarrollarse de manera saludable en todas las áreas y que alcancen un bienestar psico-social, así como que las dificultades que se presenten en su proceso de socialización sean acompañadas y atendidas lo más precozmente posible en su entorno más próximo.
Para ello, nos proponemos:
• Crear espacios y situaciones que favorezcan su desarrollo y crecimiento.
• Facilitar al menor el entorno familiar y social que le proporcione un mayor bienestar.
• Intervenir en su medio familiar y social para resolver sus dificultades y favorecer un medio relacional-afectivo y socializador.
• Coordinar con los Servicios y organizaciones del distrito de cara a su total integración.
Partimos de que el menor "no nace inadaptado" sino que son las condiciones socio-familiares que le rodean y envuelven en ocasiones, van propiciando su inadaptación.
Considerando que los derechos del menor deben prevalecer por encima de los derechos de los adultos en toda intervención; el foco de atención prioritario será el menor.
Siendo la familia el primer y principal agente socializador y el marco referencial donde el menor debe encontrar el equilibro para su desarrollo, resulta imprescindible priorizar la intervención familiar para prevenir y/o paliar las dificultades que presentan en determinadas circunstancias. Desde la perspectiva del Centro de Apoyo al Menor, cuando un niño y/o adolescente presenta dificultades, la familia es el núcleo de actuación prioritario; y el trabajo con la familia, en la medida que se posibilita, es pronóstico de éxito en la adaptación psico-social del menor.
Tal como recoge la vigente legislación de menores, salvo que las circunstancias familiares lo aconsejen, el menor debe mantenerse en su propio entorno. Nos corresponde por tanto potenciar los recursos con los que cuenta la familia y ayudarle a superar las dificultades que presenta, siendo este el principal objetivo del Centro de Apoyo al Menor.
La filosofía de Centro de Apoyo al Menor pasa por una clara opción por la infancia, por el reconocimiento y defensa de sus derechos como sujetos con necesidades especificas de protección.
En aquellas situaciones donde es necesario plantear alternativas al medio familiar ante la grave desprotección de los menores, se priorizará la objetividad, imparcialidad y seguridad jurídica en la actuación protectora garantizando el carácter colegiado e interdisciplinar en la adopción de medidas.
Así mismo, se emprenderá:
• Estudio de las alternativas y propuestas más idóneas para el menor.
• Mantenimiento de la fratría como unidad, en la medida de lo posible.
• Intervención con el menor para la preparación a la nueva situación.
• Tratamiento familiar para resolver las dificultades que han provocado la adopción de la medida de protección; y si no es posible, estudiar alternativas permanentes para el menor.
3- MARCO DE ACTUACIÓN
SITUACIONES A ATENDER POR EL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE MENORES DEL MUNICIPIO DE MADRID:
Menores de 18 años, empadronados o residentes de forma estable o temporal (empadronados o no, con residencia legal o no) en el municipio de Madrid, que se encuentren en una de estas situaciones:
DIFICULTAD SOCIAL
(Riesgo leve)
Menores que viven y se desenvuelven en entornos familiares o sociales cuyas condiciones pueden provocar un daño significativo a corto, medio o largo plazo en su bienestar y desarrollo.
- Riesgo de desprotección.
- Cuidado parental inadecuado (no desprotección)
- Otros
DESPROTECCIÓN
(Riesgo moderado, grave y desamparo)
Menores con necesidades básicas sin cubrir a causa de:
Sus circunstancias familiares o el comportamiento de sus padres, responsables legales o adultos que conviven en la familia.
Problemas o circunstancias externas fuera del control de sus padres o responsables legales.
Desprotección moderada
Desprotección grave
Riesgo de separación inminente
Desprotección grave con medida de separación: tutela legal por desamparo o guarda.
CONFLICTO SOCIAL
Menores entre 12-18 años con conductas que han alterado de manera grave las pautas de convivencia y comportamiento social generalmente aceptadas, habiendo causado o existiendo riesgo de causar daño a terceros.
- conflicto moderado
- conflicto grave
Concretamente los CAI’s deberían hacerse cargo de los casos con “Riesgo moderado-grave”.
Son conceptos de difícil acotación y es complicado establecer una línea delimitada entre leve, moderado y grave. Los casos intermedios (leves, leves-moderados) se llevarían en otras instancias o instituciones fuera de los CAI’s. El problema es que no existen protocolos estandarizados que marquen las competencias de cada uno, y además existe poca oferta específica para casos leves. Los CAF’s (Centros de apoyo a la familia) llevarían casos más normalizados.
4- FUNDAMENTACIÓN LEGAL
NORMATIVA ESTATAL
Las funciones que desde los Servicios Sociales Municipales se vienen ejerciendo en el ámbito de la acción protectora de menores en situación de riesgo o desamparo, responden a las competencias asignadas a la Administración Local conforme al siguiente marco legislativo:
1. La Constitución Española de 1978, en su artículo 39 (Título I, Capítulo III), establece la obligación de los Poderes Públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta con carácter singular la de los menores.
2. La Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local dispone que el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias en los términos de la legislación
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