ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Comercial Y Tributario


Enviado por   •  28 de Agosto de 2013  •  3.532 Palabras (15 Páginas)  •  293 Visitas

Página 1 de 15

Sociedades

Es un contrato en que 2 o + personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan.

Requisitos

Por ser un contrato toda sociedad supone el concurso de requisitos inherentes a su celebración

1.- REQUISITO DE EXISTENCIA

a) Voluntad de los contratantes

b) Objeto (consiste en poner algo en común)

c) Causa (consiste en buscar un beneficio)

d) Solemnidades

2.- REQUISITOS DE VALIDEZ

a) Voluntad exenta de vicios

b) Objeto lícito

c) Causa lícita

d) Capacidad de los contratantes

3.- REQUISITOS O ELEMENTOS ESPECIFICOS DEL CONTRATO DE SOCIEDAD

a) La estipulación de un aporte por los socios

b) La participación de los beneficios sociales

c) El ánimo de formar sociedad

Consentimiento en las sociedades

Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario que consienta el dicho acto o declaración, por lo tanto dicho consentimiento consta de diferentes maneras dependiendo del carácter consensual o solemne del contrato de sociedad.

1.- SOCIEDADES CONSENSUALES

a) Sociedad colectiva civil

b) Sociedad en comandita civil

2.- SOCIEDADES SOLEMNES

a) Sociedad colectiva mercantil

b) Sociedad en comandita mercantil

c) Sociedad de responsabilidad ltda.

d) Sociedades anónimas

e) Sociedades por acción (SPA)

Consecuencias con falta de solemnidad en una sociedad mercantil

Si no se a las solemnidades que establece la ley tiene como consecuencia la nulidad absoluta, a su vez si la sociedad no cumple con las solemnidades legales no vale respecto de los socios, pero si respecto de terceros, ello de conformidad en el art caca dice que los socios no pueden alegar la falta de una o más solemnidades contra terceros interesados en esta sociedad.

OBJETO DE LA SOCIEDAD

Conforme a lo establecido en el cod.civil el objeto de la sociedad lo constituiría el aporte al expresar que se trata de un contrato en que 2 o + personas estipulan poner algo en común.

CAUSA DE LA SOCIEDAD

Estaría constituido según lo establecido en el cod.civil “la mira de repartir entre sí los beneficios”

VOLUNTAD DE LAS PARTES

Supone la intervención de 2 o + partes pudiendo cada parte ser una o más personas, si no hubiera 2 o + partes no habría acuerdo de voluntad, de ellos podemos deducir que no podría existir en nuestro sistema las sociedades unipersonales como regla general. Caso especial son las EIRL (empresa individual con resp. Ltda) y las sociedades SPA (sociedades por acciones).

Dado que el acuerdo de voluntades es de 2 o + partes, la reducción a una sola parte conlleva inexorablemente a la extinción de la sociedad.

Elementos específicos del contrato de sociedad.

-APORTE

El contrato de sociedad no es un contrato real, porque basta pura y simplemente que se estipule la obligación de efectuar un aporte sin que fuere preciso la entrega efectiva de la cosa para su formación. El aporte en las sociedades ha de ser pecuniario (en dinero o especies evaluadas en dinero) porque el fin y objetivo del contrato es producir beneficios económicos y no meramente morales, por lo tanto este aporte puede consistir en : dinero, créditos, bienes muebles e inmuebles, privilegios de invención, trabajo manual e intelectual y en general toda cosa comerciable capaz de prestar una utilidad.

A su vez el aporte puede efectuarse a diversos títulos

a) Propiedad

b) Aporte usufructo

Por último este aporte debe ser a titulo singular y no a titulo universal.

Participación de beneficios

No hay sociedad sin participación de beneficios, todos los beneficios de la sociedad han de ser de carácter pecuniario, la participación de beneficios a falta de estipulación expresa debe ser a prorrata de los aportes.

Afecto sociedad

Está constituida por la intención de celebrar el contrato de sociedad y no otro distinto.

Personificación de la sociedad

La sociedad forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente consideradas, esta idea de la personificación de la sociedad tiene las sgtes consecuencias:

1.- Tiene que ver con la separación de patrimonio entre los socios y la sociedad. Esta separación de patrimonios conlleva que el patrimonio de la sociedad no se confunde con el patrimonio de los socios, de lo contrario estaremos frente a una comunidad de bienes, en la cual los acreedores de cada socio concurrirán simultáneamente con los acreedores de la sociedad para pagarse de los créditos con los bienes sociales.

2.- Además del patrimonio, la sociedad posee los elementos de las personas jurídicas, estos es: nombre, domicilio, nacionalidad, y un conjunto de derechos y obligaciones.

Características del contrato de sociedad

1.- Es un contrato bilateral, ya que impone obligaciones a todos los que intervienen en el.

2.-Es un contrato oneroso, pues reporta utilidad para todos los socios

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (22.1 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com