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Psicologia de la Educacion

JOSE R ROJASTrabajo19 de Julio de 2021

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Hemos creído adecuado, y hasta necesario, que antes de dar inicio a este trabajo debemos tener una idea lo más clara posible sobre cuál es la importancia que tanto el gobierno nacional, como el provincial, le asignan a la Educación Tecnológica (ET) y al desarrollo de las tecnologías en las escuelas, y es por ello que hemos recurrido tanto a la Ley Nacional de Educación (N° 26.206) como a la Ley Provincial de Educación (N° 6.876) para comprender cuán importante, o no, es para ambas leyes la E.T.

LEY N° 26.206

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

Título I

Disposiciones Generales

Capitulo II

Fines y Objetivos de la Política Educativa Nacional

Artículo 11-Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:

m) Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.

Título II

El Sistema Educativo Nacional

Capitulo III

Educación Primaria

Articulo27- La Educación Primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral, básica y común y sus objetivos son:

d) Generar las condiciones pedagógicas para el manejo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, así como para la producción y recepción crítica de los discursos mediáticos.

Capitulo IV

Educación Secundaria

Artículo 30- La Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios. Son sus objetivos:

f) Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y utilización inteligente y crítica de los nuevos lenguajes producidos en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación.

Título VI

La Calidad de la Educación

Capitulo II

Disposiciones Específicas

Artículo 88-El acceso y dominio de las tecnologías de la información y la comunicación formarán parte de los contenidos curriculares indispensables para la inclusión en la sociedad del conocimiento.

Título VII

Educación, Nuevas Tecnologías y Medios de Comunicación

Artículo 100-El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, fijará la política y desarrollará opciones educativas basadas en el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación y de los medios masivos de comunicación social, que colaboren con el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente ley.

Artículo 101- Reconócese a Educ.ar Sociedad del Estado como el organismo responsable del desarrollo de los contenidos del Portal Educativo creado en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, o bajo cualquier otro dominio que pueda reemplazarlo en el futuro. A tal efecto, Educ.ar Sociedad del Estado podrá elaborar, desarrollar, contratar, administrar, calificar y evaluar contenidos propios y de terceros que sean incluidos en el Portal Educativo, de acuerdo con los lineamientos respectivos que apruebe su directorio y/o le instruya dicho Ministerio.

Artículo 102- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología encargará a Educ.ar Sociedad del Estado, a través de la señal educativa “Encuentro” u otras que pudieran generarse en el futuro, la realización de actividades de producción y emisión de programas de televisión educativa y multimedial destinados a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación, en el marco de las políticas generales del Ministerio.

Dicha programación estará dirigida a:

a) Los/as docentes de todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, con fines de capacitación y actualización profesional.

b) Los/as alumnos/as, con el objeto de enriquecer el trabajo en el aula con metodologías innovadoras y como espacio de búsqueda y ampliación de los contenidos curriculares desarrollados en las clases.

c) Los/as adultos/as y jóvenes que están fuera del sistema educativo, a través de propuestas de formación profesional y técnica, alfabetización y finalización de la Educación Primaria y Secundaria, con el objeto de incorporar, mediante la aplicación de nuevos procesos educativos, a sectores sociales excluidos.

d) La población en general mediante la emisión de contenidos culturales, educativos y de divulgación científica, así como también cursos de idiomas en formato de educación a distancia.

LEY DE EDUCACION N° 6.876

PROVINCIA DE EDUCACION DE SANTIAGO DEL ESTERO

Título I

Capitulo II

Fines y Objetivos de la política Educativa

ART. 14º. - Los fines y objetivos de la política educativa provincial son:

j. Fortalecer las prácticas de lectura y escritura y el desarrollo de los conocimientos necesarios para el manejo de las plataformas y los lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial.

x. Promover el desarrollo de la ciencia y la tecnología acorde con los intereses provinciales, con aplicación en todos los sectores de la producción en forma creciente, el de las áreas más necesitadas, tendiendo a la inserción regional y nacional en un marco de respeto al desarrollo sustentable.

Título VII

El Gobierno de la Educación

Capitulo II

El planeamiento de la Educación

ART. 103º. - Le corresponde a la Dirección de Planeamiento de la Educación:

b. Realizar acciones que garanticen la provisión de textos escolares y otros recursos materiales y tecnológicos, en cumplimiento con lo establecido en el ART. 80º de la Ley de Educación Nacional. Diseñar materiales para directivos y docentes de acuerdo a los objetivos y metas que se desprendan de los planes, programas y proyectos que los originen.

Capitulo III

La calidad de la Educación

ART. 106º. - Sin perjuicio de las disposiciones del Inc. a del ART. 105º, se deberá garantizar entre los contenidos curriculares para el Sistema Educativo Provincial:

a. El acceso y dominio de las tecnologías de la información y la comunicación.

Todo comenzó con un monolito negro

Durante los 50’ y 60’, se consideraba que la Tecnología Educativa (TE) debía estudiar los medios como generadores de aprendizaje. Sin embargo, a partir de la década del 70’, se define a la TE como el estudio de la enseñanza como proceso tecnológico; es así como la Comisión sobre Tecnología Educativa de Estados Unidos, establecía en 1.970 lo siguiente:

Es una manera sistemática de diseñar, llevar a cabo y evaluar todo el proceso de aprendizaje y enseñanza en términos de objetivos específicos, basados en la investigación del aprendizaje y la comunicación humana, empleando una combinación de recursos humanos y materiales para conseguir un aprendizaje más efectivo.

Para Sarramona Lopez, la TE es aquella que reflexiona sobre la aplicación de la técnica a la resolución de problemas educativos, justificada en la ciencia vigente en cada momento histórico.

Por su parte, Quesada Castillo define a la TE como el estudio científico de las prácticas educativas, técnica-práctica fundada en el conocimiento científico, dado que la tecnología pretende borrar esa distancia entre la eficacia infundada y el saber científico, al servir de puente entre la técnica y la ciencia.

Al igual que con la Psicología Educacional, debemos hacer notar que la TE no es definida como una ciencia, sino mas bien como una ciencia puente, es decir, una disciplina orientada a la práctica y controlable por el método científico.

Sin embargo, Edith Litwin plantea una conceptualización del campo que recupera su especificidad:

Entendemos a la PE como el cuerpo de conocimientos que, basándose en disciplinas científicas referidas a las prácticas de la enseñanza, incorpora todos los medios a su alcance y responde a la consecución de fines en los contextos sociohistórico que le otorgan significación.

La TE, al igual que la Didáctica, se preocupa por las prácticas de la enseñanza, pero a diferencia de esta, incluye entre sus preocupaciones el análisis de la teoría de la comunicación y de los nuevos desarrollos tecnológicos: (…) Al tratar de delimitar su objeto, entre los soportes teóricos tienen que agregarse las teorías de la comunicación con el análisis de los supuestos (…) En el análisis de la disciplina desde el punto de vista histórico, observamos que durante mucho tiempo se definió a la TE identificándola con propuestas tecnocráticas.

Aun en la actualidad se suele hablar del modelo tecnológico cuando en realidad debería estar hablándose del modelo tecnicista. Es por ello que la preocupación desde lo ideologico-politico resulta fundamental en el reconocimiento de los fines que subyacen a las diferentes propuestas de TE.

En Estados Unidos, durante la década de los 50’, que surge la T.E., donde se da un fuerte impulso al tema de la comunicación. Se da un fuerte impulso al desarrollo de los artefactos, como así también se prioriza el apoyo de otros campos científicos, principalmente el de la psicología.

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