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MANUAL OPERATIVO Y DE ORGANIZACIÓN DEL ÁREA DE MEJORA REGULATORIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAQUEPAQUE

pladesaInforme14 de Agosto de 2017

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MANUAL OPERATIVO Y DE ORGANIZACIÓN DEL ÁREA DE MEJORA REGULATORIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAQUEPAQUE.

ANTECEDENTES:

PARA DAR CONTINUIDAD Y FORTALEZA JURÍDICA AL ACUERDO CELEBRADO EN SESIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO EL DÍA 23 VEINTITRÉS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 DOS MIL CUATRO; EN EL QUE SE APROBÓ LA CREACION DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS DE TLAQUEPAQUE (SARE), FUNGIENDO COMO PRIMER EDIL EL L. C. P. MIGUEL CASTRO REYNOSO, TENIENDO POR OBJETO OTORGA LICENCIAS EN GIROS BLANCOS EN UN MAXIMO DE 48 HORAS, ASI COMO TAMBIEN, SE ESTABLECIERON EL CATALAGO DE ÉSTOS; PUDIÉNDOLO ACTUALIZAR ANUALMENTE.

ACTULMENTE EL SARE SE ENCUENTRA EN FUNCIONES; EMPERO RESULTA QUE INICIALMENTE LA PROPUESTA DE DURACIÓN DE TRAMITE QUE SE PLANTEO EN ESE ENTONCES, ACTUALMENTE RESULTA OBSOLETO, TODA VEZ, QUE SÍ LO COMPARAMOS CON LA DURACION DE UN TRAMITE DE ESTE TIPO EN EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA; EL MISMO TIENE UNA DURACIÓN DE 30 TREINTA MINUTOS PROMEDIO, POR LO QUE ES MENESTER QUE LA PRESENTE ADMINISTRACION, SE ACTUALICE Y MODERNICE HACIENDO UNA HOMOLOGACION EN EL TEMA DEL SARE, TAL Y COMO LO ESTABLECE EL NUMERAL 4 EN SU FRACCION VII DE LA LEY DE MEJORA REGULATORIA EN VIGOR.

EN EL MISMO ORDEN DE IDEAS ES DE SUMA IMPORTANCIA EL SARE, POR QUE PERMITE QUE EN NUESTRO MUNICIPIO LOS GOBERNADOS E INCLUSO DE OTROS MUNICIPIOS Y ENTIDADES DESEEN INVERTIR, ESTO ES, AL HABER UNA MAYOR FACILIDAD Y AGILIDAD A SUS TRAMITES PARA OBTENER LICENCIAS MUNICIPALES, Y POR ENDE, GENERAR AUTO EMPLEOS O EMPLEOS LOS QUE ACTUALMENTE SE NECESITAN.

EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR SE TRANSCRIBE DE LA PROPOSICION DE PROYECTO DE DICTAMEN BAJO LA SIGUIENTE EXPOSICÍON DE;

MOTIVOS:

QUEDA CLARO QUE UNA DE LAS PRIORIDADES Y OBJETIVOS DE LA MEJORA REGULATORIA ES LA DE PROCURAR EL MÁXIMO BENEFICIO PARA LA SOCIEDAD, AL MENOR COSTO POSIBLE PARA LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS (MIPYNES) , MEJORANDO LA EFICIENCIA DE LA ECONÓMIA Y SU CAPACIDAD PARA ADAPTARSE A SITUACIONES CAMBIANTES, ES DECIR, SER MÁS COMPETITIVOS.

POR OTRA PARTE MEJORA REGULATORIA NO SE LIMITA A DESREGULAR PROCESOS BUROCRATICOS, TAMBIÉN CONSTRUYE Y ACTUALIZA EL MARCO JURÍDICO PARA SUBSANAR VACIOS, MEJORAR PROCESOS Y REFORMAR LA REGULACIÓN VIGENTE, SIN QUE LA INTERVENCION DEL GOBIERNO SEA EXCESIVA, INEFICIENTE O RESPONDA A INTERESES PARTICULARES.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO SE FUNDA Y MOTIVA EL PRESENTE PROYECTO DEL MANUAL DE MEJORA REGULATORIA, MISMO QUE SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO PRIMERO. - La presente Ley entrará en vigor noventa días hábiles después de su publicación en el periódico oficial El Estado de Jalisco. DE LEY DE MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, APROBACIÓN: 1º.DE OCTUBRE DE 2009, PUBLICACIÓN: EL 24 DE OCTUBRE DE 2009. SECCIÓN VI, VIGENCIA: EL DÍA 5 DE MARZO DE 2010.

POR LO QUE ES DE VITAL IMPORTANCIA ESTABLECER EN EL PRESENTE PROYECTO LOS LINEAMIENTOS Y OBJETIVOS A SEGUIR EN EL ACTUAL DEPARTAMENTO DE MEJORA REGULATORIA PARA LOGRAR AVANCES EN CAPTACION DE DERRAMA ECONÓMICA PARA NUESTRO MUNICIPIO, PERMITIR ABRIR FUENTES DE TRABAJO Y ASÍ COMO DIFUCIÓN Y ACTUALIZAR POR RED DE MEJORA REGULATORIA.

DE SINDICATURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAQUEPAQUE;

CREA El MANUAL OPERATIVO Y DE ORGANIZACIÓN DE MEJORA REGULATORIA DE TLAQUEPAQUE

INTRODUCIÓN:

El proceso de mejora regulatoria constituye una prioridad para cualquier administración Municipal al que corresponda, o al partido político que lo hubiera impulsado, debido a que su aplicación ofrece una serie de ventajas, entre las que podemos destacar las siguientes:

Propicia la elaboración de regulaciones más sencillas, claras y en las que se elimina o reduce al máximo la discrecionalidad de las autoridades en el ejercicio de las funciones relacionadas con los usuarios de los servicios. Asimismo, la eliminación o adecuación de las regulaciones obsoletas o las que inhiben el desarrollo económico, se traduce en beneficios para las autoridades administrativas competentes y para los propios administrados.

Facilita el cumplimiento de las regulaciones y por consecuencia, de los trámites y los requisitos derivados de las mismas; y para mencionar la importancia de este proceso de Mejora Regulatoria se mencionan los siguientes puntos:

• Hace factible que se proporcione una orientación más clara y precisa en las ventanillas de trámites (mostrador), a los usuarios de los servicios.

• Genera la simplificación de los tiempos de gestión, al evitar a los particulares la molestia de regresar varias veces para despejar dudas, volver a llenar formatos, o tener que presentar más documentación.

• Establece mecanismos tendientes a la reducción de los costos regulatorios para las dependencias, lo cual se traduce en una mayor eficiencia laboral.

• Evita costos extras a los usuarios y se logra que destinen su tiempo y esfuerzo a producir bienes o prestar servicios, en lugar de dedicarlo a efectuar trámites que los distraen de sus tareas, o les impiden opera sus empresas

Generando con lo anteriormente expuesto; los siguientes beneficios para el Ciudadano y como consecuencia para Gobierno Municipal de Tlaquepaque y las subsecuentes Administraciones, de la siguiente manera:

• Influye positivamente en el combate a la corrupción.

• Facilita la apertura rápida de las empresas.

• Propicia el establecimiento de ventanillas únicas de gestión y de centros integrales de atención empresarial.

• Coadyuva a desarrollar un mejor gobierno.

1.1 Disposiciones Generales

Artículo 1. 2

El presente Manual Operativo y de Organización es de interés público y de observancia general en el Municipio de Tlaquepaque, Jalisco., aplicable a todos los actos y procedimientos de la Administración Pública Municipal, en materia de mejora regulatoria económica y simplificación administrativa, y sus propuestas le corresponde a Sindicatura, a través, del departamento de Mejora Regulatoria.

Artículo 1. 3

De conformidad con los principios Constitucionales, el Estado y el Municipio, en su caso; podrán celebrar convenios de coordinación, a efecto de establecer mecanismos para impulsar la mejora regulatoria, solicitando el apoyo y coordinación de la Secretaría de Promoción Económica del Estado, con apego a la Ley.

Artículo 1. 4

El objeto del presente ordenamiento es promover la mejora regulatoria y la simplificación administrativa en la actual administración, como medios para lograr el desarrollo económico y la competitividad a nivel municipal, Estatal y Nacional.

Artículo 1. 5

Son objetivos del presente Manual son los siguientes:

I. Facilitar a los particulares el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, mediante la expedición de Cartas Compromiso Ciudadanas y otros instrumentos similares en el ámbito de esta administración;

II. Simplificar y agilizar trámites y servicios en las dependencias involucradas, procurando a futuro, la presentación de trámites por medios electrónicos;

III. Fomentar el conocimiento por parte de la sociedad, de la presente normatividad asociada a trámites y servicios;

IV. Adecuar los requerimientos de la documentación relacionada con los trámites para la apertura y el funcionamiento de las empresas, en sus diferentes tipos, que realicen actividades comerciales, de servicios e industriales;

V. Coadyuvar en las acciones para reducir la carga administrativa, derivada de los requerimientos y procedimientos establecidos para la apertura y funcionamiento de empresas por parte de las autoridades administrativas de este municipio;

VI. Conocer y homologar, en su caso, las políticas de los demás municipios de requerimientos de información y prácticas administrativas, a fin de elevar la eficiencia y productividad de la presente Administración; y

Artículo 1. 6

Para los efectos de la presente manual se entiende por:

I. Cartas Compromiso Ciudadanas: Documento público, accesible, sencillo y claro que proporciona a la ciudadanía la información necesaria para realizar un trámite o solicitar un servicio; hace énfasis en los estándares de calidad que la dependencia municipal se compromete a cumplir, e incluye formas para la participación ciudadana;

II. CINTLAQ: Centro Integral de Negocios en Tlaquepaque;

III. Descentralización: Implica la creación o el traslado de facultades de una Dependencia a otra, con pleno poder decisorio y acompañado de los recursos económicos necesarios para que la receptora pueda ejercer a plenitud sus funciones, aunque la cedente pueda conservar los aspectos normativos. La descentralización se vincula a la mejora regulatoria, porque al igual que ésta facilita las relaciones entre la autoridad y los gobernados, les da mayor transparencia, equidad y reduce de manera importante los costos regulatorios;

IV. Gobierno electrónico: Consiste en el uso y aplicación de herramientas digitales y electrónicas como tecnologías de información y comunicación (TIC), con el fin de propiciar que las autoridades municipales actúen con mayor eficacia y eficiencia, a fin de que los servicios que prestan sean más accesibles para la ciudadanía, permitan un mejor y más rápido acceso a la información, se eviten actitudes discrecionales, se reduzca al máximo la corrupción en materia de trámites y se brinde una imagen de responsabilidad y transparencia;

V. Ley: Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Jalisco y sus Municipios;

VI.

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