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APUNTES DERECHO. RAZONAMIENTO JURIDICO


Enviado por   •  25 de Octubre de 2018  •  Apuntes  •  2.904 Palabras (12 Páginas)  •  154 Visitas

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APUNTES DERECHO

RAZONAMIENTO JURIDICO (LO QUE OCURRE, NORMAS DE APLICACIÓN Y SU RESULTADO)

La valoración será diferente cuando los hechos son distintos (autoconsumo o trafico), varía según los hechos.

Premisa fáctica = que los antecedentes de hecho (elemento de hecho que cogemos como prioritario)

Premisa mayor: aplicación de las normas o leyes en cada momento.

Hechos: lo que ha ocurrido, lo acontecido, lo que tiene importancia para valorar de una manera u otra.

Discrepancia: es la intención de delinquir (como el tráfico de drogas, la estafa, etc) con el fin de hacer daño.

Delitos dolosos: con intención de dañar, hay culpa o diligencia.

Delito por acción: hago todo lo posible para que ocurra.

Delito por omisión: pasar por un accidente y se pasa de largo.

Código de ontológico: deber ético de actuar conforme lo exige mi profesión.

Delito: elementos que ocurren sucesivamente.

  • Típica: no hay delito si no hay una norma que define ese comportamiento, tiene que estar descrita con anterioridad a su comisión en una norma penal.
  • Antijurídica: en contra de ese precepto que tipifica el comportamiento. Contraria a la ley penal.
  • Culpable: tiene que haber intención.
  • Punible: sancionable, aplicación de la sanción.

Para que exista un delito tiene que contener los elementos anteriores.

La culpabilidad admite dos modalidades:

  • Dolo: de forma consciente y voluntaria.
  • Culpa: cuando falta la intención.

Resoluciones judiciales:

  • Sentencias: son las resoluciones más importantes, todas aquellas que deciden sobre el fondo del asunto. Aplicación de la forma que resuelve el fondo del asunto
  • Auto: Resolver cuestiones incidentales, relativas a presupuestos procesales, recursos contra providencias, etc. Todo lo que ocurre de la propia sentencia, como se va a desarrollar el tramite desoyes de la sentencia. Es tan importante como la sentencia.
  • Providencias: Tramitación y ordenación material del proceso, no necesitan estar motivadas (no tiene por qué decir cuál es el precepto que te aplica).

Cohecho: corrupción de un funcionario público, como son cualquier funcionario, políticos, secretarios de ayuntamientos, personas de servicio público. Es una figura jurídica especial por el hecho de ser funcionario, tiene relación directa de ser un servidor público.

RECURRIR LA DECISION QUE ADOPTA UN TRIBUNAL: SENTENCIA.

Delante del juzgado está el juez, delante de un tribunal magistrados o jueces. LA diferencia es que son especialistas.

Recurso de apelación: es aquel que el tribunal de segunda estancia puede valorar las cuestiones de hecho como la de derecho, lleva las segundas instancias y se hace en los tribunales superiores.

Cuestiones de hecho: a las que tiene antecedentes.

Cuestiones de derecho: las normas aplicables al hecho de referencia.

Por encima del tribunal superior se encuentra el tribunal supremo, audiencia nacional.

El tribunal supremo cuando unifica la doctrina se llama recurso de casación para la unificación de doctrina.

El recurso de amparo: cuando se tocan los derechos fundamentales, no se puede interponer ante un tribunal superior, solamente lo recibe el tribunal constitucional. Se define por el que interpone los particulares, también las CCAA, las asociaciones, etc.

REGLAS DE COMO SE TIENEN QUE INTERPRETAR LAS NORMAS. Pág. 30

Las normas se interpretan según el sentido de sus palabras en relación con el contexto.

La primera interpretación que se hace del artículo es la literal, cuando habla del contexto se refiere a las circunstancias que se refiere a ese determinado artículo.

La norma siempre tiene que estar motivada.

 La interpretación teleológica, interpretación que busca la finalidad de la misma es la finalista, el fin de la norma no lo podemos conocer si no leemos el principio de la ley.

Fundamentar: lo que hacen los jueces para aplicar los artículos de la ley que se ciñe al caso que estamos viendo, es algo más que explicarla. Explica cuál es el articulo y porque se ha elegido dicho artículo. Para fundamentar es necesario dar razones.

Analogía: Es la figura jurídica que permite asimilar a grupos de personas a los efectos de aplicarles una norma o un tipo de artículo, ponen en la misma situación a los efectos aplicables. EJ: Personal laboral que tienen funciones similares a los funcionarios y también pueden hacer cohecho.

Motivar: se está indicando los antecedentes causales de la sentencia, ponen conexión los antecedentes de hecho con la interpretación del artículo escogido.

FUENTES DEL DERECHO

Jurisprudenciales: definidas por un conjunto de decisiones que adoptan los tribunales. Los que fabrican jurisprudencia son el tribunal supremo, y normalmente en el recurso de casación para unificación de doctrina.

Legales: las normas que se aplican que regulan las relaciones entre particulares y   EJ: código civil

Doctrinales: emiten tanto en clases como en artículos los profesores que estudian sobre las materias, elaboran la teoría los artículos científicos.

Norma general: se aplica a cualquiera.

Norma abstracta: deja abierta la situación.

Se ciñe a los antecedentes de hecho (individual).

CAPITULO 2: LIMITES DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Ley mordaza:

EL CASO Y LAS SOLUCIONES JUDICIALES

El juzgado de primera instancia es el ámbito civil, el de instrucción es el ámbito penal.

Demanda, demandado y demandante.

Demanda: solicito al tribunal que aplique el derecho para otorgarme un derecho en aplicación de una norma. Siempre hay una parte demandante (parte actora) y una parte demandada (de quien solicito el derecho).

Denuncia:pongo en conocimiento al órgano competente para que investigue.

Querella: es la demanda que se interpone directamente en el ámbito penal, por delito.

Principio dispositivo: son las partes las que promueven y solicitan el impulso del procedimiento. Tengo disponibilidad de seguir con el proceso o renunciar a él. En el penal no hay esa disponibilidad. Rige en el ámbito social, civil, contencioso-administrativo.

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