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Adiciones y reparos impuesto a la renta

henry candia contrerTrabajo28 de Noviembre de 2015

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CAPÍTULO 1: EL PROBLEMA

1.1 Caso problemático

BAUSTELLE S.A es una empresa con R.U.C. 20463600792  es una empresa que viene trabajando de manera satisfactoria en el mercado peruano desde el año 2000,en el área de mantenimiento e instalaciones de sistemas contra incendios, y en la comercializamos de diversos productos industriales tales como bomba contra incendios ,válvulas ,tableros controladores. BAUSTELLE S.A., cuenta con un staff altamente calificado que se encuentra a su servicio para cualquier requerimiento que usted necesite.

AUSTELLE S.A., a sus 10 años de trayectoria ya cuenta con algunas membrecías y representaciones de las mejores empresas internacionales en nuestro país, hecho que nos orgullece por ser una empresa que cuenta con la mayor membrecías en nuestro rubro. Esta empresa está creciendo de manera sostenía, tiene membrecías con importantes firmas en el mundo como la National Fire Protection Asociation (sección latinoamericana), instrument Society of America – Isa representaciones y distribuciones, Clarke Fire Protection Products – Motores Diesel para bombas contra incendio, Vmfp – Vm Motori, Ddfp – detroit diesel, Pdfp – perkins, Jdfp - Jhon Deere, Hidrostal s.a . – fabricante de bombas de agua.

Además esta empresa BAUSTELLE S.A., trabaja con los más destacadas empresas internacionales especializadas en lo relacionado a nuestro entorno laboral, teniendo nuestra empresa algunas representaciones en nuestro país para la distribución y comercialización de sus productos como exclusivos. Se ha evidenciado que esta empresa ha tenido cambios permanentes en el cálculo del impuesto a la renta y esto está teniendo un efecto en la cantidad de utilidades que reciben los accionistas, todo ello tiene origen puesto que en el ejercicio la empresa no cuenta con comprobantes de pago para el sustento de la renta en el caso de los gastos de los trabajadores por movilidad, la empresa se dedica a realizar como ya hemos mencionado mantenimiento industrial y su principal mercado es la zona minera, por lo que estas se encuentran ubicadas en zonas alejadas y en donde reina la informalidad, es por tanto que la entrega de comprobantes de pago para sustentar los gastos por movilidad se hace difícil para las empresa, como bien sabemos la movilidad es conocida como la repetición de los gastos que el personal haya tenido que realizar en cumplimiento de Comisiones de Servicio, como así mismo todos los gastos justificados de naturaleza extraordinaria y que hagan al cometido del servicio público que originó la Comisión, excepto los que se encuentren comprendidos en el punto anterior. Por otro lado,  la empresa BAUSTELLE S.A. se dedica a la instalación de equipos industriales en obras que se vienen ejecutando en Lima (trén eléctrico) para lo cual contrata a personal de construcción civil, mas debido a que estos sindicatos cobran coimas o cupos a las empresas contratistas, BAUSTELLE S.A. se ve forzada a efectuar pagos a estos sindicatos de lo contrario estas personas no dejan avanzar la obra e incluso podrían atentar contra la vida de algún representante del contratista.

Este hecho es conocido por las autoridades gubernamentales, sin embargo a la fecha aún no hacen nada contra ello, sin embargo como puede verse el costo pagado por tales conceptos acumulados en el ejercicio 2014 son por S/. 73,200.00, los cuales al igual que en el caso de las movilidades y alimentación en provincias, como no se cuenta con un comprobante de pago emitido de acuerdo al reglamento de comprobante de pago resolución de superintendencia 007-99/SUNAT y normas modificatorias no se permite su deducción (artículo 44º inciso j de la ley del impuesto  a la renta), con esta situación nos peguntamos: ¿De qué manera el efecto financiero que tienen las diferencias permanentes al hacer el cálculo del impuesto a la renta de tercera categoría, cuando las mismas están vinculadas al giro del negocio, en la empresa BAUSTELLE S.A., en el año, 2014?. Concordantes con el marco legal de la Ley Artículos 21, 44 Y 37 del Impuesto a la Renta  en la Empresa.

1.2 Objetivos

  1. Determinar de qué manera el efecto financiero que tienen las diferencias permanentes al hacer el cálculo del impuesto a la renta de tercera categoría, cuando las mismas están vinculadas al giro del negocio, en la empresa BAUSTELLE S.A., en el año, 2014

  1. Analizar como el efecto financiero de cómo las diferencias permanentes reducen la utilidad de libre disposición de los accionistas , en la empresa BAUSTELLE S.A., en el año, 2014
  1. Conocer en qué medida la falta de regularización en el sector de la construcción frente a presiones que ejercen los sindicatos afecta económicamente a la empresa BAUSTELLE S.A., en el año, 2014

1.3 Justificación

La justificación es que existe cierta incongruencia entre la legalidad peruana y la realidad que esta ofrece en aspectos empresariales, las leyes y normas ayudan a formalizar y ordenar a una sociedad pero cuando esta no se ajusta a la realidad se comete el error de generar al contrario la injusticia como en este caso a la hora del cálculo de las utilidades que son las riquezas de los empresarios por apostar en invertir en lugares lejanos y generar desarrollo económicos social en donde el Estado muchas veces no llega aumentando la oferta peruana para el exterior en el principal sector de la economía peruana como es la minería, es necesario entonces resolver estos puntos clave que enfrentan las empresas peruanas y buscar que darle solución al tema.

CAPITULO 2: REVISION DE NORMAS Y METODOS

2.1 Teorías y Normas Contables

Impuesto a la renta

El impuesto sobre la renta o de ingresos es un  pago de especies fiscales en varios países ya existente, en el que cada contribuyente, ya sea individual o corporativo, están obligados a pagar un cierto porcentaje de sus ingresos para el gobierno, nacional o regional, dependiendo de cada jurisdicción. El cálculo del impuesto se basa en una nueva riqueza producida por el contribuyente o por el fruto del trabajo, el capital, o ambos  (renta imponible), sobre la que se aplica un porcentaje (tasa), siguiente cuadro elaborado por el organismo de control de cada país.

Este tributo tiene como características principales la generalidad, sometiendo a todos los contribuyentes para obtener la renta imponible; universalidad, alcanzando y cualquier ingreso imponible obtenido por el contribuyente; y progresividad, el impuesto a mayores tasas de rendimientos más altos y viceversa, por lo general hay un mínimo de ingresos derivados por lo que hay efecto fiscal.  Los principios de generalidad y universalidad aseguran que el impuesto cumple con su función principal, para recaudar fondos para el gobierno (función fiscal), mientras que la progresiva presta a cumplir la función redistributiva  y es considerado por algunos autores como homenaje que mejor se adapte a esta tarea.

El concepto de un impuesto sobre la renta es una innovación moderna y presupone varias cosas: una economía monetaria, razonablemente cuentas exactas, un entendimiento común de los ingresos, los gastos y beneficios, y una sociedad ordenada con registros confiables. Durante la mayor parte de la historia de la civilización no existieran estas condiciones y los impuestos se basan en otros factores. Los impuestos sobre la riqueza, el estatus social y la propiedad de los medios de producción (por lo general la tierra y esclavos) eran muy comunes. Prácticas como el diezmo o frutos primera oferta existían desde tiempos antiguos, y se pueden considerar como un precursor del impuesto sobre la renta, pero carecían de precisión y ciertamente no se basan en un concepto de incremento neto.

En el año 10, la dinastía Xin del emperador Wang Mang instituyó un ritmo sin precedentes - IRPF - una tasa de 10% de los ingresos para los profesionales y trabajadores calificados (anteriormente, todos los cargos eran o por cabeza o en la propiedad) . Cayó 13 años más tarde, en el año 23, y las políticas de laissez-faire anteriores han sido restaurados en la dinastía Han.

Uno de los primeros registros de un impuesto sobre la renta moderna proviene del 9 de enero de 1799, establecido en Inglaterra para financiar la defensa contra Napoleón. Después de la victoria fue extinguido, pero resurgió varias veces años más tarde.

En la década de 1910, el presidente Theodore Roosevelt trató de imponer un impuesto progresivo a los ingresos para las personas EE.UU.. Cuando la Corte Suprema del país declaró inconstitucional el impuesto, Roosevelt aplicó a las corporaciones, gravar los beneficios; más tarde, con la enmienda XVI a la Constitución de Estados Unidos, finalmente, el impuesto sobre la renta progresivo en los individuos llegó a ser acusado en el país. El modelo adoptado en los EE.UU. se ha convertido, pues, la base para el cobro de este impuesto en todo el mundo.

En el Perú, el Impuesto a la Renta se encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 179-2004 y el D.S. 122-94-EF y leyes  modificatorias.

Características del Impuesto a la Renta

Tal y como se da adelantado, el Impuesto a la Renta es el Impuesto Directo más importante, dentro de los distintos sistemas tributarios. Esto, es que, desde un punto de vista subjetivo (sujeto gravado) es un tributo que grava directamente a quien tiene renta. En otras palabras, no se trata de un tributo trasladable a otras personas.

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