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CODIGO DE ETICA


Enviado por   •  25 de Agosto de 2014  •  1.570 Palabras (7 Páginas)  •  271 Visitas

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INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZONGOLICA

CODIGO DE ETICA DEL INGENIERO EN DESARROLLO COMUNITARIO

Índice Código de Ética

PRESENTACION. .................................................................................................................................. 2

I.- DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................ 2

II. DE LOS DEBERES DEL INGENIERO EN DESARROLLO COMUNITARIO ............................................... 3

III. DE LOS DEBERES PARA CON SUS COLEGAS .................................................................................... 4

IV. DE LOS DEBERES PARA CON LAS PERSONAS .................................................................................. 5

V. DE LOS DEBERES PARA CON SU PROFESIÓN ................................................................................... 6

VI DE LOS DEBERES PARA CON LA SOCIEDAD. .................................................................................... 6

VII.T R A N S I T O R I O ........................................................................................................................ 7

PRESENTACIÓN.

Uno de los retos del Instituto Tecnológico Superior de Zongolica es la mejora integral continua, que responda a las demandas de la sociedad, siendo una institución que ha alcanzado un nivel de desarrollo y de prestigio lo que ha permitido su posicionamiento, sin embargo esto genera mayor compromiso y responsabilidad con el entorno.

Así mismo desde la creación del ITSZ, ha fomentado que sus egresados sean identificados en la sociedad, entre sus colegas y en el ejercicio profesional como personas íntegras, capaces de enfrentarse y de transformar su entorno, respetando los principios básicos ecológicos, con un pensamiento siempre abierto al cambio y una actualización profesional integral constante.

En este sentido el Código de Ética Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos del Instituto Tecnológico Superior de Zongolica, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio.

Por ello nace la imperiosa necesidad de formular un Código de Ética del Ingeniero en Desarrollo Comunitario, cuyo propósito es sensibilizar al profesionista en su quehacer profesional, que se desenvuelva en un ámbito de legalidad, honradez, prudencia, imparcialidad, objetividad, compromiso, responsabilidad, dignidad, justicia e igualdad; en beneficio de la sociedad.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. El presente Código orientará la conducta del Ingeniero en desarrollo comunitario en sus relaciones con la ciudadanía, instituciones, organizaciones, comunidades, estudiantes, colegas, socios, clientes, superiores y subordinados y consigo mismo, el cual será aplicable en cualquier actividad profesional.

CAPÍTULO II. DE LOS DEBERES DEL INGENIERO EN DESARROLLO COMUNITARIO

Artículo 2º. Conducirse con justicia, honradez, honestidad, diligencia, lealtad, respecto, formalidad, discreción, honorabilidad, responsabilidad, sinceridad, dignidad, buena fe y en estricta observancia a las normas legales y éticas de su profesión.

Artículo 3º. El Ingeniero en Desarrollo Comunitario tendrá en cuenta sus propios sistemas de creencias, valores, necesidades y límites y del efecto que éstos tienen en su trabajo. Del mismo modo, evitará comportamientos en su vida privada que puedan generar dudas públicas sobre su honestidad o conformación ética que afecten la imagen de la profesión.

Artículo 4º. Poner todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos al servicio de su cliente, así como al desempeño del trabajo convenido, teniendo en cuenta a las actividades que se deriven de ella al cuidado y preservación del ambiente natural.

Artículo 5º. Ofrecer sus servicios profesionales y técnicos para los que está capacitado por su formación profesional, al igual que reconocer las fronteras de su disciplina y limitaciones inherentes. Y realizando en estos todas las actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.

Artículo 6º. Es su responsabilidad la actualización permanente de sus conocimientos e información científica y profesional relevante a los servicios que brinda.

Artículo 7º. Mantener estrictamente la confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en el ejercicio de su profesión, salvo los informes que le sean requeridos conforme a la ley.

Artículo 8º. Responder individualmente por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional, dañen o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural.

Artículo 9º. Respetar en todo momento los derechos humanos de su cliente, colegas y sociedad en general.

Artículo 10. Prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia xenofóbica, racial, elitista, sexista, religiosa, o política.

Artículo 11. Al emitir una opinión o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, debe ser cuidadoso, imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias.

Artículo 12. Deberá evaluar todo trabajo profesional realizado desde una perspectiva objetiva y crítica.

Artículo 13. Es su responsabilidad tener presente que las competencias que se requieren en la asistencia y enseñanza de personas o grupos humanos, varían según las características diversas de éstos.

CAPÍTULO III. DE LOS DEBERES PARA CON SUS COLEGAS

Artículo 14. Dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.

Artículo 15. Repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizado en colaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medida de lo posible, su desarrollo

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