CONCEPTOS GENERALES DE DERECHO PENAL
Brenda0517Tarea10 de Mayo de 2016
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CONCEPTOS DE DERECHO PENAL GENERAL
Presentado por:
BRENDA NATALIA RODRIGUEZ CORDOBA
- Cuando hablamos que nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes prexistentes, a las leyes y al acto que se le imputa, nos referimos a que norma rectora:
- Legalidad
- Los elementos que se requieren para que hablemos de conducta punible son:
- Dolo, culpa y preterintencion.
- Al decir que la ley penal se aplicara a las personas sin tener en cuenta consideraciones diferentes a las establecidas en ella, se refiere a una norma rectora:
- Igualdad
- En Colombia la conducta punible se divide en dos formas desarrollarlas:
- Delitos:
Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a lo establecido por la ley. El delito, por lo tanto, implica una violación de las normas vigentes, lo que hace que merezca un castigo o pena.
- Contravenciones:
En Derecho penal, es una conducta antijurídica que pone en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es considerado de menor gravedad y que, por tanto, no es tipificada como delito.
- La conducta punible puede ser realizada por dos formas, desarrollarlas:
- Acción y omisión;
Art. 25 Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en la posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la constitución o la ley.
- Quienes son inimputables en Colombia:
- Quien sufra de inmadurez psicológica
- Quien sufra de trastorno mental
- Diversidad sociocultural o estados similares
- Persona que haya preordenado su trastorno mental
- Menores de 14 años
- En el siguiente enunciado se indica “ Cuando el hecho se produce por que el agente no previo los efectos nocivos de su acto, habiendo podido preverlos, o cuando a pesar de de haberlos previsto, confíen prudentemente en poder evitarlos”, estamos hablando de, justifique su respuesta:
- Culpa: El agente confió en su capacidad de poder evitar efectos nocivos de su acto, pero no todo salió como el lo planeaba.
- El siguiente enunciado contempla “ Esta figura se presenta cuando el agente dirige su voluntad de causación hacia determinado resultado, produciéndose uno mas grave, que el que estaba, por lo menos, en capacidad de prever, nos referimos a, justifique su respuesta:
- Preterintencional: Por que el agente comete sin querer un acto mas grave que lo que tenia pensado hacer.
- De acuerdo a la siguiente información en la producción de un delito, si el resultado mayor es el querido, y el resultado menor es el producido, estamos frente a la figura de, justifique su respuesta:
- Tentativa: El agente quiere causar un daño mayor creyendo que lo pudo lograr pero por motivos termino haciendo un daño menor, lesiones.
- Cuales son los dispositivos amplificadores del tipo penal, desarróllelos:
- Tentativa acabada:
Cuando el hecho se consuma pero no se consigue el efecto.
- Tentativa inacabada:
Cuando no se consuma el hecho por circunstancias ajenas.
- Tentativa inidónea:
Consiste en una conducta que analizada después de que ocurrio se determina desde que comenzó la acción no se podía consumar el tipo penal.
- Tentativa desistida:
Cuando se ejecuta la acción pero de manera voluntaria decide poner fin al acto criminal, evitando que el resultado buscado se produzca.
- Tentativa imposible:
Hecho punible no se realiza por la idoneidad de la conducta.
- Determinar los pasos para hablar de tentativa y desarrollarlos:
- Idea: Representación mental que surge a partir del razonamiento o de la imaginación de una persona.
- Preparación: Cuando se dispone o se arregla algo con un fin determinado.
- Ejecución: Es el fin o la realización de algo.
- Bajo el siguiente enunciado, cuando una persona realiza una conducta considerada típica, antijurídica y culpable, bien sea por acción o por omisión, a titulo de dolo, culpa o preterintención, producto de su propio dominio o responsabilidad, hablamos de, justifique su respuesta:
- Conducta punible: Art. 9 Para que la conducta se punible se requiere que sea típica, antijurídica y culpable, la causalidad por si sola no basta para la imputación jurídica del resultado.
Tal como lo dice el enunciado de la pregunta, se necesita de todo esto para que sea conducta punible.
- Bajo el siguiente enunciado, cuando se produce una conducta punible de carácter doloso, sirviéndose en su ejecución de una tercera persona, la cual viene utilizada como instrumento, producto de engaño, o del aprovechamiento de su estado de inmadurez psicológica, hablamos de, justifique su respuesta:
- Autor mediato: Por que el autor mediato es aquel que solamente se sirve de otro como instrumento para la realización del delito tal como lo plantea este caso.
- Bajo el siguiente enunciado, en la ejecución de una o varias conductas punibles, por varias personas, que previamente se han concertado para el hecho criminal, los integrantes asumen el delito como propio, haya o no distribución de trabajo hablamos de, justifique su respuesta:
- Coautoría: Por que son varias personas que se concertaron y realizaron conjuntamente un hecho delictivo.
- Bajo el siguiente enunciado, cuando una persona induce de manera eficaz a un efecto la realización de una conducta punible, mediante un mandato, consejo, orden, etc., y se lleva a cabo en forma material la conducta típica, hablamos de, justifique su respuesta.
- Determinador: Esto se trata de cuando una persona obliga a a otra, o aconseja llegando a un acuerdo para cierto delito.
- Bajo el siguiente enunciado, cuando una persona presta colaboración de manera consiente y voluntaria que un tercero realiza el autor de una conducta punible , de una manera anterior o posterior al hecho delictivo, hablamos de, justifique su respuesta:
- Cómplice: Cuando una persona presta su colaboración de una manera consiente y voluntaria para un acto delictivo.
- Cuando nos enfrentamos a un delito de culpa se debe tener en cuenta los factores generadores de esta son tres, determínelos.
Determinar que clases de tentativa se configura en cada caso y justifique su respuesta:
- Negligencia: Cuando hay descuido u omisión.
- Impericia: Falta de conocimiento.
- Imprudencia: Cuando se actúa de forma precipitada y no se toma acciones para evitar un riesgo.
- Después de disparar con su arma en repetidas oportunidades contra la humanidad de su enemigo, Federico salió huyendo convencido de haberle muerte, encontrándose días mas tarde que los médicos del hospital logaron salvarlo.
- Tentativa frustrada.
- Al ingresar a un bar y observar a su mayor enemigo tendido sobre una mesa donde, por espacio varias horas había estado ingiriendo bebidas embriagantes, Teodoro, convencido de que se encuentra dormido, le enfrenta dos puñaladas por la espalda con el fin de herir. Llevar a cabo las pesquisas se comprobó que su supuesta victima había muerto de una fulminante infarto aproximadamente dos horas antes de la acción de Teodoro.
- Tentativa inidónea.
- Nazario es capturado por agentes encubiertos que de tiempo atrás le seguían los pasos, en el momento que le ofrecía un dulce envenenado a un menor, quien deseaba matar en venganza contra sus padres.
- Tentativa inacabada.
- Si una persona ha sido condenada al pago de una multa a favor del tesoro nacional y esta incumple con dicho pago. La persona se hace acreedor a la sanción de, justifique su respuesta:
- Al incumplir la pena principal que es el pago de la multa, se remplaza con la sanción de arresto, por lo tanto la pena impuesta es modificada por el legislador por el incumplimiento del pago y para evitar la impunidad de esta conducta delictiva.
- El termino máximo de duración de la medida de seguridad consistente en internación en establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada, por cuanto tiempo, justifique su respuesta:
- El encargado de determinar el tiempo y las medidas de seguridad según los criterios y causas que le presenten es el juez.
- Si una persona no cumple con el arresto de fin de semana, es decir no acude voluntariamente a cumplir con su encierro de 36 horas durante el fin de semana, la pena será cambiada por, justifique su respuesta:
- J
- Cuando se demuestra que una persona a la que se le ha impuesto la medida de seguridad de internación de establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada, se encuentra mentalmente rehabilitada:
- Art. 70 “ Habrá lugar a la suspensión condicional de la medida cuando se establezca que la persona se encuentra en condiciones de adaptarse al medio social donde se desenvolverá su vida.
- Conforme a las consecuencias jurídicas, la penas que se pueden imponer en Colombia son, justifique su respuesta:
- Art. 34 Las penas que se pueden imponer con arreglo a este código son principales, sustitutivas y accesorias privativas de otros derechos cuando no obren como principales.
Penas principales:
Son penas principales la privativa de la libertad de prisión, la pecuniaria de multa y las demás privativas de otros derechos que como tal se consagren en la parte especial.
Penas sustitutivas: La prisión domiciliara es sustitutiva de la pena de prisión y el arresto de fin de semana convertible en arresto interrumpido es sustitutivo de multa.
- En que consiste la prisión domiciliaria, justifique su respuesta:
- La prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión consistirá en la privación de la libertad en lugar de residencia o morada del condenado o en el lugar que le juez determine.
- Cuales son los requisitos para conceder la prisión domiciliaria.
Articulo 38 B adicionado.
- 1. Que la sentencia se imponga por conducta punible cuya pena mínimo sea prevista en la ley de ocho (8) años de prisión o menos.
- 2. Que no se trate de uno de los delitos incluidos en el inciso 2 del articulo 68 A de la ley 599 de 2000.
- 3. Que se demuestre el arraigo familiar y social del condenado.
En todo caso corresponde al juez de conocimiento, que impóngala medida, establecer con todos los elementos de prueba allegados a la actuación la existencia o inexistencia del arraigo.
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