Consiliacion Parte Penal
hortensialupi21 de Junio de 2014
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INTRODUCCIÓN
El conflicto viene a ser parte inherente en la persona humana, a través de este se generan nuevos cambios bien sean positivos o negativos, actualmente se está abriendo una nueva perspectiva para la solución de los mismos, tomando en cuenta a la cultura de paz a la cual se está adhiriendo la sociedad, se abren paso a los Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos, como una posibilidad a recurrir las partes en conflicto y terceros interesados para sol ventar de una forma amena, expedita equitativa y satisfactorias la contienda donde exista el ganar de ambas.
La historia del derecho del trabajo en los países latinoamericanos, como por ejemplo Venezuela, está enmarcada a la lucha de las clases, con el objetivo de la reivindicación de los valores humanos, en base a los derechos humanos consagrados y la dignificación de la integridad del hombre.
De manera que el legislador patrio en base a la preeminencia de los derechos humanos, en la búsqueda por respaldar a los más necesitados y más aún frente a los problemas que ha presentado la administración de justicia, instituye los medios alternativos de resolución de conflictos que son mecanismos alternos a los procedimientos judiciales de la jurisdicción ordinaria, que permiten la resolución expedita de conflictos surgidos entre las partes en una determinada relación Laboral.
Los más conocidos y utilizados son: la negociación, la conciliación, la mediación y el arbitraje.
A través del estudio presentado, se ahondará la importancia de que en las relaciones laborales se introduzcan y consoliden mecanismos de solución "no jurisdiccional" de controversias, que ayuden a resolver las disputas que se planten a nivel de trabajador y patrono tanto individuales como colectivas, con el fin de lograr la paz social a nivel laboral; y que además, también ayuden a resolver el problema de la saturación de nuestro sistema de administración de justicia, al liberarlo de una cantidad importante de casos que bien pueden ser resueltos mediante la aplicación de otras vías.
Se realizará un bosquejo de cada uno de los Medios Alternos de Resolución de
Conflictos, como en el caso de negociación, donde las partes involucradas interactúan de modo directo sin intervención de ter ceros, aunque en el caso de la representación legal, dicha negociación puede ser transferida a los representantes de cada una de las partes, es decir, a sus abogados, quienes negociarán por ellos; el arbitraje donde existe la participación de un tercero ajeno a las partes en conflicto, elegido por ambas, quien posteriormente a la realización de un procedimiento consensuado previamente por las partes, emite un laudo vinculante para ambas.
Por su parte, la conciliación es un medio alternativo de resolución de conflictos donde las partes, por sí o representadas por sus letrados, intentan dirimir su conflicto bajo la dirección de un tercero, es decir, la comparecencia de las partes desavenidas ante un juez, para ver si pueden avenirse y excusar el litigio.
Mientras que en la mediación existe un sujeto ajeno a los sujetos que participan del conflicto, este tercero es totalmente neutral respecto de las partes y sus intereses, e intenta que ambas lleguen a un acuerdo consensuado que elimine el conflicto sin aportar por sí soluciones.
En su estructura metodológica, este informe de pasantías se basa en una investigación descriptiva, siguiendo métodos deductivos ya que se analizan textos legales, opiniones doctrinales, jurisprudencias, desarrollando análisis conceptuales y análisis crítico. Está constituido en cinco (5) capítulos, los cuales se desarrollan de la siguiente manera:
Capítulo I, presenta todo lo referente a la institución, visión, misión, políticas, estructura organizativa.
Capítulo II:
El problema, en el cual se realiza el planteamiento del problema, formulación, objetivo general y específico, justificación de la investigación y limitación de la investigación.
El Capítulo III:
Marco Referencial Conceptual que trata de los antecedentes de la investigación bases teóricas, bases legales, criterio jurisprudencial y la defunción de términos básicos.
Capítulo IV: titulado Fases Metodológicas porque en este se expondrá a detalle la metodología, instrumentos y técnicas a utilizar que resultan convenientes a los objetivos perseguidos y las fases de la investigación.
Capítulo V: donde el investigador plantea los resultados obtenidos, las conclusiones y las recomendaciones, basados en los objetivos planteados en la investigación y dándoles respuesta a las interrogantes presentadas en la formulación del problema planteado, de forma que el estudio tenga un argumento concreto y especifico, que llene las premisas y expectativas para la cual se realizó el estudio.
CAPÍTULO II
EL PROBLEMA
2.1. Planteamiento del Problema
Venezuela ha venido adoptando una nueva forma de resolver las controversias a través de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos (MARCS), esta al igual que otros países a nivel mundial, está enfrentado una serie de cambios a nivel jurídico, en virtud de la evolución constante de la vida cotidiana del ser humano, que ha conllevado que el derecho y la forma de ejercerlo este en constante fluctuación adaptándose a los hechos de los sucesos facticos que acaecen en el día a día.
Es por ello que en la Constitución Bolivariana de Venezuela proclamada en el año 1999, el constituyente introduce los Medios Alternos de Resolución de Conflictos dándole rango constitucional e instituyéndolos como instrumentos a utilizar en el Sistema de Justicia, mecanismos que vienen a solventar la actual situación que se enfrenta el sistema de justicia venezolano, tras el excedente de casos y la poca celeridad de estos, en los órganos jurisdiccionales.
A través de los Medios anteriormente mencionados, el Estado lograr que las partes que enfrentan una controversia, resuelvan los conflictos a mutuo acuerdo, con mayor celeridad, y con un costo más accesible, respetando el estado de derecho y la tutela judicial efectiva, que son los principios rectores dentro de la legislación patria.
Frente a la situación de un cambio en las formas de solventar los conflictos y con la introducción de estos Medios en el Sistema de Justicia, nace la necesidad de adaptar cada uno de los ordenamientos jurídicos a fin de introducir dichos mecanismos en las diferentes ramas del derecho.
Es así como en el derecho laboral, en aras por promover resolver las controversias entre trabajador patrono, empleado jefe, en un ambiente de paz social que logre una mayor colaboración de cada parte y trabajar de una forma más amena hacia un único objetivo, se introducen los Medios Alternos de Resolución de Conflictos (MARSC). Que de igual manera pasan a ser una herramienta que ayuda, para solventar el problema de la saturación en el sistema de administración de justicia, al liberarlo de una cantidad importante de causas que pueden fácilmente ser solventadas a través de estos en el ámbito laboral.
Por lo tanto el manejo de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos en las controversias laborales, por conflictos individuales o colectivos donde las partes se someten en un mismo plano de igualdad, pasa a tener el conflicto dirimido una mayor resolución y eficacia, bien sea negociando, conciliando, mediando o a través del arbitraje, dependiendo del tipo de conflicto y la materia en el ámbito laboral que se trate.
En virtud que el derecho laboral es materia de orden público es necesario tener presente, que aunque existirán ciertas controversias que pueden ser tratadas a través de la institución antes mencionadas, otras serán imposible ya que por protección al débil jurídico (trabajador) el legislador las resguarda con el fin de que no se vulnere el orden público laboral.
La solución del conflicto laboral, requiere la existencia de instituciones o mecanismos creados específicamente para ello. Se Puede decir que este cometido puede realizarme mediante muy variadas maneras que cambian dependiendo del sistema que se trate, del ordenamiento que los regule, y por supuesto de la tradición cultural. Ahora bien, de manera general esta diversidad puede reconducirse en dos grandes categorías, por una parte, en distintas modalidades de negociación entre los actores y, por otra parte, en variadas fórmulas en las que han de participar terceros ajenos a la controversia, a saber: la conciliación, la mediación el arbitraje.
2.2. Formulación del Problema
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¿Cuáles son los Medios Alternos de Resolución de conflicto como opción válida y eficiente de los conflictos laborales en Venezuela? -
¿Por qué el legislador ha establecido que dentro delos conflictos laborales se lleguen a acuerdos a través de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos?
2.3. Objetivos General
Analizar los Medios Alternos de Resolución de Conflictos como opción válida y eficiente en los conflictos laborales en Venezuela.
2.4. Objetivos Específicos:
1.- Determinar los distintos Medios de Resolución de Conflictos aplicables al marco laboral.
2.- Valorar la efectividad de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos para dirimir los conflictos laborales.
3.- Verificar la importancia de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos dentro de los conflictos laborales
2.5. Justificación
En la actualidad, todos los ordenamientos
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