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DERECHO PENAL PARTE ESPECIAL


Enviado por   •  15 de Junio de 2012  •  1.744 Palabras (7 Páginas)  •  2.065 Visitas

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BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA

DERECHO PENAL

DOGMATICA JURICA PENAL PARTE ESPECIAL

CATEDRÁTICO: Mtro. Esteban Pérez Osorio

ALUMNA: Lucero de María Cruz Reyes

11/06/2012

DEFINICIONES DEL DERECHO PENAL

 Derecho Penal.- Según Rafael de Pina Vara. Complejo de las normas del derecho positivo destinadas a la definición de los delitos y fijación de las sanciones. Denomínase por algunos autores Derecho Criminal.

 Derecho Penal.- Según Cuello Calon. Conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

 Derecho Penal.- Según Pavón Vasconcelos. Conjunto de normas jurídicas de Derecho público interno, que definen los delitos y señala las penas o medidas de seguridad aplicables para lograr la permanencia del orden social.

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO PENAL

El Derecho Penal en sentido objetivo y en sentido subjetivo, el Derecho penal, en sentido objetivo dice, Cuello Calón, es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado que determinan los delitos, las penas y las medidas de seguridad con que aquellos son sancionados. Para Pessina es el conjunto de principios relativos al castigo del delito; Von Liszt lo define como el sistema de normas establecidas por el Estado, conectando en el delito como presupuesto, la pena como su consecuencia jurídica.

En México Raúl Carranca y Trujillo estima que el derecho penal, objetivamente considerado, es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imposibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación.

En sentido subjetivo, el derecho penal se identifica con el ius puniendi, es el derecho a castigar. Consiste en la facultad del Estado (mediante leyes) de conminar la realización de delitos con penas, y, en su caso, imponerlas o ejecutarlas. Para Cuello Calón es el derecho del estado a determinar, imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha contra la criminalidad.

DERECHO PENAL OBJETIVO O MATERIAL.- Conjunto de normas mediante las cuales el estado define a los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación correcta a los mismos a los casos de intimidación.

DERECHO PENAL SUSTANTIVO.- en general, esta constituido por “aquella parte de las disciplinas jurídicas que establece las obligaciones y los derechos de los sujetos vinculados por el ordenamiento jurídico”. Éste lógicamente integrado por las normas contenidas en el Código Penal.

DERECHO PENAL PROCESAL O ADJETIVO.- esta constituido por el conjunto de normas penales, de orden procesal, destinadas a garantizar la vigencia del derecho penal sustantivo.

DERECHO PENAL SUBJETIVO.- Se define con el ius poniendi es decir el derecho a castigar y consiste en la facultad del estado de combinar a la realización del delito con la amenaza de las penas, y en su caso imponerlas y ejecutarlas.

El derecho penal se integra con normas relativas al delito a la pena y a las demás medidas de lucha contra la criminalidad por lo que de ahí su verdadera resistencia es la constituida por esos elementos y por eso se le denomina derecho penal sustantivo o material (código penal.)

Por otra parte hay que hacer notar que el derecho sustantivo no debe aplicarse en forma arbitraria sino por el contrario se debe aplicar en forma ordenada y para ello existe otra reglamentación cuyo objeto es señalar el camino a seguir para la imposición del derecho sustantivo recibiendo el nombre de derecho penal objetivo o instrumental y con mayor frecuencia se le conoce como derecho procesal (código de procedimientos penales).

DERECHO PENAL PÚBLICO.- es por excelencia, ya que tine como bjeto el logro de la paz social mediante la incriminación de conductas que resultan dañosas al interés colectivo, solo el Estado puede imponer penas, después de cumplidos los requisitos del Juicio Penal.

DERECHO PENAL AUTONOMO.- no depende ni complementa a otra rama del derecho, como podría creerse si se considera meramente sancionador, caso en el cual el derecho penal se limitara a reforzar a las otras ramas del Derecho, mediante la imposición de sanciones por la violación de preceptos reconocidos por cada sector del ordenamiento jurídico.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL

Derecho Penal también llamado derecho criminal, derecho punitivo o derecho de castigar. Sobre la base del principio constitucional de que no hay delito ni pena sin ley previa, el derecho penal describe las diversas especies de delito, señala las características de toda infracción penal y determina la naturaleza, la naturaleza de las penas y medida de seguridad y las bases de su magnitud y duración. Delito, pena y medida de seguridad son, pues, los conceptos esenciales del derecho penal.

El derecho penal es una rama del derecho público interno pues la potestad punitiva (ius puniendi) compete exclusivamente al Estado. Se conviene en que el ejercicio de esta potestad representa la ultima ratio en la defensa de bienes jurídicos tenidos por fundamentales, que el delito lesiona de modo intolerable.

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