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Cualificación Formación docente


Enviado por   •  20 de Octubre de 2022  •  Documentos de Investigación  •  2.232 Palabras (9 Páginas)  •  49 Visitas

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        CENTRO EDUCATIVO RURAL PÁRAMO INTERMEDIO”[pic 1][pic 2][pic 3]

Preescolar, Básica Primaria y Secundaria  [pic 4]

Resolución SEM 1291 del 24 de Mayo de 2017

CÓDIGO DANE N° 247189001881  NÚCLEO 03

Nit: 900604466-6

Corregimiento de San Javier Sierra Nevada

RESOLUCION RECTORAL INTERNA N° 01.

La Dirección del  Centro Educativo Rural Paramo Intermedio,en uso de sus facultades legales y constitucionales conferidas en la Constitución Política de Colombia la Ley 115  de 1994  el Decreto 1860 / 94  y la Ley 715 de 2001 en su Artículo 10, Decreto Nacional 1290 de 2009.

CONSIDERANDO.

Que el Decreto Nacional 1290 del 16 de Abril del 2009. Establece que las I. E. y Centros Educativos Deben crear un Sistema Institucional de Evaluación (SIEE). Que en coordinación con el equipo de Calidad Institucional, y todos los actores de la comunidad educativa se legaliza el SIEE para la vigencia 2021.

RESUELVE.

Artículo Primero.  LEGALIZAR   E INSTITUCIONALIZAR  EL  SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ESTIDIANTES (SIEE) Del CENTRO EDUCATIVO RURAL PÁRAMO INTERMEDIO.

EL SISTEMA DE EVALUACION

El objetivo del Centro Educativo Rural Paramo Intermedio, es darle cumplimiento a la MISION   Que busca formar ciudadanos integrales, que transforman su entorno desde una perspectiva cultural, social y natural, a través del emprendimiento en competencias comunicativas y desenvolverse en el campo del saber. Y una parte VISIONAL Para al año 2022 en la formación integral, capacidad para la toma de decisiones con sentido de pertinencia, y una FILOSOFIA, Que busca crear habito de estudio y rescatar los valores culturales en la formación de individuos en su entorno social.

Por lo anterior la evaluación del proceso de aprendizaje y promoción de los estudiantes del  Centro Educativo Rural Paramo Intermedio tiene como orientaciones la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1.994, el Decreto 1290 de Abril 16 del 2.009, el Decreto 2247 de Septiembre 11  de 1.997, documentos emanados del Ministerio de Educación Nacional como son los lineamientos curriculares de cada área y los estándares básicos por competencias.

Se hace pertinente llevar a cabo la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes para:

  • Favorecer el desarrollo de las competencias, autonomía, capacidad crítica, habilidades y potencialidades.
  • Suministrar la información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten dificultades en su proceso de aprendizaje.
  • Aportar información que contribuya al ajuste del Plan de Mejoramiento Institucional y al Plan de estudios.
  • Identificar las características personales, ritmos y estilos de aprendizajes de los estudiantes.
  • Determinar la promoción de los estudiantes.

2.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

2.1.1. El SIEE Del Centro Educativo Rural Páramo Intermedio se fundamenta en los siguientes criterios de evaluación:

  • Revisión de cuadernos: 10%
  • Asignación de trabajos (Tareas, talleres, investigación, etc.): 20%
  • Evaluación Oral y/o Práctica: 15%
  • Evaluación Tipo saber: 25% Aplicándola bimestral y semestral.
  • Comportamiento: 10%
  • Asistencia a clases: 20%

Para el caso del nivel de Educación Preescolar el proceso de evaluación tendrá en cuenta las dimensiones del desarrollo humano cognitivas, corporal, estética, comunicativa ética y valores. Contemplados en el Decreto 2247 de 1.997.

Así mismo lo anterior se fundamenta en los siguientes criterios:

  • Permanente: las actividades y los procesos que la conforman, deben estar a lo largo de todos  los  periodos académicos.

  • Sistemática: los procesos y las actividades de evaluación, implicarán la recolección de evidencias, igualmente el registro de la información recogida teniendo en cuenta los avances y dificultades presentados por los estudiantes.
  • Acumulativa: al finalizar el año escolar se produce una valoración definitiva, donde se refleje los procesos y actividades realizadas en cada periodo del año lectivo.
  • Objetiva: realización de procedimientos que valoren el real desempeño del estudiante.
  • Integral: se tendrán en cuenta muchos aspectos para evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del conocimiento. Se debe tener en cuenta todas las dimensiones del ser humano, que permita valorar los diferentes ritmos de aprendizajes.
  • Formativa: retroalimenta los proceso de formación desde su ser, su sentir y su saber hacer, en aras del mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje y buscando la toma de conciencia del proceso evaluativo por parte de los estudiantes.
  • Cualitativa: contempla en el proceso de aprendizaje las fortalezas, las dificultades y las posibilidades de mejoramiento de los estudiantes.

En cuanto al fortalecimiento de las debilidades en el aprendizaje de los estudiantes se aplicaran los planes de mejoramiento  una vez finalice cada periodo académico, se aplicaran una semana antes de colocar  las notas en el informe  evaluativo. La nota obtenida por el estudiante en el plan de mejoramiento  será del 80%.

Si el estudiante no realiza el plan de mejoramiento en la fecha estipulada por los Docentes  del Centro y sus sedes anexas. Sin justificación, tendría en su valoración la nota del periodo ordinario.

2.1.2.  CRITERIOS DE PROMOCION

En los criterios de promoción se tendrá  en cuenta que la evaluación es  integral, con información confiable que permite tomar decisiones hacia un mejoramiento continuo y progresivo.

Para ser promovidos de un grado a otro el estudiante deberá:

  • Tener al finalizar el año lectivo promedio de 3.0 en adelante, en todas  las áreas del conocimiento contenidas en el Plan de estudios

  • En caso de obtener menos de 3.0 en dos áreas, deberá elaborarse un plan de mejoramiento, buscando fortalecer el proceso de aprendizaje y evaluar antes de iniciar el próximo año lectivo, consignándose la valoración en un acta para legalizar la promoción del estudiante.

Parágrafo 1:En concordancia con la política de Inclusión impulsada por el Ministerio de Educación Nacional, los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales, serán promovidos bajo el criterio de flexibilidad y con base en una evaluación cualitativa, continua y permanente con relación a los logros propuestos,  considerando integralmente el avance de sus procesos.

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