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D. FAMILIA


Enviado por   •  17 de Julio de 2014  •  3.026 Palabras (13 Páginas)  •  204 Visitas

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 PROGRAMA DE DERECHO DE FAMILIA

Unidad III

IMPORTANTE: Es obligatorio el estudio de toda la unidad. Los Pawers son ayuda memoria. No implica que solo se deba estudiar lo presentado en los Pawers.

 Consecuencias del Matrimonio

- Evolución histórica. I

- Igualdad jurídica de los cónyuges.

- Fidelidad. Cohabitación. Domicilio. Nombre de la mujer casada.

- Asistencia. Alimentos entre cónyuges.

- Debito Conyugal.

 Consecuencias de índole patrimonial.

- Régimen de bienes del matrimonio.

- Ley aplicable.

- La comunidad diferida de la administración separada.

 Contratos entre cónyuges

- Principio General.

- Contratos permitidos, prohibidos y dudosos

 DEBERES Y DERECHOS DEL MATRIMONIO - ESTADO

 Deberes y Derechos de Naturaleza Personal.

 El Código Civil no enumera los fines del Matrimonio.

 Estos podrían deducirse del conjunto de Derechos-Deberes establecidos como contenido del Matrimonio – Estado por el Código Civil (art. 198 a 200 CC.)

 El Derecho Canónico prescribe: “Un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole al bien de los cónyuges, y a la generación y educación de la prole” (Canon 1055)

 CARACTERES DE LOS

DERECHOS – DEBERES PERSONALES

 Reciprocidad: Los esposos se deben mutuamente los mismos Deberes-Derechos.

 Orden Público: En razón de ser el contenido del Matrimonio Estado, los Derechos-Deberes son obligatorios para ambos cónyuges.

 Permanencia: Se mantienen durante el matrimonio e inclusive pueden sobrevivirlo.

 DEBERES – DERECHOS

EMERGENTES DEL MATRIMONIO

 DEBER DE FIDELIDAD Moral-material (Moral: acompañamiento en proyectos, etc. Material: no incurrir en adulterio)

 DEBER DE ASISTENCIA Moral-Material (alimentos)

 DEBER DE COHABITACIÓN

 DEBITO CONYUGAL

 FIDELIDAD

 Consiste en la abstención de mantener relaciones interpersonales que impliquen una afrenta al otro cónyuge. (art.198 CC. consagra el deber mutuo de fidelidad entre los esposos, consecuencia necesaria del matrimonio monogámico) .

La igualdad de los cónyuges con relación a este derecho-deber se ha impuesto en la legislación contemporánea.

 Se presenta en dos aspectos:

* Material: No mantener relaciones sexuales con otra persona.

* Moral: No asumir conductas equívocas o sospechosas con terceros a los ojos de quienes la conozcan o que pueda lesionar la reputación o sentimientos de otro cónyuge.

En nuestra doctrina, la solución igualitaria fue criticada por Machado, pero ya nadie la discute. Existía una distinta consideración de la infidelidad de la mujer y la del hombre en la esfera penal. La mujer cometía delito de adulterio por la sola relación sexual con otro, en tanto que el hombre solo incurría en el delito cuando tenía manceba dentro o fuera de la casa conyugal.

Diferencia subsanada en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Caracteres

 Recíproco : ambos cónyuges se deben mutuamente fidelidad.

 Absoluto e incompensable: Cada uno de los cónyuges (obligados por este deber) no puede excusarse por incumplimiento del otro cónyuge; o sea, el deber de fidelidad continua aunque el otro sea infiel.

 Permanente: en principio, el deber de fidelidad subsiste hasta la disolución del matrimonio (muerte de uno de los cónyuges; ausencia con presunción de fallecimiento, divorcio vincular). La doctrina mayoritaria considera que también finaliza el deber de fidelidad con la separación personal.

Las sanciones por incumplimiento de este deber es causal de divorcio vincular o separación personal.

En los últimos tiempos ha surgido una corriente doctrinal según la cual la separación personal de hecho consentida implicaría que los cónyuges se relevasen del cumplimiento del deber de fidelidad, así como lo hacen con el deber de cohabitación y el débito conyugal.

Sin perjuicio de la valoración de esa parte de la doctrina, quepa hacer del mantenimiento del deber de fidelidad después de la separación de hecho, lo cierto es que de las normas legales NO resulta su excusión.

Por lo tanto, cuando los jueces admiten su desaparición inmediata o después de cierto plazo, se arrogan funciones legislativas que NO les están atribuidas constitucionalmente.

SANCIONES:

El incumplimiento del deber de fidelidad acarrea sanciones civiles.

 La sanción es la “separación personal” o,

 “El divorcio vincular”.

Que se corresponderán por la causal de adulterio si uno de los cónyuges ha tenido relaciones sexuales con un tercero (infidelidad física),

o por la de la de injurias graves si se trata de otros hechos, que indican una conducta incompatible con la discreción y el decoro que es exigible en las relaciones con terceros (infidelidad moral)

 DEBER DE ASISTENCIA

Comprende la relación afectiva de los esposos y abarca la asistencia moral y la material económica

 Asistencia Moral:

Respeto

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