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DERECHO CIVIL RESUMEN


Enviado por   •  7 de Junio de 2017  •  Ensayos  •  7.075 Palabras (29 Páginas)  •  223 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL[pic 1][pic 2]

DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA”

UNELLEZ

PROGRAMA CIENCIAS SOCIALES

DERECHO


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DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA”

UNELLEZ

PROGRAMA CIENCIAS SOCIALES

DERECHO

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SAN CARLOS, MARZO DEL 2013

CONTENIDO

Génesis e Importancia de los sistemas internacionales de protección a los Derechos Humanos.

La idea de los derechos humanos, basada en las nociones de dignidad del ser humano y de limitación al poder del Estado, es un fenómeno que se encuentra presente, aunque con diferentes manifestaciones, prácticamente a lo largo de toda la historia. La lucha por el reconocimiento de la dignidad de la persona es una constante del devenir histórico, desde el tímido reconocimiento de los derechos de los indios en la época de la Conquista española de América hasta la moderna plasmación de los derechos del hombre y del ciudadano tras la Revolución Francesa.

En la actualidad nos encontramos en una fase de internacionalización de los derechos humanos, es decir una vez que la mayor parte de los ordenamientos jurídicos internos han procedido al reconocimiento de los derechos y las libertades fundamentales, se ha abierto una etapa en la que los derechos humanos han sido objeto de proclamación en el ámbito de Organizaciones Internacionales tanto de carácter universal como regional.

La fecha clave en la que podemos afirmar que asistimos a la internacionalización de los derechos humanos es 1945, una vez finalizada la Segunda Guerra Mundial y creada la Organización de las Naciones Unidas. Sin embargo, en el período entreguerras, de la mano principalmente de la Sociedad de Naciones, asistimos al surgimiento de un amplio movimiento en favor del reconocimiento internacional de los derechos humanos, movimiento que, va a congregar a académicos, a la opinión pública, para finalmente captar la atención de los políticos una vez comenzada la lucha contra el fascismo a partir de 1939.

El Derecho Internacional clásico, es decir el Derecho Internacional anterior a 1945, se concebía como aquel ordenamiento jurídico que regulaba exclusivamente las relaciones entre los Estados; sólo los Estados eran sujetos de Derecho Internacional, y por lo tanto, sólo ellos eran susceptibles de ser titulares de derechos y obligaciones en la esfera internacional. Tras la I Guerra Mundial y la creación de la primera Organización Internacional de carácter general, la Sociedad de Naciones; la definición de los sujetos de Derecho Internacional comenzó a sufrir una tímida apertura con el reconocimiento de una cierta personalidad jurídica a las Organizaciones Internacionales. Los individuos en cambio, no ostentaban derechos; no eran sujetos, sino objetos del Derecho Internacional.

         Ello hacía que la manera como los Estados trataban a sus nacionales fuese una cuestión que pertenecía exclusivamente a la jurisdicción interna de cada Estado. Este principio negaba a los otros Estados el derecho a interceder o intervenir en favor de los nacionales del Estado en que eran maltratados.

Es cierto también que incluso antes de que se produjera la internacionalización de los derechos humanos, el Derecho Internacional clásico conoció algunas instituciones que protegían a ciertos grupos de personas y que, por tanto se pueden citar como antecedentes próximos de dicha protección internacional de los derechos humanos.

En este sentido, y además de la referida institución de la intervención humanitaria, podemos mencionar:

  1. El área de la responsabilidad internacional de los Estados por el trato a los extranjeros: un Estado incurría en responsabilidad si trataba a un nacional de otro Estado por debajo del standard mínimo de civilización y justicia.
  2. Algunos tratados internacionales del siglo XIX iban dirigidos a la protección de las minorías cristianas en el Imperio Otomano, mientras que otros instrumentos también de carácter convencional iban encaminados a la prohibición de la esclavitud y el tráfico de esclavos, destacando, entre otros, el Acta General de Bruselas (1890), la Convención de Saint Germain En Laye (1919) o la Convención Internacional para la Abolición de la Esclavitud y la Trata de Esclavos (1926).
  3. El Derecho Internacional Humanitario, nacido a partir fundamentalmente de las Convenciones de Ginebra de 1864 y de La Haya de 1899 y 1907, y que trata de proteger a las víctimas de los conflictos armados, también ha sido considerado como uno de los antecedentes más relevantes de la actual protección internacional de los derechos humanos.
  4. En última instancia, el Derecho Internacional Humanitario busca preservar los derechos más básicos de los individuos en situaciones de conflicto.

De todas formas, el hecho más importante para la creación de condiciones que hiciesen posible una progresiva internacionalización de los derechos humanos fue la aparición de la Sociedad de Naciones, Organización Internacional que, desplegó una labor decisiva para la generalización de la protección de los derechos del ser humano.

El Sistema Universal de Protección a los Derechos Humanos.

A pesar de que el Pacto de la Sociedad de Naciones no menciona ni una sola vez de manera explícita los derechos humanos, existen varias disposiciones que de una u otra forma, sirvieron de fundamento para la relevante labor que la Organización llevó a cabo en el campo de los derechos humanos.

En primer lugar, el artículo 22, cuando establece el sistema de los mandatos para las colonias y territorios que, a consecuencia de la guerra hayan dejado de estar bajo la soberanía de los Estados que los gobernaban anteriormente, dispone la prohibición en esos territorios de abusos tales como la trata de esclavos o el establecimiento de condiciones que garanticen la libertad de conciencia y de religión.

Así mismo, el artículo 23 del Pacto señala que los Miembros de la Sociedad de Naciones:

a) Se esforzarán en asegurar y mantener condiciones de trabajo equitativas y humanitarias para el hombre, la mujer y el niño. Lo cual fundarán y mantendrán las necesarias organizaciones internacionales.

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