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DERECHO LABORAL


Enviado por   •  12 de Abril de 2015  •  2.682 Palabras (11 Páginas)  •  196 Visitas

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CASO EXPO ZARAGOZA

1.- Personal Auditorio: contratación indefinida a tiempo parcial o total (según jornada y buscando la mayoría de bonificaciones posibles)

Personal Cine: contratación temporal (sin bonificaciones posibles)

Puesto Gerente: se puede considerar personal de Alta Dirección a aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, y los relativos a los objetivos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad. En cuyo caso corresponde un contrato de Alta Dirección.

2.- La contratación indefinida de trabajadores es posible. Sin embargo la contratación como eventuales por acumulación de tareas, siendo posible ya que el trabajo es estacional, obligaría a convertirlos en contratos indefinidos si repetimos este esquema de contratación por más de 24 meses en un plazo de 30 meses (con dos o más contratos).

3.- Sí, las contratación de las Administraciones Públicas siempre debe satisfacerse mediante concurso público.

CASO RAMÓN Y CAJAL

El contrato elegido es correcto para cubrir una baja (contrato interinidad por baja manternal), sin embargo, el contrato de la persona que sustituye deberá finalizar en el momento en que la mujer con baja maternal se incorpore al trabajo, es decir, el 2 de enero de 2008.

CASO QUECONTRATOUTILIZO

1.- Para cubrir el puesto de trabajo de dos trabajadoras durante el período de vacaciones

de las mismas:

• Contrato eventual por circunstancias de la producción.

En el contrato deberá aparecer la causa o circunstancia que lo justifique, la duración y

el trabajo a desarrollar.

2.- Para cubrir el puesto de trabajo de otro trabajador que ha solicitado una excedencia

por estudios:

• Contrato de Interinidad.

En el contrato se deberá detallar el carácter de la contratación, habrá que identificar

al trabajador sustituido y la causa de la sustitución y especificar la circunstancia que

determina su duración, la duración del contrato y el trabajo a desarrollar.

3.- Para la apertura de un “stand” en una feria de muestras:

• Contrato eventual por circunstancias de la producción.

En el contrato deberá aparecer la causa o circunstancia que lo justifique, la duración y

el trabajo a desarrollar.

CASO ABOGADO

Si bien hay una situación de clara dependencia, también es cierto que no hay un sueldo asignado sino que la retribución que obtiene el señor Miguel Hernández proviene de los clientes, por lo que será una cantidad variable en función de su desempeño, además no se menciona en el caso la sujeción a horario o calendario laboral alguno impuesto al sujeto.

Por todo ello debería considerarse una relación contractual mercantil. Sin embargo, si se observase una clara sujeción a horarios, vacaciones, reglas de cobro estrictas que hagan previsibles y estables los ingresos, etc., sería una clara relación laboral encubierta de mercantil.

CASO FUNCIONARIOS

1.- Se presumirá existente el contrato de trabajo en toda relación que cumpla las características indicadas en el articulo 1, es decir, prestar servicios por cuenta ajena, dentro del ámbito y organización de otro, existencia de retribución, etc.

La interpretación que de la relación hayan realizado las partes será completamente irrelevante, siendo lo importante lo que las partes hacen en esa relación y no lo que dicen.

2.- Serán laborales todas salvo que se de alguno de los siguientes casos:

• Los funcionarios públicos de carrera o empleo de administraciones central, autonómica, local e institucional.

• Personal estatutario al servicio de la institución sanitaria.

• Personal docente universitario contratado temporalmente.

3.- Si, ya que no se encuentra dentro de ninguna de la relaciones extra-laborables indicadas en el punto anterior.

4.- No, ya que es personal docente universitario contratado durante un periodo determinado por la entidad usuaria.

5.- Es una relación laboral por personal docente.

CASO ASPROSACYL

1.- No por que ha incumplido el hecho de comunicar la apertura del centro de trabajo

2.- Es obligatorio en todos los casos la comunicación de la apertura del centro de trabajo a las autoridades competentes dentro del plazo establecido por las leyes.

3.- La no comunicación supondrá una sanción o en su defecto al no tener ánimo de lucro la retirada de las subvenciones.

En ese caso la consideración de empresario será a ambos por igual, ya que el capital aportado por ambos es el mismo, la diferencia es que en caso de pérdidas las responsabilidades varían, ya que según establecieron en su día uno asumirá un 70% y otro el 30%.

La consideración de empresa la ostenta el que ostenta el control de la sociedad.

La responsabilidad que asumen las personas físicas en las actividades empresariales efectuadas mediante la constitución de personalidades jurídicas (sociedades, según la tipología disponible) varía según la tipología de sociedad constituida. Generalmente, la sociedades se constituyen para que respondan con su patrimonio (con su capital social), evitando el perjuicio personal en el patrimonio de las personas jurídicas que las constituyeron (en casos como S.A., S.L., etc. y no así en casos como la sociedad civil).

CASO TALLERES SAVISA

1.- Relaciones laborales existentes:

• Luis González no puede realizar horas extraordinarias, ni trabajos peligrosos hasta los 18 años.

• Antonia no puede realizar trabajos peligrosos hasta los 18.

• Raúl González no puede trabajar por ser menor de 16 años.

• Ramiro no hay variaciones. No puede realizar más de 80 horas extras al año.

• Federico debe tener estipulado descansos durante su jornada y conciliación de horarios.

• Fernando debe tener delimitadas sus competencias laborales.

2.- Tipología de contratos:

• Luis: contrato en formación.

• Antonia: contrato en formación

• Raúl: no puede ser contratado

• Ramiro: contrato temporal, dos seguidos e indefinido. Si hubiese condiciones de bonificación adaptar la contratación a las mayores bonificaciones (por desempleado, primer empleo o joven).

• Federico: dos temporales e indefinido. Si

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