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DERECHO MARITIMO

danii_mata8 de Junio de 2012

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DERECHO MARITIMO.

El Derecho Marítimo es el conjunto de normas y principios que regulan los hechos, sujetos, objetos y las relaciones jurídicas derivadas de la navegación marítima.

El Derecho marítimo es un cuerpo normativo que rige los problemas que puedan surgir a raíz de las relaciones entre entidades de Derecho privado dedicadas al tráfico marítimo. El Derecho marítimo ha de ser diferenciado del Derecho del mar, constituido por un cuerpo de normas de Derecho internacional que regula las relaciones jurídicas entre Estados, y no entre particulares.

El Derecho marítimo ha tenido una gran importancia histórica que se mantiene hasta nuestros días, siendo una rama muy importante del Derecho mercantil. Esto se debe a que el transporte por mar es muy utilizado para transportar las mercancías objeto de compraventas internacionales.

El Derecho marítimo internacional convenido entre todas las naciones civilizadas regula el ejercicio del bloqueo marítimo en tiempo de guerra. Una nación en lucha con otra tiene derecho a evitar, siempre que pueda, que esta otra se abastezca por vía marítima impidiendo el tránsito por la mar de sus buques de comercio y de las mercancías a ellas consignadas que naveguen a bordo de buques neutrales, pero, a fin de humanizar la guerra, la acción de los corsarios está taxativamente regulada en el ejercicio de lo que se llama derecho de visita.

I – IMPORTANCIA JURIDICA DEL MEDIO MARINO.

Todas las grandes civilizaciones a lo largo de la Historia se han asentado sobre la margen ya sea del Mar o de cursos de agua con acceso al Mar.

El Mar es fuente de vida, proveedor de alimentos y vías de comunicación, facilitador del comercio y del trasporte; debemos tener en cuenta que cada una de estas características ha ido evolucionando y tomando mayor o menor importancia a lo largo del curso de la Historia.

Todos los pueblos de todos los tiempos han tenido alguna vinculación, en mayor o menor medida con el Mar, y se han servido de éste para satisfacer múltiples necesidades.

De esta manera, antes de destacar la importancia económica, política y jurídica que el Mar ha ejercido en la Historia de la Humanidad, debemos destacar el papel fundamental del Mar en la subsistencia del Hombre. Es así como el Mar en primer medida fue la base y el sustento de civilizaciones, pueblos y razas a lo largo de la Historia.

En una opinión personal y tratando de dar una prelación a los distintos ángulos en que puede vislumbrarse la importancia gravitacional del Mar en la vida del Hombre, puedo postular que, luego de cubrir las necesidades primarias de los hombres, el Mar fue en primer lugar propulsor de las economías regionales y por ende su primer importancia es económica; luego, respondiendo a las ansias de poder y expansión de los pueblos, fue medio para las conquistas y entonces toma una importancia política; y debido a esto es que el Mar, o más bien el uso que del Mar hace el Hombre debe ser reglamentado y es cuando vemos la importancia jurídica del mismo.

Postulamos esta prelación entre los distintos ángulos de importancia del Mar, ya que cuando se analiza la última de las características en orden de aparición, es decir la importancia jurídica o regulación jurídica del mismo, encontramos que la primera razón de la codificación de las normas que regularon el Mar fue dada por una necesidad política, es decir de defensa y seguridad –y no económica como podría pensarse, puesto que la económica fue la primera característica que el Mar tuvo para los hombres–; y es con posterioridad a esta razón política que surgen las razones económicas que hacen necesario una normativa uniforme o por lo menos general que regule al Mar como objeto económico.

1. Importancia Económica

Uno de los primeros pueblos en descubrir y desarrollar las múltiples facetas o utilidades del Mar fue el pueblo Fenicio. Este pueblo del Asia Menor, hacia el siglo X a.C. desarrolló un gran intercambio de tipo comunicacional y sobre todo comercial a través del Mediterráneo, donde concentraba sus actividades.

Es por esta razón que podemos ubicar el primer hito histórico en la cuenca del Mediterráneo y desde ahí observar el desarrollo y la expansión de las actividades de los pueblos a lo largo de la Historia, y de los Mares y Océanos.

Hacia los siglos VI a IV a.C. el Mar Mediterráneo constituía ya un centro neurálgico de intercambio y comercio, por lo que podemos decir que en un primer estadío, y luego de ser el Mar quien cubrió las necesidades primarias de los pueblos, se constituyó en un facilitador del comercio. Encontramos así la primer característica que toma el Mar para los hombres y es el aspecto comercial.

2. Importancia Política

En una segunda etapa, donde el Mar comienza a tener una importancia política, a la par de la importancia comercial, encontramos a Cartago como sucesor del pueblo Fenicio en cuanto al comercio. Pero lo ubicamos es esta segunda etapa, ya que al comercio, Cartago agrega la defensa como carácter de suma importancia en la utilización del Mar.

De cualquier modo, se le debe al Roma la militarización del Mar y por consiguiente la aparición de la segunda característica, es decir el aspecto político y con ésta, el tópico de la seguridad y defensa como contrapartida del descubrimiento y conquista realizada a través del Mar.

El Mar para los romanos -nos referimos al Mediterráneo- era el “Mare Nostrum”, indicando de esta manera la hegemonía que ejercían sobre el mismo en la época del crecimiento y apogeo de la Roma Imperial. Los romanos utilizaron todo su poderío para realizar sus operaciones de conquista y lograr acceso a los pueblos distantes a través del Mare Nostrum y formaron así un vasto Imperio que tenía como centro de operaciones el Mediterráneo.

Las Guerras Púnicas, en especial las dos primeras, que se desarrollaron entre los años 246 y 202 a. C., le valieron a Roma la supremacía marítima; y con la caída total de Cartago en la tercera de las Guerras Púnicas, el dominio absoluto del Mediterráneo.

3. Importancia Jurídica

Esta última etapa, si bien se perfila como tal sobre la segunda mitad del primer milenio de la era cristiana (hacia el año 1.500 d. C.) tiene ciertos hitos que la hacen ser una etapa transversal a la evolución de la Historia y de la importancia del Mar sobre la civilización humana.

Se puede hablar de un cierto Derecho Internacional Consuetudinario en el orden marítimo emanado del mundo griego de mediados del siglo VI a. C. como un sistema de tratados relativos a derecho marítimo, aguas territoriales, utilización de puertos y derecho de paso. También a partir del siglo IV a. C. encontramos cierto tipo de arbitraje marítimo internacional.

Sabemos que en todo momento y para evitar problemas, el ser humano ha tratado de dar un marco normativo a toda actividad, en aras de un mayor entendimiento y en busca de un espíritu conciliatorio entre los distintos intereses que pudieran surgir.

De cualquier manera, a fin de poder dar una prelación de los distintos aspectos en relación al Mar, como ya adelantáramos, la regulación jurídica del mismo se consolida en una última etapa.

En el año 1.350 de nuestra era encontramos regulaciones relativamente complejas sobre la navegación internacional del Mediterráneo, como “El Consulado del Mar” y un hito fundamental en la evolución del Derecho Marítimo, como es el “Black Book of the Admiralty”, obra inglesa del siglo XII d. C.

El descubrimiento de América en 1.492 hace que el Mediterráneo deje de ser el centro principal de las actividades marítimas y el eje se desplace hacia los puertos existentes sobre el Atlántico, uniendo al viejo continente con las nuevas tierras descubiertas.

Comienza una nueva lucha por conseguir la supremacía marítima y los nuevos actores son España, Portugal y Gran Bretaña en un principio, a quienes se les suman posteriormente Francia y Países Bajos.

Aquí es donde comienza la fase de cristalización del Derecho del Mar, Derecho que reconoce como antecedentes puntuales pronunciamientos que tal vez no sean específicamente referidos al Mar, pero sí son los que dan nacimiento a la necesidad de regular, reglamentar y controlar todo lo que al Mar se refiere.

La Bula del Papa Alejandro VI, del año 1.493 realiza la llamada “partición del mundo” estableciendo una línea imaginaria cien leguas marinas al Oeste de Cabo Verde. Todas las tierras y posesiones que se encontrasen al Oeste de dicha línea, pertenecían a España; todas las que se encontraran al Este, serían posesiones de Portugal.

El Tratado de Tordecillas de 1.494 desplaza doscientas setenta leguas al Oeste aquella línea imaginaria.

Estos dos hitos históricos desencadenan la reacción de los ingleses, la cual se materializa en el desconocimiento de las concesiones y la demarcación de dichas posesiones. Los ingleses postulan que el título jurídico que da derecho sobre las tierras es el descubrimiento. En una primera etapa, sólo el descubrimiento de tierras daba el derecho sobre las mismas. Luego avanzaron en los postulados de esta teoría e indicaron que el título se convalidaba con la posesión simbólica. Por último y para terminar de dar forma a esta teoría, consideraron la ocupación, que a su vez posibilita la dominación efectiva y la notificación de ésta a las demás potencias, como el único título válido.

Con los grandes descubrimientos, comienza la fase de regulación del Mar o por lo menos los primeros ensayos que pretendieron atribuir al Mar una determinada naturaleza y dar los primeros pasos en la elaboración de normas con vocación de universales

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